Decreto No. 60/019.- Incorpórase la Resolución GMC 63/18 de MERCOSUR, por la que se aprueba el “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre “Asignación de Aditivos y sus Límites Máximos para la Categoría de Alimentos: Categoría 8: Carnes y productos cárnicos”

VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional, aprobado por Decreto Nº 315/994 de 5 de julio de 1994 y la Resolución Nº 63/18 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR de 16 de diciembre de 2018, por la que se aprueba el Reglamento Técnico MERCOSUR sobre: "Asignación de Aditivos y sus Límites Máximos para la Categoría de Alimentos: Categoría 8: Carnes y Productos Cárnicos". (Derogación de las Resoluciones GMC Nº 73/97);

RESULTANDO: que se ha solicitado la actualización de la normativa al respecto, mediante la incorporación de la citada Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, incorporando su contenido al Capítulo 13 - Carnes y derivados - sección 3, del citado Reglamento Bromatológico Nacional;

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional de Ouro Preto, aprobado por la Ley Nº 16.712 del 1º de setiembre de 1995, los Estados parte se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias, para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los Organos correspondientes, previstos en el artículo 2º del referido Protocolo;

II) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la República en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho positivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en el Visto;

III) que la actualización planteada contribuye a permitir un mayor y más fluido relacionamiento comercial con otros países, circunstancia que beneficia el comercio exterior de nuestro País;

IV) que la modificación proyectada es solicitada por el Departamento de Alimentos, Cosméticos y Domisanitarios de la División Evaluación Sanitaria;

V) la presente modificación cuenta con el aval de la División Normas Sanitarias y de la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por la Ley Nº 9202 de 12 de enero de 1934 y concordantes;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:

Artículo 1º Incorpórese la Resolución GMC Nº 63/18 de MERCOSUR de 16 de diciembre de 2018, por la...

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