Decreto No. 308/023.- Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa y de puestos de trabajo de la Unidad Ejecutora 004 “Oficina de Planeamiento y Presupuesto”, del Inciso 02 “Presidencia de la República”.

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Documen tos
Nº 31.290 - octubre 30 de 2023
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La estructura de puestos de trabajo se realiza de acuerdo con su
situación al 2 de junio de 2023, debiendo ajustarse en caso de ocurrir
modicaciones normativas con posterioridad a dicha fecha.
2
ARTÍCULO 2º.- La compensación al cargo dispuesta en el inciso 1º
del artículo 61 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007 y el artículo
2º del Decreto reglamentario Nº 44/008, de 29 de enero de 2008, quedará
establecida en los montos dispuestos en la Tabla “Valores del objeto
del gasto 042.400 - Compensación al cargo”, incluida en el Anexo II,
que se considera parte integrante de este decreto.
3
ARTÍCULO 3º.- Apruébase la excepción solicitada al amparo del
inciso sexto del artículo 8º de la Ley Nº 19.924, de 18 de diciembre de
2020, en la redacción dada por el artículo 7º de la Ley Nº 20.075, de 20
de octubre de 2022, en los términos, condiciones y montos establecidos
en el informe de la Ocina de Planeamiento y Presupuesto y del
Ministerio de Economía y Finanzas.
4
ARTÍCULO 4º.- Cométese a la Contaduría General de la Nación
la reasignación de los créditos presupuestales que correspondan, en
función de la nueva estructura aprobada.
5
ARTÍCULO 5º.- Dese cuenta a la Asamblea General, comuníquese
y archívese.
LACALLE POU LUIS; AZUCENA ARBELECHE.
2
Decreto 308/023
Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa y de
puestos de trabajo de la Unidad Ejecutora 004 “Ocina de Planeamiento
y Presupuesto”, del Inciso 02 “Presidencia de la República”.
(5.025*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 24 de Octubre de 2023
VISTO: el proyecto de estructura organizativa y de puestos
de trabajo presentado por la Unidad Ejecutora 004 “Oficina de
Planeamiento y Presupuesto”, del Inciso 02 “Presidencia de la
República”;
RESULTANDO: que el proyecto elaborado se enmarca en
el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley Nº
19.924, de 18 de diciembre de 2020, en la redacción dada por el
artículo 7 de la Ley Nº 20.075, de 20 de octubre de 2022, y con las
pautas establecidas oportunamente por el Poder Ejecutivo en la
reglamentación respectiva;
CONSIDERANDO: I) que el diseño organizativo propuesto
guarda la correspondiente coherencia estratégica con los objetivos
generales del Poder Ejecutivo y con los especícos del Inciso, a la
vez que se ajusta a los principios rectores y a las directrices técnicas
previstas en la reglamentación;
II) que la estructura de puestos de trabajo propuesta contempla los
requerimientos previstos para la nueva estructura organizativa y los
cargos que se crean son los necesarios para el ejercicio de las facultades
conferidas por la normativa vigente a la unidad ejecutora;
III) que la propuesta no tiene costo presupuestal y cuenta con
nanciamiento para la totalidad de los puestos de trabajo previstos;
IV) que se prevén las vacantes de ingreso que serán provistas de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 49 de la Ley Nº 18.651,
de 19 de febrero de 2010, y por el artículo 30 de la Ley Nº 20.075, de
20 de octubre de 2022, según se detalla en el Anexo II de este decreto;
V) que se solicitó fundadamente la excepción prevista en el
inciso sexto del artículo 8º de la Ley Nº 19.924, de 18 de diciembre
de 2020, en la redacción dada por el artículo 7º de la Ley Nº 20.075,
de 20 de octubre de 2022, contando con el informe favorable de la
Ocina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía
y Finanzas;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por
el artículo 8º de la Ley Nº 19.924, de 18 de diciembre de 2020, en la
redacción dada por el artículo 7º de la Ley Nº 20.075, de 20 de octubre
del 2022, el artículo 30 de la Ley Nº 20.075, de 20 de octubre de 2022,
los artículos 49 y 50 de la Ley Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010, el
artículo 8º de la Ley Nº 19.670, de 15 de octubre de 2018, y 117 de la
Ley Nº 19.996, de 3 de noviembre de 2021, el Decreto Nº 237/022, de
28 de julio de 2022, el Decreto Nº 195/022, de 14 de junio de 2022, en
la redacción dada por el Decreto Nº 226/023, de 25 de julio de 2023 y
los informes de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional y
del Comité Ejecutivo para el Rediseño Organizativo;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el proyecto de reformulación de
la estructura organizativa y de puestos de trabajo de la Unidad
Ejecutora 004 “Ocina de Planeamiento y Presupuesto”, del Inciso 02
“Presidencia de la República”, contenida en los Anexos I y II, los que
se consideran parte integrante de este decreto.
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