Diario Oficial de la República del Uruguay del 13 de agosto de 2020 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 30.500 - agosto 13 de 2020
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 10 y 11 de agosto y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
ACTAS DE CONSEJO DE SALARIOS
1
Consejo de Salarios S/n
Consejo de Salarios del Grupo 13 “Transporte y Almacenamiento”, Sub
Grupo 13 “Transporte por vía férrea de personas y de carga”, Capítulo
“Transporte por vía férrea de carga”, por el período comprendido entre
el 1º de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
(3.234)
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo,
el día 24 de julio de 2020, reunido el Consejo de Salarios del Grupo
Nº 13 “Transporte y Almacenamiento”, integrado: POR EL PODER
EJECUTIVO: Las Dras. Liliana Sarganas, Andrea Custodio y Cecilia
Siqueira. POR EL SECTOR TRABAJADOR: Los Sres. José Fazio y
Marcelo Luzardo y los delegados representantes de los trabajadores
del Subgrupo 13, “Transporte por vía férrea de personas y de carga”,
Capítulo “Transporte por vía férrea de carga”, los Srs. Mariano Pouso
y Segrio Lain. POR EL SECTOR EMPRESARIAL: El Dr. Anibal De
Olivera y el Sr. José Luis Hernandez y los delegados representantes
de los empresarios del Subgrupo 13, “Transporte por vía férrea de
personas y de carga”, Capítulo “Transporte por vía férrea de carga”,
Sras Victoria Marquez y Patricia Bartesaghi.
RESUELVEN QUE:
PRIMERO. En el día de hoy el Consejo de Salarios fue convocado
a efectos de someter a votación las propuestas presentadas por las
partes profesionales y el Poder Ejecutivo el día 21 de julio de 2020.
SEGUNDO. El Poder Ejecutivo presentó la siguiente propuesta:.
i) Vigencia: El presente abarcará el período comprendido entre el
de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
ii) Ámbito de Aplicación: Las normas del acuerdo tendrán
carácter nacional y abarcarán a todas las empresas y trabajadores
pertenecientes al Grupo 13, “Transporte y Almacenamiento”, Sub
Grupo 13, “Transporte por vía férrea de personas y de carga”, Capítulo
“Transporte por vía férrea de carga”.
iii) Ajustes Salariales:
1) 1er. Ajuste Salarial: Se establece con vigencia a partir del 1º
de enero de 2020 un incremento salarial del 3.25% sobre los salarios
nominales vigentes al 31 de diciembre de 2019 por concepto de
aumento nominal.
2) 2do. Ajuste Salarial: Se establece con vigencia a partir del 1º
de enero de 2021 un incremento salarial del 3% sobre los salarios
nominales vigentes al 31 de diciembre de 2020 por concepto de
aumento nominal.
Aquellos trabajadores con salarios nominales iguales o inferiores a $
22.595 (5 BPC al 1ero de enero de 2020) recibirán un aumento adicional
del 1% que no se descontará del correctivo nal.
iv) Correctivo. El 30 de junio de 2021 se aplicará un correctivo
nominal equivalente a la diferencia entre la inación observada durante
la vigencia del acuerdo y los ajustes salariales otorgados en el mismo
período, descontando la caída de PBI promedio en el año 2020.
TERCERO: En la reunión del 21 de julio de 2020 la delegación de
los trabajadores y de los empresarios presentaron sus últimas mejores
propuestas.
CUARTO: No siendo posible un acuerdo unánime sobre
las propuestas presentadas se somete a votación las propuestas
presentadas por las partes.
Presentada la propuesta de los trabajadores es votada
armativamente por los mismos.
Presentada la propuesta del sector empresarial es votada
armativamente por el mismo.
Presentada la propuesta del Poder Ejecutivo es votada
armativamente por el Poder Ejecutivo y el sector empresarial.
QUINTO: En denitiva resulta aprobado por mayoría la propuesta
del Poder Ejecutivo.
SEXTO: Leída que fue se ratica y rma en señal de conformidad
en diez ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados.
Liliana Sarganas; Andrea Custodio; Cecilia Siqueira; José Fazio;
Marcelo Luzardo; Mariano Pouso; Sergio Lain; Aníbal De Olivera; José
Luis Hernández; Victoria Márquez; Patricia Bartesaghi.
2
Consejo de Salarios S/n
Consejo de Salarios del Grupo 13 “Transporte y Almacenamiento”, Sub
Grupo 08 “Transporte Terrestre de Carga Internacional”, por el período
comprendido entre el 1º de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
(3.235)
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo,
el día 20 de julio de 2020, reunido el Consejo de Salarios del Grupo
Nº 13 “Transporte y Almacenamiento”, integrado: POR EL PODER
EJECUTIVO: Las Dras. Cecilia Siqueira, Liliana Sarganas y Andrea
Custodio. POR EL SECTOR TRABAJADOR: Los Sres. José Fazio y
Marcelo Luzardo, estando presentes los delegados representantes
de los trabajadores del Sub-grupo 08 “Transporte Terrestre de Carga
Internacional” Sres. Cesar Bernal y Marcos Lombardi POR EL SECTOR
EMPRESARIAL: El Dr. Anibal De Olivera y el Sr. Francisco Sugo,
estando presentes los delegados representantes de los empresarios
del Sub-grupo 08 “Transporte Terrestre de Carga Internacional” los
Sres. Martin Paleo y Gastón Landa.
RESUELVEN QUE:
PRIMERO: En el día de hoy el Consejo de Salarios fue convocado
a efectos de someter a votación las propuestas presentadas por las
partes profesionales y el Poder Ejecutivo el día 16 de julio de 2020.
SEGUNDO: En este acto el Poder Ejecutivo presenta la siguiente
propuesta:
A) Vigencia: El acuerdo abarcará el período comprendido entre el
1º de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
B) Ámbito de Aplicación: Las normas del acuerdo tendrán
carácter nacional y abarcarán a todas las empresas y trabajadores
pertenecientes al Grupo 13, “Transporte y Almacenamiento”, Sub-
grupo 08 “Transporte Terrestre de Carga Internacional”.
C) Ajustes salariales:
I) 1er. Ajuste Salarial.
Se establece con vigencia a partir del 1º de enero de 2020 un
incremento salarial del 2.346 % sobre los salarios nominales vigentes al
31 de diciembre de 2019 resultante de la acumulación de los siguientes
ítems:
1) 0.34% por concepto de correctivo del acuerdo anterior.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR