Decreto No. 322/023.- Apruébase el Protocolo de Actuación de las Fuerzas Armadas para Combatir el Tráfico, Trata y Explotación de Personas.
4Documentos Nº 31.296 - noviembre 8 de 2023 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 27, 31 de octubre y 1 y 6 de noviembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
1
Decreto 322/023
Apruébase el Protocolo de Actuación de las Fuerzas Armadas para
Combatir el Tráco, Trata y Explotación de Personas.
(5.091*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE VIVIENDA Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Montevideo, 25 de Octubre de 2023
VISTO: la necesidad de reglamentar un Protocolo interno de
Actuación para el Combate y Prevención de la Trata y Explotación de
Personas, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 17.861, de 28 de
diciembre de 2004 y en la Ley Nº 19.643, de 20 de julio de 2018;
RESULTANDO: I) que el Ministerio de Defensa Nacional en el
marco de los compromisos asumidos en instrumentos nacionales
e internacionales en la temática referida, se encuentra abocado al
desarrollo de políticas, programas y acciones en materia de trata y
tráco de personas;
II) que el Ministerio de Defensa Nacional fue integrante de la Mesa
Interinstitucional para la prevención y combate de trata de personas,
en la cual se elaboraron diferentes materiales y campañas marcando
una política pública especíca ante este problema;
III) que por Ley Nº 19.643 antes referida, el Ministerio de Defensa
Nacional, es integrante del Consejo Nacional de Prevención y Combate
a la Trata y Explotación de Personas;
IV) que por dicho Consejo, se formaron dos grupos de trabajos,
uno de prevención y otro de persecución de este delito, a los efectos
de armar ciertos proyectos para ser validados por las autoridades del
Consejo;
CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Defensa Nacional
asumió compromisos en la prevención y combate de la trata y
explotación de personas por la Ley Nº 19.643, antes citada;
II) que por la Ley Nº 19.677, de 26 de octubre de 2018 y su Decreto
reglamentario Nº 92/020, de 12 de marzo de 2020, se encomendó a las
Fuerzas Armadas las tareas de vigilancia y de apoyo a los organismos
con jurisdicción y competencia en la “zona fronteriza”;
III) que sin perjuicio de las funciones de la policía marítima y área
encomendadas a la Armada Nacional y a la Fuerza Aérea Uruguaya,
se encomendaron por la citada Ley Nº 19.677, tareas de patrullaje,
identicación de personas y control de vehículos, así como también,
de detención de personas en caso de agrante delito;
IV) que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 19.643 antes
mencionada por la cual se aprobó la normativa para la prevención y
combate a la trata y explotación de personas, y a las demás normas
precitadas, se entiende conveniente aprobar un Protocolo de actuación
militar;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el
Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de
Defensa Nacional y a lo dispuesto por las Leyes Nº 17.861, de 28 de
diciembre de 2004, Nº 19.643, de 20 de julio de 2018 y Nº 19.677, de 26
de octubre de 2018 y por el Decreto Nº 92/020, de 12 de marzo de 2020;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “Protocolo de Actuación de las
Fuerzas Armadas para Combatir el Tráco, Trata y Explotación de
Personas”, que se agrega como Anexo y se considera parte integrante
del presente Decreto.
2
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, y por el Departamento
Administración Documental del Ministerio de Defensa Nacional
remítase copia del presente Decreto a todas las Unidades Ejecutoras
y Dependencias de dicho Ministerio. Cumplido, archívese.
LACALLE POU LUIS; JAVIER GARCÍA; LUIS ALBERTO HEBER;
FRANCISCO BUSTILLO; AZUCENA ARBELECHE; RAÚL LOZANO.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS
PARA COMBATIR EL TRÁFICO, TRATA Y EXPLOTACIÓN DE
PERSONAS
ÍNDICE
1. ÁMBITO DE APLICACIÓN ..........................................................4
2.1 TRÁFICO DE PERSONAS ..................................................... 5
2.2. TRATA DE PERSONAS.........................................................6
2.3. FORMA DE TRATA DE PERSONAS ...................................6
2.4. ACTORES VINCULADOS A LA TRATA ............................ 7
2.5. LAS VÍCTIMAS ..................................................................... 7
2.6. PERFIL DE LA VÍCTIMA ..................................................... 7
2.7. LA REACCIÓN DE LA VÍCTIMA .......................................8
2.8. LOS VICTIMARIOS Y/O MIEMBROS DE LAS REDES ... 9
2.9. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS
VICTIMARIOS O TRATANTES. ................................................. 9
2.10. CLASIFICACIÓN DE FUNCIONES
Y RESPONSABILIDADES. ......................................................... 9
2.11. COMPONENTES GEOGRÁFICOS Y
ESTRUCTURALES A TENER EN CUENTA ........................... 12
3. FASES QUE COMPONEN EL DELITO DE TRATA ................. 12
3.1. FASE DE CAPTACIÓN/ RECLUTAMIENTO ................... 12
3.2. FASE DE TRANSPORTE .................................................... 13
3.3. FASE DE EXPLOTACIÓN ..................................................13
4. INTERVENCIÓN MILITAR ........................................................ 14
4.1. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LOS
CASOS DE DETECCIÓN E INVESTIGACIÓN DE
TRATA, TRÁFICO Y EXPLOTACIÓN DE PERSONAS .......... 14
4.2. PRÁCTICAS RECOMENDABLES: ENFOQUE DE
DERECHOS HUMANOS ........................................................... 14
4.3 INVESTIGACIÓN ................................................................. 16
4.4. ROLES EN LA INVESTIGACIÓN’ .................................... 17
4.5. ACTUACIONES DE LAS UNIDADES INTERVINIENTES
SIN ORDEN PREVIA DE LOS/AS FISCALES: ....................... 17
4.6. PRESERVACIÓN DE LA ESCENA DEL HECHO- ...........18
4.7. NOTITIA CRIMINIS Y ELEVACIÓN DE
ANTECEDENTES ....................................................................... 20
4.8. INVESTIGACIÓN FINANCIERA PARALELA ................. 20
4.9. PROCEDIMIENTO: .............................................................21
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