Diario Oficial de la República del Uruguay del 17 de marzo de 2020 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 30.400 - marzo 17 de 2020
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 12 y 13 de marzo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
1
Resolución S/n
Exceptúase de la aplicación del arancel jado por el Decreto 643/006
a los productos cuyos ítems se especican, productor y exportador
(ANDINA EMPAQUES ARGENTINA S.A.) e importador (MONTEVIDEO
REFRESCOS S.R.L.).
(1.022)
MINISTERIO DE INDUSTRIA. ENERGÍA Y MINERÍA
166/20
Montevideo, 26 de Febrero de 2020
VISTO: que la empresa MONTEVIDEO REFRESCOS S.R.L. se
presenta al amparo del artículo 9º literal a) del Decreto Nº 473/006 de
27 de noviembre de 2006, solicitando ser exceptuada de la aplicación
del arancel jado de conformidad con el artículo 1º de dicha norma;
RESULTANDO: I) que el artículo 9º del referido decreto,
dispone que serán exceptuados de la aplicación del arancel jado
de conformidad con el artículo 1º para productos con producción en
Zonas de Promoción Industrial, los productos clasicados en la misma
posición arancelaria que aquellos, cuando cumplan con las condiciones
que se indican, en el caso del literal a), ser producidos por empresas
que no tienen plantas instaladas en Zonas de Promoción Industrial y
no pertenecer a grupos económicos con plantas instaladas en Zonas
de Promoción Industrial;
II) que a los efectos de obtener la excepción prevista en el artículo
9º, cada importador del producto deberá presentar la solicitud ante la
Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, declarando bajo juramento que el producto importado cumple
con los requisitos establecidos para el otorgamiento de la excepción;
III) que en el Decreto Nº 643/006, de 27 de diciembre de 2006 se
encuentran detallados los productos incluidos en este régimen;
CONSIDERANDO: I) que la empresa MONTEVIDEO REFRESCOS
S.R.L. con fecha 29 de enero de 2020, ha dado cumplimiento a lo exigido
en los artículos 11, 12 y 13 del Decreto Nº 473/006 de 27 de noviembre
de 2006, habiendo declarado bajo juramento que el producto importado
cumple con los requisitos establecidos para el otorgamiento de la
excepción;
II) que los productos que motivan la presente solicitud se
encuentran comprendidos en los detallados en el Decreto Nº 643/006
de 27 de diciembre de 2006;
III) que la División de Defensa Comercial y Salvaguardias de la
Dirección Nacional de Industrias ha vericado el cumplimiento del
requisito establecido en el artículo 11º del Decreto Nº 473/006 de 27
de noviembre de 2006;
IV) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía
y Minería sugiere hacer lugar a lo solicitado por MONTEVIDEO
REFRESCOS S.R.L. (desde el 29 de enero de 2020), al amparo de lo
dispuesto por el Decreto Nº 473/006, de 27 de noviembre de 2006;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
Decreto Nº 473/2006 de 27 de noviembre de 2006, el Decreto Nº 643/2006
de 27 de diciembre de 2006 y el Decreto Nº 367/2011 de 14 de octubre
de 2011;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
1
1º.- Exceptúase de la aplicación del arancel jado por el Decreto
Nº 643/006 de 27 de diciembre de 2006, en su Anexo I, al producto,
empresa productora, empresa exportadora y empresa importadora
especicados a continuación:
NCM - Descripción Productor Exportador Importador
3923.30.00.99:
ARTICULOS PARA
EL TRANSPORTE
O ENVASADO DE
PLASTICO; TAPONES,
TAPAS, CÁPSULAS, Y
DEMÁS DISPOSITIVOS
DE CIERRE, DE
PLASTICO. Bombonas
(damajuanas), botellas,
frascos y artículos
similares. Los demás. Los
demás.
ANDINA
EMPAQUES
ARGENTINA
S.A.
ANDINA
EMPAQUES
ARGENTINA
S.A.
MONTEVIDEO
REFRESCOS
S.R.L. RUT:
210003070018
3923.30.00.10:
ARTICULOS PARA
EL TRANSPORTE
O ENVASADO DE
PLASTICO; TAPONES,
TAPAS, CÁPSULAS, Y
DEMÁS DISPOSITIVOS
DE CIERRE, DE
PLASTICO. Bombonas
(damajuanas), botellas,
frascos y artículos
similares. Preformas para
soplado de botellas.
ANDINA
EMPAQUES
ARGENTINA
S.A.
ANDINA
EMPAQUES
ARGENTINA
S.A.
MONTEVIDEO
REFRESCOS
S.R.L. RUT:
210003070018
2
2º.- Estas excepciones arancelarias regirán para todos los despachos
de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de
Aduanas desde el 29 de enero de 2020 y hasta el 28 de enero de 2022
de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto 367/2011, de
14 de octubre de 2011.
3
3º.- Comuníquese y publíquese en el Diario Ocial y en la página
web del Ministerio de Industria, Energía y Minería.
4
4º.- Cumplido, archívese por la Dirección Nacional de Industrias.
GUILLERMO MONCECCHI.
4Documentos Nº 30.400 - marzo 17 de 2020 | DiarioOf‌icial
2
Resolución S/n
Prorrógase la excepción de la aplicación del arancel jado por el Decreto
643/006 a los productos cuyos ítems se especican, productor y
exportador (LA DELICIA FELIPE FORT S.A.) e importador (BROCOS S.A.).
(1.023)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
238/20
Montevideo, 26 de Febrero de 2020
VISTO: que el artículo 1 del Decreto Nº 367/011 de 14 de octubre
de 2011, establece que todo importador que haya sido exceptuado del
arancel jado de conformidad con el artículo 1 del Decreto Nº 473/006
de 27 de noviembre de 2006, al amparo de lo dispuesto en el artículo 9
del Decreto deberá presentar cada dos años un certicado emitido por
la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la República
Argentina que establezca que no ha recibido benecios tributarios
al amparo del régimen de Zonas de Promoción Industrial en los
últimos dos años para los productos clasicados en la misma partida
arancelaria que el producto incluido en el régimen y/o productos que
sean insumos o formen parte del producto nal incluido en el régimen;
RESULTANDO: I) que la empresa BROCOS S.A. presentó
constancia de inscripción, emitida por la AFIP de la República
Argentina con fecha 7 de febrero de 2020 de acuerdo a lo establecido
en los artículos 1 y 3 del Decreto Nº 367/011 de 14 de octubre de 2011,
ante la Dirección Nacional de Industrias;
II) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el
cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 1 del Decreto
Nº 367/011;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
Decreto Nº 473/006 de fecha 27 de noviembre de 2006, el Decreto Nº
643/006 de 27 de diciembre de 2006 y el Decreto Nº 367/011 de 14 de
octubre de 2011;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
1
1º.- Prorrógase la excepción otorgada mediante Resolución
Ministerial de 2 de mayo de 2018 (a regir para los despachos de
importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional
de Aduanas desde el 15 de marzo de 2018 y hasta el 14 de marzo de
2020) de la aplicación del arancel jado por el Decreto Nº 643/006 de
27 de diciembre de 2006, en su Anexo I a los productos, productor,
exportador e importador especicados a continuación:
NCM - Descripción Productor Exportador Importador
1905.31.00.10: PRODUCTOS DE
PANADERÍA, PASTELERÍA
O GALLETERÍA, INCLUSO
CON ADICIÓN DE CACAO,
HOSTIAS, SELLOS VACIOS,
DE LOS TIPOS UTILIZADOS
PARA MEDICAMENTOS,
OBLEAS PARA SELLAR,
PASTAS SECAS DE HARINA,
ALMIDÓN O FÉCULA, EN
HOJAS Y PRODUCTOS
SIMILARES. Galletas dulces
(con adición de edulcorante);
barquillos y obleas, incluso
rellenos («gaufrees», «wafers»)
y waes («gaufres»)*: Galletas
dulces (con adición de
edulcorante). Sin adición de
cacao.
LA DELICIA
FELIPE FORT
S.A.
LA DELICIA
FELIPE FORT
S.A.
BROCOS
S.A. RUT:
211418120011
1905.31.00.20: PRODUCTOS DE
PANADERÍA, PASTELERÍA
O GALLETERÍA, INCLUSO
CON ADICIÓN DE CACAO,
HOSTIAS, SELLOS VACIOS,
DE LOS TIPOS UTILIZADOS
PARA MEDICAMENTOS,
OBLEAS PARA SELLAR,
PASTAS SECAS DE HARINA,
ALMIDÓN O FÉCULA, EN
HOJAS Y PRODUCTOS
SIMILARES. Galletas dulces
(con adición de edulcorante);
barquillos y obleas, incluso
rellenos («gaufrees», «wafers»)
y waes («gaufres»)*:.
Galletas dulces (con adición de
edulcorante). Con adición de
cacao.
LA DELICIA
FELIPE FORT
S.A.
LA DELICIA
FELIPE FORT
S.A.
BROCOS
S.A. RUT:
211418120011
1905.32.00.10: PRODUCTOS DE
PANADERÍA, PASTELERÍA
O GALLETERÍA, INCLUSO
CON ADICIÓN DE CACAO,
HOSTIAS, SELLOS VACIOS,
DE LOS TIPOS UTILIZADOS
PARA MEDICAMENTOS,
OBLEAS PARA SELLAR,
PASTAS SECAS DE HARINA,
ALMIDÓN O FÉCULA, EN
HOJAS Y PRODUCTOS
SIMILARES. Galletas dulces
(con adición de edulcorante);
barquillos y obleas, incluso
rellenos («gaufrees», «wafers»)
y waes («gaufres”)*:
Barquillos y obleas, incluso
rellenos («gaufrees», «wafers»)
y waes. Barquillos y obleas
(«gaufrees», «wafers»).
LA DELICIA
FELIPE FORT
S.A.
LA DELICIA
FELIPE FORT
S.A.
BROCOS
S.A. RUT:
211418120011
1905.32.00.20: PRODUCTOS DE
PANADERÍA, PASTELERÍA
O GALLETERÍA, INCLUSO
CON ADICIÓN DE CACAO,
HOSTIAS, SELLOS VACIOS,
DE LOS TIPOS UTILIZADOS
PARA MEDICAMENTOS,
OBLEAS PARA SELLAR,
PASTAS SECAS DE HARINA,
ALMIDÓN O FÉCULA, EN
HOJAS Y PRODUCTOS
SIMILARES. Galletas dulces
(con adición de edulcorante);
barquillos y obleas, incluso
rellenos («gaufrees», «wafers»)
y waes («gaufres»)*:
Barquillos y obleas, incluso
rellenos («gaufrees», «wafers»)
y waes. Waes («gaufres»).
LA DELICIA
FELIPE FORT
S.A.
LA DELICIA
FELIPE FORT
S.A.
BROCOS
S.A. RUT:
211418120011
1905.40.00.00: PRODUCTOS DE
PANADERÍA, PASTELERÍA
O GALLETERÍA, INCLUSO
CON ADICIÓN DE CACAO,
HOSTIAS, SELLOS VACIOS,
DE LOS TIPOS UTILIZADOS
PARA MEDICAMENTOS,
OBLEAS PARA SELLAR,
PASTAS SECAS DE HARINA,
ALMIDÓN O FÉCULA, EN
HOJAS Y PRODUCTOS
SIMILARES. Pan tostado y
productos similares tostados.
LA DELICIA
FELIPE FORT
S.A.
LA DELICIA
FELIPE FORT
S.A.
BROCOS
S.A. RUT:
211418120011
2

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