Decreto No. 237/023.- Prorrógase por el plazo de ciento ochenta días a partir del 29 de abril de 2023, la vigencia de las tasas de aportación previstas en el Decreto 146/019, de fecha 27 de mayo de 2019, en su art. 2º lit. a), numerales 1) y 2).
Decreto 237/023
Prorrógase por el plazo de ciento ochenta días a partir del 29 de abril de 2023, la vigencia de las tasas de aportación previstas en el Decreto 146/019, de fecha 27 de mayo de 2019, en su art. 2° lit. a), numerales 1) y 2).
(3.175*R)
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 1° de Agosto de 2023
VISTO: lo establecido por el Decreto N° 397/022, de 14 de diciembre de 2022;
RESULTANDO: I) que el Decreto N° 233/009, de 19 de mayo de 2009 otorgó un cómputo jubilatorio bonificado de tres años por cada dos años de prestación efectiva de labor, a los trabajadores que se desempeñen en la actividad pesquera cumpliendo tareas de pesca propiamente dicha a bordo de la embarcación;
II) que el Decreto N° 159/010, de 24 de mayo de 2010, amplió el ámbito subjetivo de aplicación del cómputo jubilatorio bonificado y dispuso que el aporte personal jubilatorio se hiciera sobre las remuneraciones realmente percibidas por el personal dependiente; estableció que el aporte patronal jubilatorio y la contribución especial por servicios bonificados se realizara sobre una escala de sueldos fictos hasta el 31 de marzo de 2016; y determinó un cómputo bonificado de cuatro años por cada tres años de prestación efectiva de labor, a los trabajadores que se desempeñen en la actividad pesquera a bordo de la embarcación y no estén comprendidos en el Decreto N° 233/009, de 19 de mayo de 2009, fijándose las respectivas tasas de aportación por dichos servicios bonificados;
III) que por Decreto N° 59/016, de 29 de febrero de 2016, a los efectos de evitar un impacto económico significativo de las empresas pesqueras, se dejó en suspenso desde 1° de marzo de 2016 y hasta el 31 de agosto de 2016 inclusive, las bonificaciones previstas en los Decretos N° 233/009, de 19 de mayo de 2009 y N° 159/010, de 24 de mayo de 2010;
IV) que posteriormente por Decreto N° 322/016, de 4 de octubre de 2016, se mantuvieron en suspenso las bonificaciones de los precitados Decretos por el período 1° de setiembre de 2016 hasta el 28 de febrero de 2017 inclusive;
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que el Decreto N° 328/017, de 20 de noviembre de 2017, estableció un régimen transitorio de bonificaciones de servicios para los trabajadores de la actividad pesquera comprendidos en el artículo 1° del Decreto N° 159/010, de 24 de mayo de 2010, por el período comprendido desde el 1° de enero de 2018 hasta el 30 de abril de 2020;
VI) que el Decreto N° 146/019...
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