Decreto No. 263/020.- Fíjanse los valores de la Unidad Reajustable (U.R.), de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) y del Índice General de los Precios del Consumo, correspondientes al mes de JULIO de 2020; y el coeficiente para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de AGOSTO de 2020

Decreto 263/020

Fíjanse los valores de la Unidad Reajustable (U.R.), de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) y del Índice General de los Precios del Consumo, correspondientes al mes de JULIO de 2020; y el coeficiente para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de AGOSTO de 2020.

(4.095*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 24 de Setiembre de 2020

VISTO: el sistema de actualización de los precios de los arrendamientos previstos por el Decreto-Ley Nº 14.219, de 4 de julio de 1974;

RESULTANDO: I) que el artículo 14 del citado Decreto-Ley Nº 14.219, de 4 de julio de 1974, según redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 15.154, de 14 de julio de 1981, dispone que, a los efectos de dicho Decreto-Ley, se aplicarán a) la Unidad Reajustable (UR) prevista en el artículo 38 Inciso 2º de la Ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968; b) la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) definida por el propio texto legal modificativo y c) el Índice de los Precios del Consumo (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística;

II) que el artículo 15 del Decreto-Ley Nº 14.219, de 4 de julio de 1974, según redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 15.154, de 14 de julio de 1981, establece que el coeficiente de reajuste por el que se multiplicarán los precios de los arrendamientos para los períodos de 12 (doce) meses anteriores al vencimiento del plazo...

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