Decreto No. 74/020.- Modifícase la Tasa Global Arancelaria que tributa el ítem 8702.40.90.00 “Vehículos automóviles para el transporte de diez o más personas, incluido el conductor”
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
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Decreto 74/020
Modifícase la Tasa Global .Arancelaria que tributa el ítem 8702.40.90.00 "Vehículos automóviles para el transporte de diez o más personas, incluido el conductor". 15
(803 R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Montevideo, 28 de Febrero de 2020
VISTO: que la Política Energética Nacional plantea dentro de sus objetivos la promoción de tecnologías más eficientes y ambiental mente más amigables para el sector transporte.
RESULTANDO: I) que con el objetivo de promover la transición hacia vehículos eléctricos en el transporte público colectivo de pasajeros a nivel nacional el Poder Ejecutivo estableció un subsidio a la compra de ómnibus eléctricos, mediante el artículo 349de la Ley Nº 19.670 de 15 de octubre de 2018 y el Decreto reglamentario Nº 165/019 de 17 de junio de 2019.
II) que este subsidio busca promover la transición hacia los vehículos eléctricos y también mejorar la calidad del servicio exigiendo requisitos técnicos más elevados para los ómnibus eléctricos como condición de acceso al mercado nacional, que se espera redunde en una mejora de la congestión y emisiones.
III) que se creó una Comisión Técnica interministerial para trabajar en el subsidio a la compra de ómnibus eléctricos para el territorio nacional, integrada por representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Industria, Energía y Minería, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
IV) que dicha Comisión Técnica solicitó la reducción a un 0% (cero por ciento) de la Tasa Global Arancelaria extra e intra zona de los ómnibus eléctricos, a efectos de complementar lo establecido en el subsidio de la Ley Nº 19.670 citada.
CONSIDERANDO: I) que los ómnibus eléctricos que se importen en el marco del artículo 349 de la Ley Nº 19.670 de 15 de octubre de 2018 y del Decreto Nº 165/019 de 17 de junio de 2019, sustituirán a ómnibus diésel y por ende redundarán en beneficios medioambientales y de servicio considerables.
II) que por las características actuales del mercado nacional, la mayor parte de los ómnibus diésel destinados al transporte...
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