Diario Oficial de la República del Uruguay del 13 de octubre de 2020 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.541 - octubre 13 de 2020
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 8 de octubre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
1
Resolución S/n
Autorízase a la empresa LOS CIPRESES S.A. (BUQUEBUS) la realización
de una frecuencia especial Montevideo - Buenos Aires - Montevideo,
mediante el buque "FRANCISCO", los días y horarios que se determinan.
(4.318)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
2020-10-1-0004163
Montevideo, 7 de Octubre de 2020
VISTO: la gestión promovida por la empresa LOS CIPRESES S.A.
(BUQUEBUS), solicitando autorización para la realización de una
frecuencia especial Montevideo - Buenos Aires - Montevideo, los días
1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26,
27, 29 y 30 de noviembre de 2020;
RESULTANDO: I) que oportunamente fueron acordadas las
condiciones a través de la Dirección General de Asuntos Políticos del
Ministerio de Relaciones Exteriores, y de la Dirección Nacional de
Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
II) que las frecuencias especiales llevadas a cabo los meses de
abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre y octubre del año en curso,
cumplieron con las condiciones previamente acordadas y con el
Protocolo de Prevención Sanitaria exigido;
III) que es pertinente mantener in totum las condiciones sanitarias
establecidas en la Resolución de fecha 13 de abril de 2020 para los
pasajeros y la empresa así como el Protocolo y el Formulario médico
ya aprobado;
CONSIDERANDO: que corresponde proceder al dictado de
resolución, autorizando la realización de una frecuencia especial
Montevideo - Buenos Aires - Montevideo los días 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8,
9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 29 y 30 de
noviembre de 2020;
ATENTO: a lo expuesto;
EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
1
1º.- Autorízase a la empresa LOS CIPRESES S.A. (BUQUEBUS) la
realización de una frecuencia especial Montevideo - Buenos Aires -
Montevideo, mediante el buque "FRANCISCO", los días 1, 2, 3, 4, 5, 6,
8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 29 y 30 de
noviembre de 2020, con los siguientes horarios: hora 10:00 partida del
Puerto de Montevideo (República Oriental del Uruguay), hora 17:00
partida del Puerto de Buenos Aires (República Argentina).
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2º.- Establécese que solo podrán viajar hacia Buenos Aires,
ciudadanos argentinos o residentes en Argentina y hacia Montevideo,
solo uruguayos o residentes, que porten Cedula de Identidad o
Pasaporte uruguayo, extremo sin el cual les será prohibido el abordaje;
y no se autorizará a abordar en Buenos Aires personas que estén en
tránsito o varados.
3
3º.- Mantiénese en todos sus términos el Protocolo de Prevención
Sanitaria y el Formulario Médico contenido en Anexo I de la Resolución
de fecha 13 de abril de 2020.
4
4º.- Dispónese que antes de la partida del buque se deberá enviar
copia de la lista de pasajeros y sus datos personales, incluyendo
dirección y teléfono de contacto, a la Dirección General de Asuntos
Políticos del Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Dirección
Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
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5º.- Notifíquese, publíquese y archívese.
LUIS ALBERTO HEBER.
ANEXO I
NORMAS DE PROFILAXIS Y OPERACIONALES PARA LA
LÍNEA MONTEVIDEO - BUENOS AIRES
BUQUE FRANCISCO:
Se propone que navegue el buque Francisco, el único ecológico
en el mundo, y trasporta 955 pasajeros. Tal como se muestra en los
planos adjuntos numerados 1 y 2, hemos diseñado un esquema de
inutilización de las de asientos, de modo de reducir en un 50% la
capacidad de transporte, logrando así mantener distancias superiores
el metro y medio entre pasajeros.
HIGIENE Y PROFILAXIS:
Nuestros buques, antes del cierre de fronteras y durante
los transportes de repatriados realizados recientemente, eran
desinfectados con amonio cuaternario en su totalidad. Proponemos
seguir con el mismo sistema.
Se incorporaron dispensadores de alcohol en diferentes zonas del
buque y las tripulaciones viajaban de tapabocas. Se incorporará el uso
de mascarillas quirúrgicas para la tripulación y los pasajeros deberán
venir con las suyas.
Se asegurará que la limpieza y desinfección ambiental se realice
de manera consistente y correcta.
La limpieza de las supercies en los baños se realizará con agua y
detergente, dejando actuar durante unos minutos, y posteriormente se
enjuaga. Luego se aplica desinfectantes como solución de hipoclorito
de sodio. La desinfección de puertas, manijas, dispensadores, piletas,
grifos, etc. Se realizará en base a soluciones alcohólicas o de amonio
cuaternario.
Otras supercies como asientos (en forma completa, incluyendo los
posa brazos) serán desinfectados con toallitas o paños impregnados en
soluciones alcohólicas o con compuestos en base a armonio cuaternario.
Los pisos o supercies recubiertas con moquete serán pulverizados
con productos en base a alcohol o amonio cuaternario.
Todo el personal encargado de la limpieza usará guantes además
de mascarillas.
El buque cuenta con sistemas de inyección y extracción de
aire desde y hacia el exterior, de modo que existe una permanente
renovación.
Los pasajeros no podrán moverse de sus asientos durante el viaje
ni sacarse las mascarillas.
Cuando un pasajero necesita concurrir a los servicios higiénicos, lo
hará de uno a la vez, hacia el más cercano, previo aviso al tripulante
encargado del salón del buque donde se encuentra sentado.
Posteriormente al uso del servicio higiénico se tomarán todas las
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medidas de higiene y lavado necesarias, incluyendo la desinfección
de manijas de puertas y grifos con toallitas desinfectantes o paños
impregnados en soluciones alcohólicas.
Un tripulante viajará en la puerta de cada salón del buque,
disponiendo de intercomunicador.
CIERRE DE SERVICIOS:
El buque viajaría con la totalidad de sus servicios auxiliares
cerrados. Esto incluye las 4 zonas de catering distribuidas en los
diferentes salones y el Freeshop. De esta forma no sólo se eliminan
las zonas de concentración, sino que se disminuye sensiblemente el
número de tripulantes.
TERMINALES:
Nuestras terminales están siendo desinfectadas de acuerdo a
las normas, y se propone delimitar zonas de modo de evitar todo
tipo de aglomeración. Quedan también exceptuados los servicios
gastronómicos de las terminales.
EMBARQUE:
Se realizaría en forma controlada, respetando las distancias en la
la establecidas por las autoridades y embarcando directamente a los
asientos asignados del buque.
Todos los pasajeros deberán usar mascarillas quirúrgicas propias
antes del embarque y al acceso al buque, lavarse las manos con alcohol
en gel que se dispondrá.
Antes de abordar el buque los pasajeros pisarán una supercie
impregnada en solución de hipoclorito de sodio para desinfección
del calzado.
Las autoridades sanitarias de ambos países, controlarían el estado
sanitario de los pasajeros, antes de abordar.
Tratándose de traslados de índole comercial o sanitario, los
pasajeros podrán embarcar únicamente con bolso de mano o carry
on / maleta de mano, que se ubicará en asiento contiguo al que viaja
el pasajero. De este modo evitaremos la aglomeración de pasajeros
recogiendo maletas en las cintas transportadoras de las terminales,
previa a la aduana.
DESEMBARQUE:
Se hará en forma coordinada por el Jefe de Cabina, asignando
tripulantes en todos los salones. El sistema es similar al de una
evacuación controlada, donde los pasajeros se levantan de a uno y en
las. Nuestras tripulaciones están entrenadas en este tipo de prácticas,
a las que habría que agregar únicamente el espacio entre cada pasajero
en la la.
ADUANA Y MIGRACIONES:
Deberán adoptar medidas similares en cuanto a higiene, prolaxis
y distancias entre pasajeros.
Para lograr un desembarque seguro, y atento a que a bordo no
habrá servicio de Freeshop, el bolso o maleta de mano será escaneado
sólo al embarque. Esto hará un desembarque sumamente proláctico
y rápido, sin intervención de ADUANA a la llegada del buque.
CON EL PASAJERO:
Previo al embarque, todos los pasajeros y tripulantes deben
completar un formulario médico antes del embarque para asegurar
que ninguna persona a bordo del barco haya tenido contacto cercano
con algún sospechoso o caso conrmado de COVID-19, que esté siendo
monitorizada por el coronavirus en los últimos 14 días o presente
síntomas respiratorios agudos (tos, resfrío, dolor de garganta, falta
de aire) o alteraciones del gusto y olfato de instalación aguda, con o
sin ebre.
Controles obligatorios: se llevan a cabo a todos los pasajeros y
tripulación antes del embarque. Se realizará control de temperatura
a aquellas personas que, por cualquier motivo, aparecen o se
identican con síntomas (síntomas respiratorios o ebre). Conducta:
Si alguna persona contesta armativamente alguno de los puntos
del cuestionario o en el control obligatorio se detectan síntomas de
enfermedad, será valorada por un médico calicado para permitir la
toma de decisiones estudiadas caso por caso. La persona con síntomas o
signos de enfermedad como ebre o febrícula (>37º3C), tos o dicultad
respiratoria tendrá denegado el embarque.
Durante el viaje: si un pasajero experimenta algún síntoma
respiratorio, incluyendo ebre, escalofríos, tos o falta de aire, debe
noticar sin levantarse de su asiento al tripulante a cargo del salón
del buque (donde se encuentra sentado) quien se comunicará con el
Jefe de Cabina.
FORMULARIO MÉDICO:
Nombre del pasajero:
Documento de identidad:
Sexo:
Edad:
Marque con una cruz el casillero si corresponde
SI
Ha tenido contacto cercano con algún sospechoso o caso
conrmado de COVID-19
Ha estado en control médico por posibilidad de infección por
coronavirus (SARS CoV-2) en los últimos 14 días
Ha presentado alguno de los siguientes síntomas en los últimos
días:
Fiebre o febrícula mayor de 37º3C
Tos
Dolor de garganta
Resfrío
Dicultad respiratoria
Disminución del olfato
Alteración del gusto
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
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Resolución 2.163/020
Redistribúyese internamente al padrón presupuestal de la RAP de
Canelones, un cargo de Ocial II Ocio perteneciente al Centro Auxiliar
de Pando, ocupado por la funcionaria Sra. María Cecilia Lauz Paz.
(4.302)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 25 de Mayo de 2020
Visto: que se hace necesario regularizar la situación de la
funcionaria Sra. Maria Cecilia Lauz Paz, perteneciente a la Unidad
Ejecutora 050 - Centro Auxiliar Pando;
Considerando: que por razones de reordenamiento administrativo
se estima pertinente incorporarla a la Unidad Ejecutora 057 - Red de
Atención Primaria Canelones, donde efectivamente cumple tareas;
Atento: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por Resolución
Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Redistribúyase internamente al padrón presupuestal de la
Unidad Ejecutora 057 - Red de Atención Primaria Canelones, un cargo
de Ocial II Ocio (Unidad Ejecutora 050 - Centro Auxiliar Pando,
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Documen tos
Nº 30.541 - octubre 13 de 2020
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Escalafón "E" - Grado 4 - Correlativo 3086), ocupada por la funcionaria
Sra. Maria Cecilia Lauz Paz;
2) Asignase a la Sra. Maria Cecilia Lauz Paz, el correlativo NO 2000
en el cargo de Ocial II Ocio, Escalafón "E" - Grado 4, en la Unidad
Ejecutora 057 - Red de Atención Primaria Canelones;
3) Comuníquese a las unidades involucradas para su conocimiento
y noticación de la interesada, Cumplido archívese en la Unidad
Ejecutora 057 - Red de Atención Primaria Canelones;
Res.: 2163/2020
Ref.: 29/057/3/108/2020
SC./ar
Cra. Lourdes Gervasini, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
3
Resolución 2.655/020
Dispónese el pase a la Ocina Nacional del Servicio Civil solicitando
información ampliatoria relativa a la existencia de antecedentes y/o
inhabilitaciones, previo a la aceptación de las renuncias presentadas por
los funcionarios que se determinan.
(4.324)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 29 de Junio de 2020
Visto: la necesidad de contar con información ampliatoria respecto
a antecedentes de la persona, previo a la aceptación de la renuncia a
su cargo en la Administración de los Servicios de Salud del Estado;
Atento: a lo dispuesto en la Resolución Nº 5674/2014 del Directorio
de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Secretaria Letrada de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1º) Pase a la Oficina Nacional del Servicio Civil solicitando
información ampliatoria en cuanto a la existencia de antecedentes y/o
inhabilitaciones, previo a la aceptación de las renuncias a sus cargos
de los funcionarios que se mencionan a continuación:
NOMBRES CEDULA
CLAVIJO CIACCIO, SUSANA RAQUEL 1.572.525-7
DE ARMAS MARTINEZ, ESTELA MARY 4.176.976-6
PESCE FELICIANO, GRACIELA SUSANA 1.307.395-7
Res.: 2655/2020
Ref.: 29/068/3/5206/2020
/ar
Dra. Viviana Santos, ABOGADA, Secretaria Letrada, Directorio
de A.S.S.E.
4
Resolución 2.864/020
Incorpórase al padrón presupuestal de la Unidad Ejecutora 068 - ASSE,
el cargo de Administrativo II Administrativo, perteneciente al Centro
Hospitalario Pereira Rossell, ocupado por la Sra. Ana María Postiglione
Moreno.
(4.325)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 25 de Junio de 2020
Visto: la solicitud debidamente fundada de pase a cumplir
funciones en la Unidad Ejecutora 068- A.S.S.E, dispuesta para la Sra.
Ana Maria Postiglione Moreno, la cual revista presupuestalmente en
la Unidad Ejecutora 004 - Centro Hospitalario Pereira Rossell, con
un cargo de Administrativo II Administrativo, (Escalafón "C"-Grado
4 - correlativo 9440).
Considerando: I) que la Dirección de la Región Sur y la
Administración del la U.E 068, entienden pertinente proceder a la
redistribución interna, donde la misma se compromete a devolver la
vacante a futuro.
Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido por el
Artículo 5º de la Ley 18.161 de fecha 29/07/07 y por Resolución Nº
5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en el ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1º) Incorporase al padrón presupuestal de la Unidad Ejecutora 068
- A.S.S.E, el cargo de Administrativo II Administrativo, (Escalafón"C"-
Grado 4 - correlativo 9440) ocupado por la Sra. Ana Maria Postiglione
Moreno;
2º) Asignase a la Sra. Ana Maria Postiglione Moreno, el correlativo
15203 en el cargo de Administrativo II Administrativo, (Escalafón "C"-
Grado 4), en la Unidad Ejecutora 068 - A.S.S.E.,
3º) Comuníquese a las Unidades Ejecutoras involucradas para su
conocimiento y noticación a la interesada, archívese en la Unidad
Ejecutora 068 - A.S.S.E.
Res.: 2864/2020
Ref.: 29/068/2/379/2020
SC/ar.
Cra. Lourdes Gervasini, Gerente de Recursos Humanos, de A.S.S.E.
5
Resolución 2.927/020
Rescíndese el contrato de la Dra. Susana Rosemarie Gugiato Soria,
Técnico III Médico, perteneciente al Hospital de Mercedes.
(4.303)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 13 de Julio de 2020
VISTO: la solicitud de rescisión del contrato celebrado entre
la funcionaria Sra. SUSANA ROSEMARIE GUGIATO SORIA y la
Administración de los Servicios de Salud del Estado (en adelante
A.S.S.E), al amparo de lo dispuesto por el artículo 256 de la Ley 18.834,
de fecha 4 de noviembre de 2011, formulada por la Dirección del
Hospital de Mercedes - Unidad Ejecutora 030 de A.S.S.E;
RESULTANDO: I) que según emerge de formulario de evaluación
de desempeño, la citada funcionaria fue contratada para cumplir
funciones de "Médico General" en el Servicio de Emergencia de dicho
Centro Asistencial, habiendo ingresado al mismo con fecha 01 de
agosto de 2018;
II) que la misma fue evaluada en cuatro oportunidades por
la Jefatura del Servicio, con calificaciones de: "Bueno" en los
factores "Rendimiento" y "Comportamiento" (primera evaluación,
correspondiente al período comprendido entre el 1/8/2018 y el
1/11/2018); "Regular" en "Rendimiento" y "Bueno" en "Comportamiento"
(segunda evaluación, correspondiente al período comprendido entre el
1/11/2018 y el 1/2/2019); "Insatisfactorio" en "Rendimiento" y "Bueno"
en "Comportamiento" (tercera evaluación, correspondiente al período
comprendido entre el 1/2/2019 y el 1/5/2019 y cuarta evaluación,
correspondiente al período comprendido entre el 1/5/2019 y el
1/8/2019). En mérito a lo cual la Dirección del Hospital de Mercedes
recomienda la rescisión de su contrato;
III) que dicha funcionaria fue noticada de sus evaluaciones de
desempeño así como de la solicitud de rescisión de su contrato, no
presentando descargos contra las mismas;

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