Corte define futuro de ley Pluna tras escuchar alegados 'in voce'

Los ministros de la Suprema Corte continuarán analizando hoy jueves la constitucionalidad de ley de liquidación de Pluna. Ayer se realizó la audiencia in voce, donde los abogados de las partes entraron en polémica.La sala de la Suprema Corte de Justicia estuvo repleta en la audiencia in voce donde los abogados representante de Pluna Líneas Aéreas Uruguayas S.A. y de los demandantes hicieron sus alegatos a favor y en contra de la constitucionalidad de la ley 18.931.Los ministros de la Corporación escucharon los argumentos de las partes, luego se reunieron en privado para exa- minarlos y no llegaron a una definición, relataron fuentes del máximo organismo judicial a El País.Agregaron que hoy jueves los ministros de la Corte volverán a estudiar el caso e intentar tomar una definición. Cuando esto se logre, comenzará la redacción de una sentencia con la posición de la mayoría de los ministros. En principio, en la Corte habría los tres votos necesarios para declarar la inconstitucionalidad de la ley de liquidación de Pluna.El primero en exponer en la audiencia de ayer miércoles fue el abogado Ricardo Olivera García, quien en representación del Estado solicitó que se rechace la inconstitucionalidad de la ley. Para ello adujo razones de forma y de fondo, las que dividió en cinco puntos "esenciales". En primer termino marcó la "falta de legitimación activa" de los reclamantes, porque sostuvo que no están verificados sus créditos y "no existe mecanismos certero" para conocer si son acreedores.Agregó que por efecto del concurso es imposible presentar acciones personales y solo el síndico sería el legitimado para este tipo de acción de inconstitucionalidad. Todo esto lo consideró un "obstáculo formal" que impide seguir adelante con el caso.En segundo lugar, Olivera García dijo que la aprobación de la ley 18.391 obedeció a "evidentes razones de interés general" que persiguieron tres objetivos, los que no se podían lograr con el procedimiento concursal ordinario: conservar el valor de los aviones y evitar su deterioro, preservar la conectividad del país y las fuentes de trabajo de los empleados de Pluna.En tercer termino, afirmó que la ley "no causó perjuicio a los acreedores" y por el contrario "creó un escenario beneficioso para la masa", puesto que excluyó aviones cuyo valor estaba destruido y US$ 300 millones del pasivo de Pluna que asumió el Fideicomiso.En cuarto lugar, Olivera García negó que Pluna Ente Autónomo sea acreedor subordinado de Pluna SA.En quinto y...

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