Decreto No. 348/020.- Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de las Directivas Nos. 71/20 y 72/20 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, las que aprueban la rebaja arancelaria solicitada por la República Oriental del Uruguay para la importación de 400 unidades del medicamento “Brentuximab vedotin” y de 48 unidades del medicamento “Cerliponase alfa”.

Decreto 348/020

Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de las Directivas Nos. 71/20 y 72/20 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, las que aprueban la rebaja arancelaria solicitada por la República Oriental del Uruguay para la importación de 400 unidades del medicamento “Brentuximab vedotin” y de 48 unidades del medicamento “Cerliponase alfa”.

(5.482*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Montevideo, 21 de Diciembre de 2020

VISTO: la Directiva Nº 71/20 y la Directiva Nº 72/20 de la Comisión de Comercio del Mercosur;

RESULTANDO: I) que las mencionadas Directivas aprueban la rebaja arancelaria solicitada por la República Oriental del Uruguay para la importación de 400 (cuatrocientas) unidades del medicamento “Brentuximab vedotin” con alícuota arancelaria de 0% (cero por ciento), y de 48 (cuarenta y ocho) unidades del medicamento “Cerliponase alfa” con alícuota arancelaria de 0% (cero por ciento), al amparo de la Resolución Nº 49/19 del Grupo Mercado Común;

II) que de acuerdo a lo que dispone el artículo 2º de dichas Directivas, las mismas deben ser incorporadas sólo al ordenamiento jurídico de la República Oriental del Uruguay;

III) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley Nº 16.712, de 1º de setiembre de 1995, por el cual los Estados Partes del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR