Decreto No. 366/021.- Modifícase el Decreto 220/998, relativo a la nómina de insumos agropecuarios exonerados del IVA.

Montevideo, 1° de Noviembre de 2021

VISTO: la solicitud de incluir las enmiendas orgánicas, fertilizantes orgánicos y fertilizantes órgano-mineral en la nómina de insumos agropecuarios exonerados del Impuesto al Valor Agregado, establecida en el artículo 39 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998;

RESULTANDO: que los referidos bienes son de uso agropecuario;

CONSIDERANDO: I) que es conveniente la utilización de los referidos bienes para mejorar los nutrientes del suelo;

II) que se entiende necesario igualar el tratamiento tributario de los referidos bienes con el que tienen los fertilizantes minerales;

III) que el literal G) del numeral 1) del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 exonera del Impuesto al Valor Agregado a los bienes a emplearse en la producción agropecuaria y materias primas para su elaboración, facultando al Poder Ejecutivo a determinar la nómina de bienes comprendidos;

IV) que el artículo 39 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998, determina la nómina de los bienes incluidos en la exoneración referida;

V) que, por tanto, los bienes referidos en el Visto pueden incluirse en dicha nómina;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1

Sustitúyese el numeral 1) del artículo 39 del Decreto N°...

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