Diario Oficial de la República del Uruguay del 20 de mayo de 2020 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.440 - mayo 20 de 2020
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 14 de mayo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
1
Resolución 512/020
Deléganse en el Director de la Ocina de Planeamiento y Presupuesto,
las atribuciones de Ordenador primario del Presidente de la República,
para realizar las transferencias de fondos de cualquier naturaleza del
Programa de Desarrollo y Fortalecimiento de la Gestión Fiscal y de
Servicios Subnacionales (Contrato de Préstamo Nº 3792/OC-UR),
ejecutado por la OPP.
(1.865*R)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 7 de Mayo de 2020
VISTO: el Programa de Desarrollo y Fortalecimiento de la Gestión
Fiscal y de Servicios Subnacionales (Contrato de Préstamo Nº 3792/
OC-UR), gestionado por la Ocina de Planeamiento y Presupuesto;
RESULTANDO: que en razón de su monto, hay una considerable
cantidad de transferencias que deben ser autorizadas por el Ordenador
primario, que en el Inciso 02 “Presidencia de la República” es el
Presidente de la República, actuando por sí;
CONSIDERANDO: que razones de buena administración
ameritan delegar la realización de las transferencias referidas;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por
el artículo 30 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración
Financiera (TOCAF 2012), aprobado por Decreto Nº 150/012, de 11
de mayo de 2012;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Deléganse en el Director de la Ocina de Planeamiento y
Presupuesto, las atribuciones de Ordenador primario del Presidente
de la República, para realizar las transferencias de fondos de cualquier
naturaleza del Programa de Desarrollo y Fortalecimiento de la Gestión
Fiscal y de Servicios Subnacionales (Contrato de Préstamo Nº 3792/
OC-UR), ejecutado por la Ocina de Planeamiento y Presupuesto.
2
2º.- Sin perjuicio de lo establecido en el numeral anterior, el
Presidente de la República podrá avocar las atribuciones delegadas,
como asimismo el órgano delegado someterlas a consideración del
Presidente de la República.
3
3º.- Las atribuciones delegadas no pueden a su vez ser objeto de
delegación.
4
4º.- Las competencias del Presidente de la República que se delegan
en el Ordenador secundario se reeren exclusivamente al ámbito
propio de la competencia de dicho Ordenador.
5
5º.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto enviará a la
Secretaría de la Presidencia de la República copia de las resoluciones
que se dicten en ejercicio de atribuciones delegadas, dentro de las 48
horas de adoptadas.
6
6º.- Déjase sin efecto la Resolución de la Presidencia de la República
Nº 843/017, de 11 de setiembre de 2017.
7
7º.- Comuníquese y pase a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
LACALLE POU LUIS.
2
Resolución 513/020
Desígnanse al Director de la Ocina de Planeamiento y Presupuesto,
Ec. Isaac Ale Stochek y al Sub-Director de la citada Ocina, Sr. José
Luis Falero Bértola, actuando indistintamente, como representantes de
la República Oriental del Uruguay en todos los actos relacionados con la
ejecución del Programa de Desarrollo y Fortalecimiento de Gestión Fiscal
y de Servicios Subnacionales.
(1.866)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 7 de Mayo de 2020
VISTO: el Contrato de Préstamo BID Nº 3792/OC-UR rmado
entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano
de Desarrollo (BID), para la ejecución del Programa de Desarrollo
y Fortalecimiento de la Gestión Fiscal y de Servicios Subnacionales;
RESULTANDO: I) que la ejecución del Programa de Desarrollo y
Fortalecimiento de la Gestión Fiscal y de Servicios Subnacionales está
a cargo de la Ocina de Planeamiento y Presupuesto;
II) que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4.01 (b) de las
Normas Generales del citado Contrato de Préstamo, si se designaren
dos o más funcionarios, corresponderá señalar si los designados pueden
actuar separadamente o si tienen que hacerlo de manera conjunta;
CONSIDERANDO: que en base a lo señalado anteriormente, se
considera apropiado designar al Director de la Ocina de Planeamiento
y Presupuesto y al Sub Director de la misma, actuando indistintamente,
como representantes de la República Oriental del Uruguay en todos
los actos relacionados con la ejecución del Programa de Desarrollo
y Fortalecimiento de la Gestión Fiscal y de Servicios Subnacionales;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y a la normativa vigente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnanse al Director de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, Ec. Isaac Ale Stochek y al Sub-Director de la misma
Ocina, Sr. José Luis Falero Bértola, actuando indistintamente, como
representantes de la República Oriental del Uruguay en todos los
actos relacionados con la ejecución del Programa de Desarrollo y
Fortalecimiento de la Gestión Fiscal y de Servicios Subnacionales.
2
2º.- Déjase sin efecto la Resolución de la Presidencia de la República
Nº 930/017, de 2 de octubre de 2017.
3
3º.- Pase a la División Jurídica de la Ocina de Planeamiento y
Presupuesto a sus efectos y comuníquese a los designados y al Banco
Interamericano de Desarrollo.
LACALLE POU LUIS.

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