Diario Oficial de la República del Uruguay del 14 de enero de 2021 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.604 - enero 14 de 2021
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 11 y 12 de enero y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
FE DE ERRATAS
En el Diario Ocial Nº 30.602 de fecha 12 de enero de 2021, se
publicó la Ley 19.937 de Consejo de Ministros, de fecha 24 de diciembre
de 2020, que modica la regulación sobre la residencia scal.
En dicha publicación se incurrió en el siguiente error imputable
al Diario Ocial:
En la página 3, primera columna, sexta línea:
Donde dice: “... scales contados desde e! año civil siguiente a que
obtuvo la residencia scal en las mismas condiciones estab,3cidas en
e! artículo ....”
Debe decir: “... scales contados desde el año civil siguiente a que
obtuvo la residencia scal en las mismas condiciones establecidas en
el artículo ....”
Queda hecha la salvedad.
3) La mencionada Comisión deberá rendir cuenta del manejo de
dichos fondos de acuerdo a lo establecido en el artículo 589 de la Ley
Nº 15.903 del 10 de noviembre de 1987 y deberá dar cumplimiento a
lo dispuesto en los Artículos 159, 177 y 132 del TOCAF y la Ordenanza
Nº 77 del Tribunal de Cuentas de la República.
4) Deberá vericarse que se cumpla con la Ley Nº 18.996 respecto
a los proyectos de inversión, contando con los informes técnicos
correspondientes del SNIP.
5) Pase al Área de Auditores Delegados de A.S.S.E.
Nota N.º : 2120/2020
Res. Nº 1494/2020
Cra. G.B/sr
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
2
Resolución 4.225/020
Dispónese el cese en sus funciones como Especialista VI Servicios
Asistenciales en el Hospital Maciel, de la Sra. Ana María Díaz Caviglia.
(174)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 15 de Setiembre de 2020
Visto: la situación funcional de la funcionaria Sra. Ana María Díaz
Caviglia, de la Administración de los Servicios de Salud del Estado;
Resultando: que la misma, en el ejercicio 2020 sobrepasa el límite
de edad establecido por el artículo 35 del Decreto-Ley Nº 14.189 de
30 de abril de 1974;
Considerando: que el artículo 15 del Decreto-Ley Nº 14.252 de 22
de agosto de 1974 y el Decreto Nº 763/974 de 27 de septiembre de 1974,
establecen normas respecto al pago de haberes a los funcionarios que
cesan por la referida disposición legal;
Atento: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por Resolución
Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Cese en sus funciones, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 35
del Decreto-Ley Nº 14.189 de 30 de abril de 1974, la funcionaria, Señora
ANA MARIA DÍAZ CAVIGLIA - C.I.: 1.383.248-0, como Especialista
VI Servicios Asistenciales, Presupuestado, perteneciente al Hospital
Maciel (Unidad Ejecutora 05 - Escalafón “D” - Grado 04 - Correlativo
9474), a partir del 10 de octubre de 2020.
2) Establécese que la referida funcionaria se encuentra amparado
por lo establecido en el artículo 15 del Decreto-Ley Nº 14.252 de 22
de agosto de 1974 y Decreto Nº 763/974 de 27 de septiembre de 1974.
3) Comuníquese a la Unidad Ejecutora pertinente, a la Unidad
Ejecutora 087 - Asistencia Integral, Habilitaciones, Cuentas Personales
y División Remuneraciones de la Gerencia de Recursos Humanos
de A.S.S.E.- Cumplido, archívese en la Unidad Ejecutora respectiva.
Resol. 4225/2020
Ref.: 29/068/3/8420/2020
/ja
Cra. Lourdes Gervasini, Gerente de Recursos Humanos de A.S.S.E.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
1
Resolución 1.494/020
Autorízase el traspaso a la Comisión Honoraria para la Administración
y Ejecución de Inversiones del Hospital Maciel, de la suma que se
determina.
(169)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 18 de Diciembre de 2020
Visto: la necesidad de asegurar la continuidad de las obras en
curso en el Hospital Maciel;
Considerando: I) que la realización de dichas obras son
estrictamente necesarias;
II) que se cuenta con los fondos necesarios para dichas obras en
el Plan de Inversiones Públicas de 2020 de esta Administración en el
Programa 440 - Proyecto 973 - “Inmuebles”;
III) que a tales nes procede traspasar a la referida Comisión los
fondos que posibiliten la concreción de las mismas;
Atento: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 436 de la Ley
Nº 16.170 del 28 de diciembre de 1990 en el artículo 589 de la Ley Nº
15.903 del 10 de noviembre de 1987;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1) Autorízase el traspaso a la Comisión Honoraria para la
Administración y Ejecución de Inversiones del Hospital Maciel de la
suma de $ 51.120.000 (cincuenta y un millones ciento veinte mil de
pesos uruguayos) por parte del Plan de Inversiones Públicas de A.S.S.E.
2) La referida erogación se atenderá con cargo al Plan de Inversiones
Públicas de 2020 - Programa 440 - Proyecto 973 - “Inmuebles” - Objeto
del Gasto 563.
4Documentos Nº 30.604 - enero 14 de 2021 | DiarioOficial
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Resolución 4.233/020
Déjase sin efecto la Resolución 4173/2020 dictada por la Gerencia de
Recursos Humanos, relativa a la incorporación de la Sra. Yessica Mariana
Suárez Santana, a la RAP de Lavalleja.
(175)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 16 de Setiembre de 2020
Visto: la gestión formulada por la funcionaria Sra. Yessica Mariana
Suarez Santana, en cuanto a dejar sin efecto la incorporación a la
Unidad Ejecutora 042 - Red de Atención Primaria Lavalleja.
Resultando: I) que por resolución de la Gerencia de Recursos
Humanos en el ejercicio de las atribuciones delegadas Nº 4173/2020 del
09/09/2020, por efecto del procedimiento de “ Pase a cumplir funciones”
se incorporó a la U.E 042 - Red de Atención Primaria Lavalleja a la Sra.
Yessica Mariana Suarez Santana, adjudicándole nuevo correlativo en
dicha dependencia para efectivizar su pase.
Considerando: que en virtud de la voluntad expresada por la
Unidad Ejecutora 042 - Red de Atención Primaria Lavalleja, que estima
pertinente dejar sin efecto la resolución adoptada y que la vuelva a la
U.E 049 - Red de Atención Primaria de Maldonado.
Atento: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por Resolución
Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en el ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1º) Dejase sin efecto la Resolución de la Gerencia de Recursos
Humanos en el ejercicio de atribuciones delegadas Nº 4173/2020 de
fecha 09 de Setiembre de 2020 por la cual se incorporó a la Sra. Yessica
Mariana Suarez Santana a la U.E 042 - Red de Atención Primaria
Lavalleja;
2º) Establécese que el cargo de la citada funcionaria seguirá
dependiendo de la U.E 049- Red de Atención Primaria de Maldonado.
3º) Notifiquese. Comuníquese a las Unidades Involucradas
y al Departamento de Sueldos de ASSE a efectos de realizar las
modicaciones pertinentes en los correlativos de la funcionaria a
efectos del cobro de sus haberes en tiempo y forma.
Res: 4233/2020
Ref. 29/049/2/65/2020
ar.
Cra. Lourdes Gervasini, Gerente de Recursos Humanos, de A.S.S.E.
4
Resolución 4.234/020
Incorpórase al padrón presupuestal de la RAP de Lavalleja, el cargo
de Técnico III Licenciado en Enfermería, perteneciente al Centro
Departamental de Lavalleja, ocupado por la Sra. Yessica Mariana Suárez
Santana.
(176)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 16 de Setiembre de 2020
Visto: la solicitud debidamente fundada de pase a cumplir
funciones en la Unidad Ejecutora 022 - Centro Departamental Lavalleja,
dispuesta para la Sra. Yessica Mariana Suarez Santana., la cual reviste
presupuestalmente en la Unidad Ejecutora 049 - Red de Atención
Primaria de Maldonado, con un cargo de Técnico III Licenciado en
Enfermería, (Escalafón “A”-Grado 8- correlativo 703).
Considerando: I) que la Dirección de la Región Este determino su
pase a la U.E 022 - Centro Departamental Lavalleja, entiende pertinente
proceder a la redistribución interna;
Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido por el
Artículo 5º de la Ley 18.161 de fecha 29/07/07 y por Resolución Nº
5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en el ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1º) Incorpórase al padrón presupuestal de la Unidad Ejecutora 022
- Centro Departamental Lavalleja, el cargo de Técnico III Licenciado
en Enfermería, (Escalafón A”-Grado 8 - correlativo 703, la Sra. Yessica
Mariana Suarez Santana;
2º) Asígnase a la Sra. Yessica Mariana Suarez Santana, el correlativo
1818 en el cargo de Técnico III Licenciado en Enfermería., (Escalafón
A”-Grado 8), en la Unidad Ejecutora 022 - Centro Departamental
Lavalleja;
3º) Comuníquese vía fax a las Unidades Ejecutoras involucradas
para su conocimiento y notificación a la interesada. Cumplido,
archívese en la Unidad Ejecutora 022- Centro Departamental Lavalleja;
Res.: 4234/2020
Ref.:29/049/2/65/2020
ar.
Cra. Lourdes Gervasini, Gerente de Recursos Humanos, de A.S.S.E.
5
Resolución 4.455/020
Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria Dra. María Valentina
García Pereira como Técnico III Odontólogo, perteneciente a la RAP de
Treinta y Tres.
(181)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 6 de Octubre de 2020
Visto: la renuncia presentada por motivos particulares por la
funcionaria contratada al amparo de lo dispuesto por el artículo 256
de la Ley Nº 18.834, Dra. María Valentina García Pereira;
Considerando: I) que el contrato de la citada funcionaria se nancia
con el cargo vacante de Técnico III Odontólogo- Escalafón “A” - Grado
08 - Correlativo 291, de la Unidad Ejecutora 061 - Red de Atención
Primaria de Treinta y Tres:
Atento: a lo expuesto, y a las atribuciones delegadas por Resolución
del Directorio de A.S.S.E. Nº 5674/14 de fecha 18/12/2014;
La Gerencia Recursos Humanos de A.S.S.E.
(En ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1º) Acéptase la renuncia presentada por la DRA. MARÍA
VALENTINA GARCÍA PEREIRA, al contrato suscrito al amparo
del artículo 256 de la Ley Nº 18.834 como Técnico III Odontólogo,
(Escalafón “A” - Grado 08 - Correlativo 291 - C.I.: 3.559.272-5,
perteneciente a la Unidad Ejecutora 061- Red de Atención Primaria
de Treinta y Tres), a partir de la fecha de noticación de la presente.
2º) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada a efectos
de realizar la correspondiente noticación, a la Unidad Ejecutora
087 - Asistencia Integral, Historia Laboral, Habilitaciones, y División
Remuneraciones de la Administración de los Servicios de Salud del
Estado.- Cumplido, archívese en la Unidad Ejecutora respectiva.
Res.: 4455/2020
Ref.: 29/061/2/141/2020
/ja
Cra. Lourdes Gervasini, Gerente de Recursos Humanos de A.S.S.E.

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