Decreto No. 441/018.- Prorrógase la entrada en vigencia del Decreto 157/018, hasta el 31 de mayo de 2019

VISTO: el Decreto Nº 157/2018, de fecha 28 de mayo de 2018;

RESULTANDO: I) que el mencionado Decreto dispone que los productos que menciona en su Anexo, requerirán para su despacho de importación, la presentación de una licencia emitida por la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

II) que su artículo 4º establece que dicho régimen empezará a regir a partir de transcurridos 180 (ciento ochenta) días contados desde su publicación;

III) que el lapso mencionado precedentemente ha resultado insuficiente para implementar entre los organismos involucrados, los mecanismos necesarios para la correcta aplicación del régimen instaurado;

CONSIDERANDO: que resulta por tanto indispensable prorrogar la entrada en vigencia de la norma que se menciona en el VISTO;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

EL PRESIDENTE DE LA...

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