Dia del perro de trabajo. Primer domingo diciembre. Declaracion.

Número de Iniciativa114993
Año2012
Tipo de proyectoLEY
Autor de la iniciativaCámara Senadores - Saravia, Jorge
Ley 19.282
Publicada D.O. 3 oct/014 - Nº 29060
Ley Nº 19.282 DÍA DEL PERRO DE TRABAJO SE DECLARA EL PRIMER DOMINGO DEL MES DE DICIEMBRE DE CADA AÑO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:

Artículo único.- Declárase el primer domingo del mes de diciembre de cada año como "Día del Perro de Trabajo".

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 16 de setiembre de 2014.

ANÍBAL PEREYRA,
Presidente.
José Pedro Montero,
Secretario.
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 19 de setiembre de 2014.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se declara el primer domingo del mes de diciembre de cada año como "Día del Perro de Trabajo".

JOSÉ MUJICA.
ENZO BENECH.

Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.

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