Diario Oficial de la República del Uruguay del 19 de enero de 2021 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 30.607 - enero 19 de 2021
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 15 de enero y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
1
Resolución S/n
Dispónese, hasta el 15 de febrero de 2021, la aplicación de las medidas
asistenciales extraordinarias que se determinan, en los departamentos
de Montevideo, Canelones, Rocha, Rivera y San José.
(235)
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 8 de Enero de 2021
VISTO: la Ordenanza Nº 1591, Numeral 3, de 9 de diciembre
de 2020 del Sr. Ministro de Salud Pública, por la cual se facultó a la
Dirección General de la Salud y a la Dirección General de la Junta
Nacional de Salud a disponer medidas asistenciales extraordinarias
y transitorias a efectos de que las instituciones de salud puedan
focalizar sus recursos disponibles para hacer frente a la pandemia,
debiéndose establecer el área geográca de aplicación y la duración
de dichas medidas;
RESULTANDO: que, ambas Direcciones, ante el incremento
circunstancial de casos de COVID - 19, adoptaron diversas medidas
para los departamentos de Montevideo, Canelones, Rocha y Rivera;
CONSIDERANDO: que ante la actual situación epidemiológica es
necesario prorrogar temporalmente las medidas referidas y hacerlas
extensivas al departamento de San José;
ATENTO: a lo expuesto;
LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA JUNASA
Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD
RESUELVEN:
1
1º.- Disponer, hasta el 15 de febrero de 2021, la aplicación de las
medidas asistenciales extraordinarias que se detallan a continuación
a los departamentos de MONTEVIDEO, CANELONES, ROCHA,
RIVERA y SAN JOSÉ.
2
2º.- Autorizar a los prestadores de salud que integran el Sistema
Nacional Integrado de Salud, de los departamentos mencionados,
a establecer la consulta telefónica o de telemedicina como primera
línea de atención, focalizando los recursos de atención presencial
ambulatoria, de policlínicas e internación, asegurando la atención
inmediata de pacientes afectados por la pandemia.
3
3º.- Establecer con carácter obligatorio, que los prestadores de salud
de los departamentos referidos, deberán: a) reforzar las modalidades de
atención telefónica, video consultas y medios de telemedicina, de modo
de poder asegurar la atención no presencial efectiva a sus usuarios y
aliados, incluyendo la prescripción o repetición de medicamentos y
la realización de estudios de laboratorio, imagenológicos relacionados
con la atención de casos COVID 19, de patologías graves o evolutivas;
b) asegurar la disponibilidad de consultas presenciales en todas las
especialidades médicas y quirúrgicas para consultas clínicas por
primera vez de pacientes con patologías crónicas o evolutivas, a juicio
de los médicos de primer nivel de atención o de la Dirección Técnica de
las instituciones; c) asegurar la realización de todas las intervenciones
quirúrgicas de urgencia y aquellas relacionadas con patologías
oncológicas; d) establecer un programa de consultas médicas no
presenciales preventivas para asegurar el mantenimiento del control
y seguimiento de embarazadas y pacientes con enfermedades crónicas
no transmisibles.
4
4º.- Notifíquese. Tome nota la Dirección General de Coordinación,
la que noticará a la Dirección Departamental de Salud. Publíquese en
el Diario Ocial y en la Página web institucional. Cumplido, archívese.
Res. JUNASA Nº 4
Res. DIGESA Nº 11
Ref. Nº 12/001/3/7467/2020
Dr. MIGUEL ASQUETA, DIRECTOR GENERAL DE LA SALUD,
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA; DR. LUIS GONZÁLEZ
MACHADO, Director General Junta Nacional de Salud, Ministerio
de Salud Pública.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
2
Resolución 4.035/020
Acéptase la renuncia como Jefe del Servicio de Policlínicas
Descentralizadas del Centro de Salud de Ciudad de la Costa, presentada
por la Licenciada Andrea Gissell Arroyo Abogadro, y pase a cumplir las
funciones inherentes a su cargo presupuestal.
(236)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 29 de Diciembre de 2020
Visto: que la Lic. Andrea Gissell Arroyo Abogadro, ha presentado
renuncia a la función de Jefe del Servicio de Policlínica Descentralizadas
del Centro de Salud de Ciudad de la Costa, perteneciente a la Red de
Atención Primaria Metropolitana UE 002, a partir del 26/06/2020;
Considerando: que por lo manifestado, corresponde aceptar la
renuncia presentada por la Lic. Arroyo a la Jefatura mencionada
y disponer que pase a cumplir las funciones inherentes al cargo
presupuestal que ocupa en su Unidad Ejecutora;
Atento: a lo expuesto, y a lo establecido por el artículo 5º de la Ley
18.161 de fecha 29/07/2007;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Acéptase la renuncia como Jefe del Servicio de Policlínicas
Descentralizadas del Centro de Salud de Ciudad de la Costa a la
Lic. Andrea Gissell Arroyo Abogadro (C.I. 2.803.538-2), Tec. III Lic.
de Enfermería, Escalafón A, Grado 8, Correlativo 4201, a partir del
26/06/2020.
2º) Agradécese los Servicios prestados.
3º) Pase a cumplir las funciones inherentes al cargo presupuestal
que ocupa, adecuando su salario a las nuevas tareas encomendadas
en su Unidad Ejecutora.
4º) Comuníquese a la UE 002 para la noticación de la interesada
y a la División Remuneraciones. Tomen nota las Gerencias General,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR