Diario Oficial de la República del Uruguay del 3 de agosto de 2020 (contenido completo)

4Documentos Nº 30.492 - agosto 3 de 2020 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 29 y 30 de julio y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
1
Resolución 842/020
Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria Dra. Viviana Ruth
Gutiérrez Martins como Técnico III Médico, perteneciente a la RAP
Metropolitana.
(3.056)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
Montevideo, 26 de Febrero de 2020
Visto: la renuncia presentada por motivos particulares por la
funcionaria contratada al amparo de lo dispuesto por el artículo 256
de la Ley Nº 18.834, Sra. Viviana Ruth Gutiérrez Martins;
Considerando: I) que el contrato de la citada funcionaria se
nancia con el cargo vacante de Técnico III Médico, Escalafón “A” -
Grado 8 - Correlativo 2071, de la Unidad Ejecutora 002 - R.A.P. - Área
Metropolitana;
Atento: a lo expuesto, y a las atribuciones delegadas por Resolución
del Directorio de A.S.S.E. Nº 5674/14 de fecha 18/12/2014;
La Gerencia Recursos Humanos de A.S.S.E.
(En ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1º) Acéptase la renuncia presentada por la señora VIVIANA RUTH
GUTIÉRREZ MARTINS, al contrato suscrito al amparo del artículo 256
de la Ley Nº 18.834 como Técnico III Médico, (Escalafón “A”- Grado
8 - Correlativo 2071 - C.I.: 4.307.233-3 - perteneciente a la Unidad
Ejecutora 002 - R.A.P. - Área Metropolitana), a partir de la fecha de la
presente resolución.
2º) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada, a la Unidad
Ejecutora 087 - Asistencia Integral, Historia Laboral, Habilitaciones, y
División Remuneraciones de la Administración de los Servicios de Salud
del Estado.- Cumplido, archívese en la Unidad Ejecutora respectiva.
Res.: 842/2020
Ref.: 29/002/2/100/2020
/ms
T/ RR LL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
2
Resolución 1.032/020
Redistribúyese internamente al padrón presupuestal de la RAP de
Soriano, un cargo de Especialista VII Servicios Asistenciales perteneciente
al Centro Auxiliar de Dolores, ocupado por la funcionaria Sra. María
Dolores Ramos Rodríguez.
(2.991)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
Montevideo, 12 de Marzo de 2020
Visto: que se hace necesario regularizar la situación de la
funcionaria Sra. Maria Dolores Ramos Rodriguez, perteneciente a la
Unidad Ejecutora 039 - Centro Auxiliar Dolores;
Considerando: que por razones de reordenamiento administrativo
se estima pertinente incorporarla a la Unidad Ejecutora 083 - Red de
Atención Primaria de Soriano, donde efectivamente cumple tareas;
Atento: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por Resolución
Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14.
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Redistribúyase internamente al padrón presupuestal de la
Unidad Ejecutora 083 - Red de Atención Primaria de Soriano, un cargo
de Especialista VII Servicios Asistenciales. (Unidad Ejecutora 039 -
Centro Auxiliar Dolores, Escalafón “D” - Grado 3- Correlativo 2636),
ocupado por la funcionaria Sra. Maria Dolores Ramos Rodriguez;
2) Asignase a la Sra. Maria Dolores Ramos Rodriguez, el correlativo
Nº 569 en el cargo de Especialista VII Servicios Asistenciales, Escalafón
“D” - Grado 3, en la Unidad Ejecutora 083 - Red de Atención Primaria
de Soriano;
3) Comuníquese a las unidades involucradas para su conocimiento
y noticación de la interesada, Cumplido archívese en la Unidad
Ejecutora 083- Red de Atención Primaria de Soriano;
Res.: 1032/2020
Ref.: 29/039/2/5/2020
SC. /ar
T /RR LL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
3
Resolución 1.044/020
Autorízase la Acumulación de Sueldos solicitada por el funcionario
Practicante Interno José Ignacio Durán Méndez.
(2.992)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 13 de Marzo de 2020
Visto: la solicitud de Acumulación de Sueldos presentada por el
Practicante Interno José Ignacio Durán Méndez;
Resultando: que pretende acumular la remuneración de su contrato
anual asimilado al Escalafón “B” - Grado 07 - Técnico III Practicante
Interno de Medicina en la Administración de los Servicios de Salud del
Estado, desempeñando funciones en la U.E. 021 Centro Departamental
de Florida al cargo Ayudante - Escalafón “G” - Grado 1 - Departamento
de Histología y Embriología - Facultad de Medicina - U.DE.LA.R.;
Considerando: que la mencionada situación está comprendida en
el artículo 128 de la Ley Nº 19.438 del 14 de octubre de 2016;
Atento: a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 18.161 de fecha
29/07/07 y a las atribuciones delegadas por la Resolución del Directorio
de A.S.S.E. Nº 5674/14 de fecha 18 de diciembre de 2014;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
en ejercicio de las atribuciones delegadas
Resuelve:
1º) Autorízase, a partir de la fecha de posesión del cargo, la
Acumulación de Sueldos del Practicante Interno JOSE IGNACIO
DURAN MENDEZ, entre el cargo Ayudante - Escalafón “G” - Grado
5
Documen tos
Nº 30.492 - agosto 3 de 2020
DiarioOficial |
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1 - Departamento de Histología y Embriología - Facultad de Medicina
- U.DE.LA.R., 20 horas semanales y un contrato anual asimilado al
Escalafón “B” - Grado 07 - Técnico III Practicante Interno de Medicina,
44 horas semanales desempeñando funciones en la U.E. 021 Centro
Departamental de Florida.
2º) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada para
conocimiento y noticación del interesado. Tomen nota el Departamento
de Personal de la Unidad Ejecutora, el Departamento de Personal de la
Dirección Administrativa y la División Remuneraciones de la Gerencia
de Recursos Humanos de A.S.S.E. Cumplido archívese.
Res.: 1044/2020
Ref.: 29/068/2/120/2020
Téc. SC /bg
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
4
Resolución 1.167/020
Autorízase la Acumulación de Sueldos solicitada por el funcionario Dr.
Tabaré Juan Pereira López.
(3.047)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
Montevideo, 18 de Marzo de 2020
Visto: la solicitud de Acumulación de Sueldos presentada por el
Dr. Tabaré Juan Pereira López;
Resultando: que pretende acumular la remuneración de su contrato
asimilado al Escalafón “A” - Grado 08 - Técnico III Médico (suplente) de
la U.E. 061 Red de Atención Primaria de Treinta y Tres a otro contrato
asimilado al Escalafón A” - Grado 08 - Técnico III Médico de la misma
Unidad Ejecutora perteneciente a la Administración de los Servicios
de Salud del Estado;
Considerando: que la mencionada situación está comprendida en
el artículo 106 del Decreto-Ley Nº 14.985 de 27 de diciembre de 1979;
Atento: a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 18.161 de fecha
29/07/07 y a las atribuciones delegadas por la Resolución del Directorio
de A.S.S.E. Nº 5674/14 de fecha 18 de diciembre de 2014;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
en ejercicio de las atribuciones delegadas
Resuelve:
1º) Autorízase, a partir de la fecha de posesión del cargo, la
Acumulación de Sueldos del Dr. TABARE JUAN PEREIRA LOPEZ,
entre el contrato asimilado al Escalafón “A” - Grado 08 - Técnico III
Médico de la U.E. 061 Red de Atención Primaria de Treinta y Tres,
24 horas semanales y un contrato asimilado al Escalafón “A” - Grado
08 - Técnico III Médico (suplente), 24 horas semanales en la misma
Unidad Ejecutora, perteneciente a la Administración de los Servicios
de Salud del Estado.
2º) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada para
conocimiento y noticación del interesado. Tomen nota el Departamento
de Personal de la Unidad Ejecutora y la División Remuneraciones de
la Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E. Cumplido archívese.
Res.: 1167/2020
Ref.: 29/061/2/76/2020
Téc. SC/bg
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
5
Resolución 1.188/020
Autorízase la Acumulación de Sueldos solicitada por la funcionaria
Técnico IV Obstetra Partera Sra. María Lucía Silva Algorta.
(2.993)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 23 de Marzo de 2020
Visto: la solicitud de Acumulación de Sueldos presentada por la
Téc. María Lucía Silva Algorta;
Resultando: que pretende acumular la remuneración de su
contrato asimilado al Escalafón “A” - Grado 07 - Técnico IV Obstetra
Partera en la U.E. 004 Centro Hospitalario Pereira Rossell, el cargo
Técnico IV Obstetra Partera - Escalafón “A” - Grado 07 en la U.E. 012
Centro Hospitalario del Norte “Gustavo Saint Bois”, ambas de la
Administración de los Servicios de Salud del Estado al cargo Profesora
Adjunta - Escalafón “G” - Grado 3 Clínica Ginecotocológica B - Facultad
de Medicina - U.DE.LA.R.;
Considerando: que la mencionada situación está comprendida en
el artículo 274 de la Ley Nº 19.670 de fecha 15 de octubre de 2018 en
sustitución del Art. 279 de la Ley Nº 18.996 del 7 de noviembre de 2012;
Atento: a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 18.161 de fecha
29/07/07 y a las atribuciones delegadas por la Resolución del Directorio
de A.S.S.E. Nº 5674/14 de fecha 18 de diciembre de 2014;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
en ejercicio de las atribuciones delegadas
Resuelve:
1º) Autorízase, a partir de la fecha de posesión del cargo, la
Acumulación de Sueldos de la Téc. MARIA LUCIA SILVA ALGORTA,
entre el cargo Profesora Adjunta - Escalafón “G” - Grado 3 - Clínica
Ginecotocológica B Facultad de Medicina - U.DE.LA.R, 24 horas
semanales, un cargo Técnico IV Obstetra Partera - Escalafón “A” -
Grado 07, 24 horas semanales en la U.E. 012 - Centro Hospitalario
del Norte “Gustavo Saint Bois” y su contrato asimilado al Escalafón
A” - Grado 07 - Técnico IV Obstetra Partera, 24 horas semanales, en
la U.E. 004 Centro Hospitalario Pereira Rossell.
2º) Comuníquese a las Unidades Ejecutoras involucradas
para conocimiento y noticación de la interesada. Tomen nota los
Departamentos de Personal de las Unidades Ejecutoras y la División
Remuneraciones de la Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
Cumplido archívese.
Res.: 1188/2020
Ref.: 29/004/2/188/2020
Téc. SC /bg
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
6
Resolución 1.190/020
Autorízase la Acumulación de Sueldos solicitada por el funcionario Dr.
Mauricio Silva Cataldo.
(2.994)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 23 de Marzo de 2020
Visto: la solicitud de Acumulación de Sueldos presentada por el
Dr. Mauricio Silva Cataldo;
Resultando: que pretende acumular la remuneración de su contrato
asimilado al Escalafón “A” - Grado 08 - Técnico III Médico (suplente)
6Documentos Nº 30.492 - agosto 3 de 2020 | DiarioOficial
de la U.E. 002 Red de Atención Primaria del Area Metropolitana a
otro contrato asimilado al Escalafón A” - Grado 08 Técnico III Médico
misma Unidad Ejecutora, perteneciente a la Administración de los
Servicios de Salud del Estado;
Considerando: que la mencionada situación está comprendida en
el artículo 274 de la Ley Nº 19.670 de fecha 15 de octubre de 2018 en
sustitución del Art. 279 de la Ley Nº 18.996 del 7 de noviembre de 2012;
Atento: a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 18.161 de fecha
29/07/07 y a las atribuciones delegadas por la Resolución del Directorio
de A.S.S.E. Nº 5674/14 de fecha 18 de diciembre de 2014;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
en ejercicio de las atribuciones delegadas
Resuelve:
1º) Autorízase, a partir de la toma de posesión del cargo, la
Acumulación de Sueldos del Dr. MAURICIO SILVA CATALDO, entre
el contrato asimilado al Escalafón A” - Grado 08 - Técnico III Médico
de la U.E. 002 Red de Atención Primaria del Area Metropolitana, 24
horas semanales y el contrato asimilado al Escalafón A” - Grado 08 -
Técnico III Médico (suplente), 24 horas semanales de la misma U.E.,
perteneciente a la Administración de los Servicios de Salud del Estado.
2º) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada para
conocimiento y noticación del interesado. Tomen nota el Departamento
de Personal de la Unidad Ejecutora y la División Remuneraciones de
la Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E. Cumplido archívese.
Res.: 1190/2020
Ref: 29/002/2/140/2020
Téc. SC /bg
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
7
Resolución 1.191/020
Autorízase la Acumulación de Sueldos solicitada por la funcionaria Dra.
Ana Paula Lorenzo Correa.
(2.995)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 23 de Marzo de 2020
Visto: la solicitud de Acumulación de Sueldos presentada por la
Dra. Ana Paula Lorenzo Correa;
Resultando: que pretende acumular la remuneración de su contrato
asimilado al Escalafón “A” - Grado 08 - Técnico III Médico (suplente)
de la U.E. 002 Red de Atención Primaria del Area Metropolitana a un
contrato asimilado al Escalafón “A” - Grado 08 - Técnico III Médico
(suplente) de la U.E. 059 Red de Atención Primaria de Durazno y
a otro contrato asimilado al Escalafón “A” Grado 08 - Técnico III
Médico (suplente) de la U.E. 027 Centro Departamental de Rocha,
pertenecientes a la Administración de los Servicios de Salud del Estado.
Considerando: que la mencionada situación está comprendida
en el artículo 274 de la Ley Nº 19.670 del 15 de octubre de 2018 en
sustitución del Art. 279 de la Ley Nº 18.996 del 7 de noviembre de 2012;
Atento: a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 18.161 de fecha
29/07/07 y a las atribuciones delegadas por Resolución del Directorio
de A.S.S.E. Nº 5674/14 de fecha 18 de diciembre de 2014;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
en ejercicio de las atribuciones delegadas
Resuelve:
1º) Autorízase, a partir de la toma de posesión del cargo, la
Acumulación de Sueldos de la Dra. ANA PAULA LORENZO
CORREA, entre el contrato asimilado al Escalafón “A” - Grado 08 -
Técnico III Médico (suplente) de la U.E. 027 Centro Departamental
de Rocha, 24 horas semanales, el contrato asimilado al Escalafón
A” - Grado 08 - Técnico III Médico (suplente), 24 horas semanales
de la U.E. 059 Red de Atención Primaria de Durazno y otro contrato
asimilado al Escalafón “A” - Grado 08 - Técnico III Médico (suplente)
de la U.E. 002 Red de Atención Primaria del Area Metropolitana, 24
horas semanales.
2º) Comuníquese a las Unidades Ejecutoras involucradas
para conocimiento y noticación de la interesada. Tomen nota los
Departamentos de Personal de las Unidades Ejecutoras y la División
Remuneraciones de la Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
Cumplido archívese.
Res.: 1191/2020
Ref: 29/002/2/133/2020
Téc. SC /bg
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
8
Resolución 1.202/020
Declárase comprendida en la excepción dispuesta por el art. 275 de la
Ley 19.670 de 15 de octubre de 2018 y el art. 261 de la Ley 18.834 de 4
de noviembre de 2011, a la funcionaria Sra. Marlene Troteiro Giménez,
por los cargos que se determinan.
(2.996)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 23 de Marzo de 2020
Visto: el artículo 275 de la Ley 19.670 de 15 de octubre de 2018
y el artículo 261 de la Ley Nº 18.834 de 4 de noviembre de 2011 que
dispone la no aplicabilidad del régimen prohibitivo de acumulación
de remuneraciones públicas dispuesto por el artículo 32 de la Ley Nº
11923 de 27 de marzo de 1953, en la redacción dada por el artículo 12
de la Ley Nº 12.079 de 11 de diciembre de 1953, al personal asistencial
(incluidos auxiliares de servicio) que se incorporen al Organismo al
amparo de lo dispuesto por el artículo 293 de la ley Nº 17.930 de 19
de diciembre de 2005 y el artículo 717 de la Ley Nº 18.719 de 27 de
diciembre de 2010 y que a la fecha de promulgación cuenten con otro
empleo público;
Considerando: I) que el Directorio por Resolución Nº 1654/2012
de fecha 13 de junio de 2012, reglamentó la citada norma, deniendo
al “personal asistencial”, como aquellas personas que desempeñan
funciones profesionales, técnicas o especializadas vinculadas a la
atención de la salud humana correspondientes a los escalafones “A”,
“B”, “D”, “E” y “F”;
II) que asimismo dispone que la excepción que reglamenta
comprende exclusivamente al personal que ocupe cargos o funciones
al 15 de octubre de 2018, conservando el derecho mientras su situación
permanezca inalterada;
III) que se constató el cumplimiento de los referidos extremos por
parte de la Sra. Marlene Troteiro Gimenez;
Atento: a lo dispuesto por el Artículo 5 Ley número 18.161 y a las
atribuciones delegadas por Resolución Nº 5674/14 del Directorio de
A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Declárase comprendido en la excepción dispuesta por el artículo
275 de la Ley 19.670 de 15 de octubre de 2018 y el artículo 261 de la
Ley 18.834 de 4 de noviembre de 2011, a la funcionaria Sra. Marlene
Troteiro Gimenez; por los siguientes cargos:
a) Especialista Superior I - Auxiliar de Enfermería - Escalafón
D- Grado 9 - 36 horas semanales cumpliendo funciones en Hospital
de Clínicas.
b) Especialista VII Servicios Asistenciales - Escalafón D - Grado
3 - 36 horas semanales cumpliendo funciones en la Unidad Ejecutora
004 - Centro Hospitalario Pereira Rossell.
2) Comuníquese a la U.E. 004- Centro Hospitalario Pereira
Rossell a n de tomar nota y noticar a la interesada, División de

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