Diario Oficial de la República del Uruguay del 25 de julio de 2011 (contenido completo)

IM.P.O.
IM.P.O.
Nº 28.271 - Julio 25 de 2011 203-A
CARILLA Nº 5
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
1
Resolución 330/011
Dispónese la no adjudicación de la Licitación Pública Internacional
2/2009, de la Dirección General de Casinos, en el departamento de
Colonia.
(1.236*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 8 de Julio de 2011
VISTO: La Licitación Pública Internacional No. 2/2009 para el
Departamento de Colonia.
RESULTANDO: que la misma tiene por objeto la incorporación de salas
de juego al sistema mixto de explotación de complejos turísticos, comerciales,
deportivos y/o culturales, bajo la órbita de la Dirección General de Casinos
del Estado dentro del territorio nacional, con excepción de Montevideo;
CONSIDERANDO: I) que las empresas oferentes fueron DOLIBAN
S.A. y DOLIBAN S.A.-PRADO ENCANTO S.A.;
II) que la Dirección Nacional de Casinos entendió que las propuestas
presentadas no solo no coincidían con la estrategia comercial del Organismo
para la ciudad de Colonia, sino que además los responsables de ambas ofertas
ya habían contratado con el Estado en sistema mixto a través de otra persona
jurídica en otro emprendimiento, razón por la cual consideró conveniente
direccionar y concentrar los esfuerzos y la inversión de la parte privada,
en la mejora y el desarrollo del emprendimiento ya en marcha, antes que
evolucionar hacia un nuevo contrato;
III) que quedó probado que el desarrollo de la operación y el impulso
comercial aplicado en el anterior emprendimiento en la misma ciudad, dista
de ser satisfactorio para la Dirección General de Casinos, ya que no han
estado a la altura de las expectativas de dicha Dirección, ni en cuanto a la
magnitud del resultado ni en cuanto a la energía comercial puesta en práctica
para su desarrollo;
IV) que se conf‌irió vista de estas actuaciones a las empresas oferentes
en los términos del artículo 75 del Decreto 500/991;
V) que la Asesoría Jurídica del Ministerio del Economía y Finanzas,
informó que analizados los descargos presentados, éstos no agregaban ningún
elemento que hiciera variar la posición de la misma;
VI) que el Director General de Casinos elevó estos autos al Ministerio de
Economía y Finanzas a los efectos de que disponga no efectuar adjudicación
alguna para el departamento de Colonia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- No efectuar adjudicación alguna en el proceso de Licitación Pública
Internacional No. 2/2009 en el Departamento de Colonia.
2º.- Siga a la Dirección General de Casinos del Estado, a sus efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; FERNANDO LORENZO.
---o---
MINISTERIO DE GANADERÍA,
AGRICULTURA Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
2
Resolución 90/011
Fíjanse los parámetros microbiológicos y físico-químicos a analizar
en las muestras of‌iciales de agua.
(1.306*R)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
Montevideo, 14 de julio de 2011.
DGSG/ Nº 90/011
VISTO: Las recomendaciones realizadas por la Auditoría de la
Unión Europea, DG (SANCO) 6128/2011, con respecto a los análisis
microbiológicos y físico-químicos del agua potable en las plantas habilitadas
para ese mercado;
RESULTANDO: I) mediante la Directiva 98/83/CE, de 3 de noviembre
de 1998, la Unión Europea f‌ijó los parámetros microbiológicos y físico-
químicos para analizar el agua destinada al consumo humano;
II) asimismo, la Dirección General de Servicios Ganaderos, a través
de la División Industria Animal (DIA), ha implementado un Programa de
Control de Agua Potable, en los establecimientos habilitados y controlados
por la División Industria Animal;
III) la División .Industria Animal deberá f‌ijar los parámetros del agua
aplicables en cada caso, de acuerdo con las recomendaciones planteadas
por el mercado;
CONSIDERANDO: necesario adecuar la normativa, de acuerdo con los
requerimientos exigidos por los correspondientes mercados.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la ley Nº
3.606, de 13 de abril de 1910; decreto 369/983 de 7 de octubre de 1983;
resolución DGSG/RG/Nº 35/001, de fecha 20 de julio de 2001, y decreto
24/998, de 28 de enero de 1998;
EL DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS GANADEROS
RESUELVE
1. Los parámetros microbiológicos y físico-químicos a analizar en las
muestras of‌iciales de agua, en las plantas habilitadas por la División Industria
Animal para exportar a la Unión Europea, deberán ser los siguientes:
PARÁMETROS MICROBIOLÓGICOS
Parámetro Valor Paramétrico
(número/ 100 ml)
Escherichia coli (E. Coli) 0
Enterococos 0
PARAMETROS FÍSICO QUÍMICOS
Parámetro Valor Paramétrico Unidad
Acrilamida 0.10 µg/l
Antimonio 5.0 µg/l
Arsénico 10 µg/l
Benceno 1.0 µg/l
Benzo(a)pireno 0.010 µg/l
Boro 1.0 mg/l
Bromato 10 µg/l
Cadmio 5.0 µg/l
Cromo 50 µg/l

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