Diario Oficial de la República del Uruguay del 10 de octubre de 2019 (contenido completo)

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Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 2, 7 y 8 de octubre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
1
Resolución 549/019
Autorízase la extensión del Acuerdo de Gestión de Servicios, celebrado
entre la DINACIA y la Organización Internacional de Aviación Civil
(OACI), con la nalidad de implementar un proyecto de Fortalecimiento
Institucional en relación a la “Vigilancia continua de la Seguridad
Operacional”.
(3.889*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 30 de Setiembre de 2019
VISTO: La necesidad de autorizar la ampliación del Acuerdo de
Gestión de Servicios celebrado entre la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica y la Organización Internacional de
Aviación Civil (OACI).
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo
de 30 de noviembre de 2009 (número interno 87.154) se autorizó la
suscripción del acuerdo antes citado, con la nalidad de implementar
un proyecto de Fortalecimiento Institucional en relación a la “Vigilancia
continua de la Seguridad Operacional”, por un monto de U$S
1.000.000,00 (dólares estadounidenses un millón con 00/100).
II) que en el numeral 12 de dicho acuerdo se establece que “Toda
enmienda al presente acuerdo se efectuará por consentimiento
mutuo entre las partes mediante la correspondiente carta de acuerdo
suplementaria.”
III) que en atención a dicha disposición, oportunamente se efectuó
la ampliación del Proyecto de Cooperación Técnica con la OACI URU
08/801, mediante Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de julio de 2010
(número interno 88.178), a efectos de permitir la adquisición y puesta
en funcionamiento de un nuevo Sistema de Control de Tránsito Aéreo
Radar, Comunicaciones y Sistemas Asociados, correspondiendo dicha
ampliación a la Revisión “B”, por un total de U$S 9.208.000,00 (dólares
estadounidenses nueve millones doscientos ocho mil con 00/100),
equivalentes a un monto de Euros 6.000.000,00 (euros seis millones
con 00/100), los cuales se obtuvieron en carácter de préstamo por parte
del Banco de la República Oriental del Uruguay, el cual fue habilitado
por la Ley 18.622 de 9 de noviembre de 2009.
IV) que con posterioridad se efectuó una nueva ampliación del
Proyecto de Cooperación Técnica con la OACI URU 08/801, mediante
Resolución del Poder Ejecutivo de 31 de diciembre de 2010 (número
interno 88.931), con la nalidad de ajustar las diferencias nancieras
por tipo de cambio generadas, atender el incremento de costos en
la adquisición de un nuevo Sistema de Control de Tránsito Aéreo
y sistemas asociados para el Aeropuerto Internacional de Carrasco
“Gral. Cesáreo L. Berisso”, y realizar las inversiones necesarias para
actualizar y adquirir diversos equipamientos y sistemas aeronáuticos,
correspondiendo dicha ampliación a la Revisión “C”, por un total
de U$S 4.403.895,00 (dólares estadounidenses cuatro millones
cuatrocientos tres mil ochocientos noventa y cinco con 00/100).
V) que ulteriormente se efectuó una nueva extensión del
Proyecto de Cooperación Técnica con la OACI URU 08/801,
mediante Resolución del Poder Ejecutivo de 24 de setiembre
de 2013 (número interno 588/2013), con la nalidad de atender
necesidades de personal, realizar actividades de capacitación tanto
dentro como fuera del país, inversiones en el área de reestructura
organizacional y realizar mantenimiento y calibración de radio-
ayudas, correspondiendo dicha extensión a la Revisión “D” por
un monto de U$S 3.400.000,00 (dólares americanos tres millones
cuatrocientos mil con 00/100).
VI) que mediante Resolución del Poder Ejecutivo de 16 de febrero
de 2016 (número interno 059/2016) se aprobó la Revisión “E” del
referido proyecto de Cooperación Técnico con la OACI URU 08/801/E,
por la suma total de hasta U$S 3.850.000,00 (dólares estadounidenses
tres millones ochocientos cincuenta mil con 00/100) durante un periodo
de cuatro años.
VII) que la Organización de Aviación Civil Internacional y la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
han determinado que continúa siendo indispensable contar con la
posibilidad de contratar a los técnicos que en materia de Seguridad
Operacional actualmente realizan su labor dentro del marco del
proyecto, como así también realizar actividades de capacitación dentro
y fuera del país, para el personal de la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica mediante cursos especícos por la
suma de hasta U$S 2.000.000,00 (dólares estadounidenses dos millones
con 00/100) durante los próximos dos años.
VIII) que la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica, cuenta con disponibilidad suficiente en el PIP 933
“Seguridad Operacional” durante el período total de duración del
acuerdo, a efectos de atender la citada revisión de convenio por un
total de hasta U$S 2.000.000,00 (dólares estadounidenses dos millones
con 00/100) dentro de las partidas presupuestales.
CONSIDERANDO: I) que es de aplicación en este caso lo
dispuesto en el numeral 5), literal C) del artículo 33 del “TOCAF”
aprobado por Decreto 150/012 de 11 de mayo de 2012, el cual establece
que podrá contratarse directamente en el caso de adquisición de
bienes que no se produzcan o suministren en el país y que convenga
efectuar por intermedio de Organismos Internacionales a los que esté
adherida la Nación.
II) que en Sesión de 13 de febrero de 2019 el Tribunal de Cuentas
acordó que una vez que el Poder Ejecutivo disponga el gasto en la
forma propuesta, se cometa al Contador destacado ante el Ministerio de
Defensa Nacional la intervención de los gastos hasta U$S 2.000.000,00
(dólares estadounidenses dos millones con 00/100), previo control de
la apertura de los créditos respectivos, de la imputación de los mismos
con cargo al Grupo adecuado con disponibilidad suciente y de que
la resolución denitiva coincida con los antecedentes remitidos a
dicho Tribunal.
III) que resulta conveniente y necesaria la autorización de la
ampliación del acuerdo, a los efectos de lograr el cumplimiento de las
obligaciones internacionales de la República y el fortalecimiento de la
Seguridad Operacional en el espacio aéreo nacional.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica,
por el Departamento Jurídico Notarial, Secciones Jurídica y Notarial
y por la Dirección General de Recursos Financieros del Ministerio de
Defensa Nacional y a lo dispuesto por el numeral 5) del literal C) del
artículo 33 del “TOCAF” aprobado por el Decreto 150/012 de 11 de
mayo de 2012.
3
Documen tos
Nº 30.292 - octubre 10 de 2019
DiarioOficial |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Autorizar la extensión hasta el 15 de agosto de 2021 del
Acuerdo de Gestión de Servicios celebrado entre la Dirección Nacional
de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA) y la
Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), con la nalidad
de prorrogar la contratación, de acuerdo a lo reseñado en el Resultando
VII) de la presente.
2
2do.- Autorizar la ampliación del acuerdo señalado en el numeral
1ro. de la presente Resolución por hasta un monto de U$S 2.000.000,00
(dólares estadounidenses dos millones con 00/100) y a efectuar la
transferencia a la Organización de Aviación Civil Internacional
(OACI) por hasta dicho monto, durante la vigencia del Acuerdo así
extendido, conforme al siguiente detalle: Período Agosto-Diciembre
2019 hasta U$S 350.000,00 (dólares estadounidenses trescientos
cincuenta mil con 00/100), durante el año 2020 hasta U$S 900.000,00
(dólares estadounidenses novecientos mil con 00/100) y durante el
año 2021 hasta U$S 750.000,00 (dólares estadounidenses setecientos
cincuenta mil con 00/100), en los términos del Anexo I que luce de
fojas 506 a 522 y 565 a 566 del expediente 2008.04258-9 del Ministerio
de Defensa Nacional.
3
3ro.- Establecer que dicha erogación se atenderá con cargo al
Inciso 03, “Ministerio de Defensa Nacional”, Programa 367 “Política
Infraestructura Aeronáutica”, Unidad Ejecutora 041 “Dirección
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, Objeto
del Gasto 581 del PIP 933 “Seguridad Operacional”, que cuenta con
disponibilidad suciente.
4
4to.- Comuníquese, publíquese, remítase copia de la presente
Resolución al Tribunal de Cuentas, pase al Contador Auditor de
dicho Tribunal y al Contador Central de la Contaduría General de la
Nación ambos destacados en el Ministerio de Defensa Nacional, a la
Dirección General de Recursos Financieros, al Departamento Jurídico-
Notarial, Secciones Jurídica y Notarial del Ministerio de Defensa
Nacional, a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica para conocimiento y demás efectos. Cumplido, vuelva y
oportunamente archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JOSÉ BAYARDI; RODOLFO NIN NOVOA; DANILO
ASTORI.
Fecha de inicio: 15 de Agosto 2009
Fecha de nalización Revisión E: 15 de Agosto 2021
(Extensión de dos años)
Fuente de fondos: Gobierno
Breve descripción: El presente documento corresponde a la
revisión “F” del proyecto URU08801 e implica una extensión de dos
años con un incremento de USD $2,000,000 para continuar con el
fortalecimiento institucional a la DINACIA mediante la provisión
de recursos humanos y materiales que le permitan cumplir con sus
obligaciones nacionales e internacionales en su calidad de Autoridad
Aeronáutica y sus responsabilidades en cuanto a la vigilancia y gestión
de la Seguridad Operacional.
Aprobado en
nombre de: Firma Nombre/Título Fecha
DINACIA ______ Brigadier General (Av.) Antonio
Alarcón Director Nacional ______
OACI ______ Fang Liu Secretaria General ______
JUSTIFICACIÓN DE LA REVISIÓN
Numero: URU08801/F
Título: Fortalecimiento institucional de la DNACIA
La presente revisión tiene como objeto la extensión de dos años al
cronograma del proyecto, y realizar en consecuencia un incremento
de USDS 2,000,000 para continuar con el fortalecimiento institucional
a la DINACIA mediante la provisión de recursos humanos y
materiales que le permitan cumplir con sus obligaciones nacionales
e internacionales en su calidad de Autoridad Aeronáutica y sus
responsabilidades en cuanto a la vigilancia y gestión de la Seguridad
Operacional.
A. CONTEXTO
1. Antecedentes
1.1 En su comunicación del 6 de Setiembre 2018, la Dirección
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA)
solicitó a la OACI realizar una ampliación del proyecto “Fortalecimiento
institucional de la DINACIA” (URU/08/801) hasta el año 2021 el
cual mantenga dentro de sus objetivos la contratación del personal
nacional, la capacitación, el cumplimiento de los SARPs y agregando
la adquisición de equipamiento aeronáutico.
1.2 El proyecto ha cumplido hasta el 2019 con las actividades
establecidas:
1.2.1 Se realizaron compras y se proveyeron servicios, como por
ejemplo, se compró un radar primario, un sistema de comunicaciones
para el Aeropuerto Carrasco, se adquirió un AMHS, se realizó la
compra de material de extinción de incendios para la totalidad de
los aeródromos del país, se desarrolló un software a medida para la
vigilancia y gestión de la Seguridad Operacional y se digitalizaron la
totalidad de los archivos aeronáuticos.
1.2.2 Contratación de personal nacional, entre ellos un
ingeniero aeronáutico, un ingeniero mecánico con especialización
aeronáutica, cuatro inspectores de operaciones, dos inspectores de
aeronavegabilidad, un médico aeronáutico, un experto informático y
personal internacional como lo es una experta en Recursos Humanos
especializado en aviación.
1.3 En ese sentido, se alcanzaron como resultados de este convenio:
1.3.1 El mejoramiento de la infraestructura.
1.3.2 Obtener el personal especializado y retenerlo.
1.3.3 Entrega de la propuesta de plan de reestructura de la
DINACIA, incluyendo la descripción de puestos de trabajo, dotación
ANEXO I
al Acuerdo de Servicios de Gestión suscrito entre la Dirección
Nacional de Aviación Civil e infraestructura Aeronáutica
(DINACIA) y la OACI
DOCUMENTO DE PROYECTO
(Condencial)
Número: URU08801/F
Título: Fortalecimiento institucional de la
DINACIA
Duración: 12 años
Sector y sub-sector: Transporte aéreo, Aviación Civil
Agencia ejecutora del Gobierno: Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica
(DINACIA)
Organismo de ejecución: Organización de Aviación Civil
Internacional (OACI)
Anterior Presupuesto “E”: USD $20,861,895
Actual Presupuesto “F”: USD $22,861,895

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