Decreto No. 289/020.- Créase un subsidio mensual con destino a autores nacionales, en las condiciones y período que determinan

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decreto 289/020

Créase un subsidio mensual con destino a autores nacionales, en las condiciones y período que determinan.

(4.709*R)

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 23 de Octubre de 2020

VISTO: la declaración de la emergencia sanitaria dispuesta por el Poder Ejecutivo por Decreto Nº 93/020, de 13 de marzo de 2020.

RESULTANDO: que el artículo 3º del citado Decreto suspendió los espectáculos públicos hasta que el Poder Ejecutivo lo determine.

CONSIDERANDO: I) que corresponde atender la emergencia sanitaria desde todos los ángulos que esta se manifieste,

II) que consecuencia de la suspensión de los espectáculos públicos, los autores nacionales no han recibido el cobro de sus derechos de autor por utilización de sus obras o el mismo ha disminuido de forma drástica, lo que ha impedido obtener ingresos suficientes y provocándose una situación de vulnerabilidad económica,

III) que se entiende conveniente y oportuno establecer un subsidio mensual de carácter transitorio para los autores nacionales que se encuentren en las condiciones señaladas en el numeral anterior,

IV) que la situación planteada se entiende incluida en las medidas de protección a la población frente a la emergencia sanitaria prevista en el artículo 1º de la Ley Nº 19.874, de 8 de abril de 2020.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el Decreto Nº 93/020 de 13 de marzo de 2020, y el artículo 1º de la Ley Nº 19.874 de 8 de abril de 2020,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1º Créase un subsidio mensual de $ 6.779 (seis mil setecientos setenta y nueve pesos uruguayos) con destino a autores nacionales, por el...

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