Diario Oficial de la República del Uruguay del 07 de septiembre de 2020 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.516 - setiembre 7 de 2020
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 1 y 3 de setiembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
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IMPO
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
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Resolución 3.619/020
Dispónese el cese como Adjunto a la Dirección Jurídica Notarial de ASSE,
del Dr. Humberto Mauricio Correa González, y pase a cumplir funciones
de Adjunto a la Dirección de Recursos Materiales de ASSE.
(3.671)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 27 de Agosto de 2020
Visto: la solicitud de la Dirección de Recursos Materiales de
designar como Adjunto a dicha Dirección al Dr. Humberto Mauricio
Correa González (C.I. 3.650.925-0);
Resultando: que actualmente el Dr. Correa cumple funciones de
Adjunto a la Dirección Jurídica Notarial de A.S.S.E.;
Considerando: I) que dado el perl y conocimiento del funcionario
se entiende pertinente reasignarle tareas en la Dirección de Recursos
Materiales de A.S.S.E. a efectos de reforzar el equipo de trabajo;
II) que por lo manifestado, corresponde cesar al Dr. Humberto
Correa en la función de Adjunto a la Dirección Jurídica Notarial y
disponer que pase a cumplir funciones como Adjunto a la Dirección
de Recursos Materiales;
Atento: a lo expuesto, y a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley
18.161 de fecha 29/07/07;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Cese como Adjunto a la Dirección Jurídica Notarial de A.S.S.E.
el Dr. Humberto Mauricio Correa González (C.I. 3.650.925-0); Técnico
III Abogado, Presupuestado, Programa 5, Correlativo 3426, Escalafón
A, Grado 8, perteneciente a la U.E. 068.
2º) Pase el Dr. Correa a cumplir funciones de Adjunto a la Dirección
de Recursos Materiales de A.S.S.E., adecuando el salario a las nuevas
funciones con una carga horaria de 36 horas semanales.
3º) Notifíquese. Comuníquese al Departamento de Personal
de la U.E. 068. Tomen nota las Gerencias General, Asistencial,
Administrativa y de Recursos Humanos de A.S.S.E. y sus ocinas
competentes, las Direcciones Regionales, Dirección de Salud Mental
y Poblaciones Vulnerables, Dirección Jurídica Notarial y Dirección
Recursos Materiales de A.S.S.E..
Nota: 6240/2020
Res.: 3619/2020
/mmf
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
2
Resolución 3.661/020
Incorpórase al Dr. Julio Gustavo Riccardi Márquez al cargo de Técnico III
Médico, perteneciente al Centro Auxiliar de Pando.
(3.683)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 20 de Agosto de 2020
Visto: que por Resolución Nº 264/2018 dictada en el ejercicio de
atribuciones delegadas por la Gerencia de Recursos Humanos con
fecha 16/01/2018, se rescindió el contrato del Dr. Julio Gustavo Riccardi
Márquez (C.I. 1.213.511-4);
Resultando: I) que por Resolución Nº 188/2019 dictada por el
Presidente de la República con fecha 11/10/2019, se anuló la Resolución
de la Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.;
II) que la anulación del acto administrativo, acarrea la extinción
de todos los efectos tal como si el mismo no hubiere existido,
correspondiendo restablecer en forma retroactiva, la situación jurídica
y material existente antes de su dictado;
Considerando: I) que por lo manifestado, corresponde proceder a
la incorporación del involucrado, en un cargo presupuestal de idéntica
naturaleza al que ostentaba, respecto del cual el funcionario deberá
conservar todos los derechos inherentes al mismo;
II) que la Dirección del Centro Auxiliar de Pando estima pertinente
adjudicar el cargo vacante de Técnico III Médico, Grado 8, Escalafón
A, Correlativo 399;
III) que la Unidad Ejecutora deberá proceder a la liquidación y
devolución al funcionario, de los haberes correspondientes al cargo
presupuestal que ocupaba por el período comprendido entre la
rescisión del contrato y la incorporación al nuevo cargo, mediante el
procedimiento de pago por ejercicio vencido;
IV) que asimismo se estima conveniente disponer, que previo
a resolver la rescisión del contrato suscrito por el Dr. Riccardi al
amparo del artículo 256 de la Ley 18.834, se le debe conferir vista
de la totalidad de las actuaciones identicadas con la referencia Nº
29/050/1/557/2017/0/0;
V) que por lo manifestado, corresponde proceder en consecuencia;
Atento: a lo expuesto y al artículo 5º de la Ley 18.161 de fecha
29/07/2007;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Incorpórase al Dr. Julio Gustavo Riccardi Márquez (C.I.
1.213.511-4) al cargo de Técnico III Médico, Grado 8, Escalafón A,
Correlativo 399, perteneciente al Centro Auxiliar de Pando.
2º) Dispónese que la Unidad Ejecutora 050, deberá proceder
a la liquidación y devolución al funcionario, de los haberes
correspondientes al cargo presupuestal que ocupaba, por el período
comprendido entre la rescisión del contrato y la incorporación al nuevo
cargo, mediante el procedimiento de pago por ejercicio vencido.
3º) Dispónese que, previo a resolver la rescisión del contrato
suscrito por el Dr. Riccardi al amparo del artículo 256 de la Ley
18.834, se le deberá conferir vista de la totalidad de las actuaciones
identicadas con la referencia Nº 29/068/1/557/2018/0/0, debiendo
desglosarse las mismas a tales efectos, encomendándose a la Gerencia
de Recursos Humanos.
4º) Comuníquese a la Unidad Ejecutora 050 y a la División
4Documentos Nº 30.516 - setiembre 7 de 2020 | DiarioOficial
Remuneraciones. Tomen nota las Gerencias General, Asistencial y
de Recursos Humanos de A.S.S.E. y sus ocinas competentes y la
Dirección Regional Sur.
Ref.: 557/2018- 249/2018
Res.: 3661/2020
/mcm
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
3
Resolución 3.808/020
Prorrógase el pase en comisión al MSP de la Dra. Lorena Quintana San
Martín, hasta el 28 de febrero de 2025.
(3.672)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 13 de Agosto de 2020
Visto: la solicitud promovida por parte del Sub-Secretario del
Ministerio de Salud Pública, Lic. José Luis Satdjian, respecto a la
prórroga del pase en comisión a dicha Cartera de la Dra. Lorena
Quintana San Martín (C.I. 2.891.795-6), funcionaria perteneciente al
padrón presupuestal de A.S.S.E.;
Resultando: que la solicitud formulada se encuentra enmarcada
en las disposiciones vigentes;
Considerando: que por lo manifestado, se considera pertinente
acceder a la renovación de pase en comisión solicitada;
Atento: a lo expuesto a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley
18.161 de fecha 29/07/07;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Prorrógase el Pase en Comisión al Ministerio de Salud Pública,
de la Técnico III Médico (Programa 6, Correlativo 1727, Presupuestado,
Escalafón A, Grado 8) de la Unidad Ejecutora 005 y (Programa 6,
Correlativo 657, Presupuestado, Escalafón A, Grado 8) de la Unidad
Ejecutora 002, Dra. Lorena Quintana San Martín (C.I. 2.891.795-6),
hasta el 28 de febrero de 2025.
2º) Notifíquese. Comuníquese a las U.E. 005 y 002. Tomen nota la
Dirección Región Sur y la Gerencia de Recursos Humanos de ASSE.
Cumplido, archívese.
Nota: 4371/2020
Res.: 3808/2020
/mcm
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
4
Resolución 3.827/020
Acéptase la renuncia a la función de Coordinador de la RAP de
Canelones Este presentada por el Dr. Adrián Ramos Affonso, y pase a
cumplir las funciones inherentes a su cargo presupuestal.
(3.682)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 13 de Agosto de 2020
Visto: que por Resolución Nº 3669/2020 dictada por el Directorio de
A.S.S.E. con fecha 06/08/2020, se encargó en la función de Coordinador
de la RAP Canelones Este al Técnico III Médico Dr. Adrián Ramos
Aonso (C.I. 3.286.107-6);
Resultando: que el Dr. Ramos ha presentado renuncia a la función
por motivos personales y familiares;
Considerando: que por lo manifestado, corresponde aceptar la
renuncia presentada por el mencionado profesional;
Atento: a lo expuesto, al Artículo 5º de la Ley 18.161 de fecha
29/07/07;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Acéptase la renuncia presentada a la función de Coordinador
de la RAP Canelones Este al Dr. Adrián Ramos Aonso (C.I. 3.286.107-
6), Técnico III Médico, Presupuestado, Correlativo 553, escalafón A,
Grado 8.
2º) Pase a cumplir las funciones que tenía asignadas antes de su
designación, adecuando el salario a las mismas.
3º) Notifíquese. Comuníquese a la Unidad Ejecutora 062 a n de
tomar conocimiento y a la División Remuneraciones de A.S.S.E. Tomen
nota las Gerencias General, Asistencial y de Recursos Humanos de
A.S.S.E. y sus ocinas competentes. Cumplido, archívese.
Nota: 7225/2020
Res.: 3827/2020
/mcm
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
5
Resolución 3.860/020
Modifícase la Resolución 3350/2020 dictada por el Directorio de ASSE
con fecha 15 de julio de 2020, por la que se aceptó la donación ofrecida
por le empresa EUROFARMA URUGUAY S.A.
(3.684)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 20 de Agosto de 2020
Visto: que por Resolución Nº 3350/2020 dictada por el Directorio
de A.S.S.E. con fecha 15/07/2020, se aceptó la donación ofrecida por la
Empresa EUROFARMA URUGUAY S.A. consistente en 24.900 frascos
de agua para inyectables de 250 cc. y 16.000 frascos de suero glucosado
5% de 250 cc., con destino a A.S.S.E.;
Resultando: que el Laboratorio Eurofarma Uruguay S.A. por nota
de fecha 04/08/2020, ha recticado la cantidad de frascos de agua para
inyectable de 250 ml a donar, informando que los mismos ascienden
a 18.000 unidades;
Considerando: que en tal sentido corresponde rectificar la
resolución de aceptación de la donación;
Atento: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 5º de la Ley
18.161 de fecha 29/07/2007;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Modifícase el Visto de la Resolución Nº 3350/2020 dictada por el
Directorio de A.S.S.E. con fecha 15/07/2020, estableciendo que quedará
redactado de la siguiente manera: “la donación ofrecida por la Empresa
EUROFARMA URUGUAY S.A., de 18.000 (dieciocho mil) frascos de
agua para inyectables de 250 c.c. con vencimiento 19/11/2020, y 16.000
(dieciséis mil) frascos de suero glucosado 5% con vencimiento 10/20,
con destino a A.S.S.E.”;
2º) Modifícase el Resuelve 1º) de la Resolución Nº 3350/02020, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “1º) Acéptase la donación
ofrecida por la Empresa EUROFARMA URUGUAY S.A., de 18.000
frascos de agua para inyectables de 250 cc. y 16.000 frascos de suero
glucosado 5% de 250 cc., con destino a A.S.S.E.”.

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