Diario Oficial de la República del Uruguay del 26 de noviembre de 2020 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.572 - noviembre 26 de 2020
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 20 y 24 de noviembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
1
Resolución 917/020
Desígnase Ministra interina de Relaciones Exteriores.
(5.066)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 6 de Noviembre de 2020
VISTO: que el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Emb.
Francisco Bustillo, estará ausente del país entre los días 6 al 9 de
noviembre de 2020;
RESULTANDO: que el señor Ministro habrá de trasladarse al
exterior en Misión Ocial, a los efectos de concurrir a los Actos de
Transmisión de Mando Presidencial y Asunción del Presidente Electo,
Luis Alberto Arce Catacora, en la ciudad de La Paz, Bolivia.;
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto designar
Ministra interina por el período que dure su misión;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 184 de la Constitución de
la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase Ministra interina de Relaciones Exteriores, entre
los días 6 al 9 de noviembre de 2020, a la señora Subsecretaria Dra.
Carolina Ache.
2
2º.- Comuníquese, publíquese, etc.
LACALLE POU LUIS.
2
Resolución 924/020
Modifícase la Resolución de Presidencia de la República 917/020, de
fecha 6 de noviembre de 2020.
(5.067)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 9 de Noviembre de 2020
VISTO: la resolución de la Presidencia de la República Nº 917/020
de fecha 6 de noviembre de 2020, por la que se designó Ministra interina
de Relaciones Exteriores entre los días 6 al 9 de noviembre de 2020, a
la señora Subsecretaria, Dra. Carolina Ache;
RESULTANDO: que por motivos de modicación en el itinerario
de la Misión Ocial del señor Ministro de Relaciones Exteriores, Emb.
Francisco Bustillo, es pertinente extender el interinato de la señora
Subsecretaria, Dra. Carolina Ache, hasta el día 10 de noviembre de 2020;
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto modicar el
Visto de la parte expositiva y el numeral 1º de la parte dispositiva de
la citada resolución;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Modifíquese el Visto de la parte expositiva de la resolución de
la Presidencia de la República Nº 917/020 de fecha 6 de noviembre de
2020, el que quedará redactado de la siguiente manera: “VISTO: que
el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Emb. Francisco Bustillo,
estará ausente del país entre los días 6 al 10 de noviembre de 2020;”.
2
2º.- Modifíquese el numeral 1º de la parte dispositiva de la
resolución de la Presidencia de la República Nº 917/020 de fecha 6 de
noviembre de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“1º.- Desígnese Ministra interina de Relaciones Exteriores, entre los
días 6 al 10 de noviembre de 2020, a la señora Subsecretaria, Dra.
Carolina Ache.”
3
3º.- Comuníquese, publíquese, etc.
LACALLE POU LUIS.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
3
Decreto 308/020
Establécese que la Enfermedad Celíaca no constituirá causal de
exclusión a quienes ingresan y cursan la Escuela Militar, derogándose
este requisito previsto por el Reglamento sobre Condiciones y Programa
de Ingreso a la Escuela Militar (R-83) aprobado por Decreto 343/019, de
15 de noviembre de 2019.
(5.053*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 18 de Noviembre de 2020
VISTO: la necesidad de modicar las condiciones de ingreso
y permanencia en las Escuelas de Formación de Ociales, a n de
armonizarlas con las políticas nacionales e internacionales en torno a
la Enfermedad celíaca;
RESULTANDO: que por el Decreto Nº 343/019, de 15 de noviembre
de 2019, se aprobó el “Reglamento sobre Condiciones y Programa de
Ingreso a la Escuela Militar (R-83)”, el cual establece en el literal I) del
artículo 23º, que la Enfermedad celíaca es causa de no aptitud para el
ingreso a la Escuela Militar;
CONSIDERANDO: la necesidad de armonizar el Decreto antes
citado a la normativa nacional, y en especial a la Ley Nº 16.096, de 26
de octubre de 1989, la cual dispone que en todos los establecimientos
en que habitualmente exista alojamiento de carácter colectivo, deberá
existir una provisión permanente de alimentos adecuados para
consumo de quienes padecen la Enfermedad celíaca;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la
Dirección de Formación Militar del Ministerio de Defensa Nacional;

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