Diario Oficial de la República del Uruguay del 07 de mayo de 2021 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 30.677 - mayo 7 de 2021
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 5 de mayo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS
1
Consejos de Salarios
Consejo de Salarios del Grupo 13 “Transporte y Almacenamiento”, Sub
Grupo 01 “Transporte Terrestre de Personas Urbano de Montevideo”,
cuya vigencia será hasta el 31 de mayo de 2022.
(1.613)
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo,
a los 15 días del mes de abril de 2021, reunido el Consejo de Salarios del
Grupo 13, representado por POR EL PODER EJECUTIVO: Las Dras.
Cecilia Siqueira y María Noel Llugain, y el Lic. Bolivar Moreira estando
presente el Sr. Director Nacional de Trabajo Dr. Federico Daverede.
POR EL SECTOR EMPRESARIAL: El Dr. Anibal De Olivera y el Sr.
José Hernández. POR EL SECTOR TRABAJADOR: Los Sres. José
Fazio y Mauro Rivero Y SE ACUERDA QUE: PRIMERO: Recepcionan
el Acuerdo alcanzado en el Grupo 13, sub-grupo 01 “Transporte
Terrestre de Personas. Urbano de Montevideo” SEGUNDO: Se ha
cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 14 de la ley No.
10.449. TERCERO: Solicitan al Poder Ejecutivo la extensión al ámbito
nacional del mencionado acuerdo, así como su registro y publicación.
CUARTO: Leída que fue la presente se ratica su contenido rmando
a continuación en diez ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha
indicados.
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo,
el 15 de abril de 2021, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº.
13, “Transporte y Almacenamiento”, Sub-grupo Nº 01 “Transporte
Terrestre de Personas Urbano de Montevideo”, comparecen. POR EL
PODER EJECUTIVO: Las Dras. Cecilia Siqueira, María Noel Llugain
y el Lic. Bolivar Moreira, estando presente el Sr. Director Nacional de
Trabajo Dr. Federico Daverede; POR EL SECTOR TRABAJADOR: Los
Sres. José Fazio y Claudio Vera; POR EL SECTOR EMPRESARIAL:
El Cr. Fernando Barcia y el Sr. Fernando Fernández.
Y ACUERDAN LO SIGUIENTE:
PRIMERO. Antecedentes: a) La situación sanitaria que vive el país
desde el mes de marzo del año 2020, generó un estado crítico en el
sistema de transporte colectivo de pasajeros, con graves consecuencias
económicas para el mismo. b) Los actores del sistema han ido tomando
medidas en procura de la defensa de los puestos de trabajo y de la
viabilidad de las empresas y, entre otros, suscribieron en este ámbito
el acuerdo de fecha 1º de setiembre de 2020. c) A la fecha, la crisis
sanitaria es mayor aún y sigue generando graves consecuencias sociales
y económicas a nivel mundial; nuestro país y el transporte en particular,
no han sido ajenos a esta situación general, pues el alto grado de
circulación del virus continúa afectando la movilidad de los habitantes.
d) Las autoridades departamentales convocaron recientemente a los
representantes de las empresas operadoras del servicio de transporte
público y a sus trabajadores, para comunicarles las condiciones en que
tienen previsto que se preste este servicio durante el año en curso. e)
Dentro de las condiciones comunicadas, establecieron que para todo
el año 2021 mantendrán en la paramétrica de cálculo del precio del
boleto las medidas establecidas en el acuerdo del 20 de agosto del
2020, rmado entre la Intendencia de Montevideo, las empresas y los
trabajadores del sector y, asimismo, les informaron que para este año
2021 están dispuestas a reconocer, en dicha paramétrica, dos ajustes
salariales, del 3% cada uno, con vigencia 01/06/2021 y 01/12/2021
respectivamente.
SEGUNDO. Plazo: Encontrándose vencido el acuerdo del sector
suscrito el 3 de octubre de 2018 y en el marco de lo expuesto en la
cláusula anterior, las partes acuerdan el establecimiento de un convenio
puente, que tendrá vigencia hasta el 31 de mayo del próximo año 2022.
TERCERO. Ajustes salariales: Se acuerda el siguiente ajuste
salarial para todas las categorías del sector: a) Con vigencia a partir
del 1º de junio de 2021, un incremento de un tres por ciento (3%) sobre
los salarios nominales vigentes al 31/05/2021. b) Con vigencia a partir
del 1º de diciembre de 2021, un incremento de un tres por ciento (3%)
sobre los salarios nominales vigentes al 30/11/2021.
CUARTO. Evaluación: Al 31 de mayo de 2022, las partes harán
una evaluación de la situación general de la crisis sanitaria, de sus
efectos sobre la movilidad y sobre el nivel de actividad del transporte
público y, como resultado de dicha evaluación, se recuperará, en el
menor plazo posible, la pérdida de salario real que se genere en el
período 1/6/2021 al 31/5/2022.
QUINTO. Se ratica la vigencia de las cláusulas de los convenios
del Grupo 13, Subgrupo 01, de fecha 3 de octubre de 2018 y de fecha 1º
de setiembre de 2020, así como de sus anexos, en tanto no se opongan
a las contenidas en el presente.
SEXTO. Leída que fue la presente, se ratica su contenido y se
rma a continuación, en diez ejemplares del mismo tenor, en el lugar
y fecha indicados.
Cecilia Siqueira; María Noel Llugain; Bolívar Moreira; Federico
Daverede; Aníbal de Olivera; José Hernández; José Fazio; Mario Rivero.
ENTES AUTÓNOMOS
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA - UTEC
2
Resolución 136/021
Presupuéstase a partir del 1º de abril de 2020, al personal de apoyo
contratado bajo el régimen de función pública que se determina.
(1.615*R)
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA
CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL PROVISORIO
RESOLUCIÓN Nº
136 /021
Montevideo, 06 de abril de 2021.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 617 de la ley Nº 19.355 de 19
de diciembre de 2015;
RESULTANDO: I) que dicha disposición facultó a este Consejo
Directivo Central a presupuestar dentro del Inciso 31 “Universidad
Tecnológica”, al personal contratado que se encuentre desempeñando
tareas permanentes en el Inciso y demuestre aptitud para las mismas;
II) que en dicho marco, la norma encomendó al Consejo Directivo
Central establecer los requisitos y condiciones que los funcionarios
deberán cumplir para poder acceder a la presupuestación;
III) que se suscribió con la Ocina Nacional del Servicio Civil
(ONSC) un convenio de cooperación para recibir su asesoramiento
especializado en esta instancia de creación de la estructura de la
Universidad;
IV) que como resultado de dicho asesoramiento de la ONSC, se
dictaron las Resoluciones Nº 364/018 y Nº 365/018, ambas del 12 de
setiembre de 2018;
4Documentos Nº 30.677 - mayo 7 de 2021 | DiarioOficial
V) que por la Resolución Nº 364/018, se aprobó la estructura de
escalafones, cargos presupuestados y funciones contratadas de la
UTEC, y la tabla de correspondencia entre los puestos de trabajo de la
anterior estructura organizativa y funcional, con los cargos y funciones
de la nueva estructura de apoyo aprobada;
VI) que por la Resolución Nº 365/018, se aprobaron los requisitos
y condiciones a cumplir por los funcionarios para acceder a la
presupuestación en la estructura de apoyo y a la renovación contractual
por tres años en la estructura docente, y, conforme a los mismos, se
instrumentó la primera etapa de presupuestación de funcionarios de
apoyo y de renovación de contratos docentes;
CONSIDERANDO: I) que corresponde continuar con dicho
proceso, mediante una segunda etapa de presupuestación de
funcionarios de la estructura de apoyo y de renovación a tres años
de los contratos docentes, que hayan cumplido con los requisitos y
condiciones establecidos para ello;
II) que a tales efectos, se ha confeccionado la nómina de
funcionarios contratados que cumplan con las condiciones para acceder
a la presupuestación o a la renovación contractual por tres años;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por
las disposiciones legales citadas;
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD
TECNOLÓGICA
RESUELVE:
1º. Presupuestar a partir del 1º de abril de 2020, en el grado de
ingreso del escalafón respectivo, al personal de apoyo contratado
bajo el régimen de función pública que, por cumplir al 31 de marzo
de 2020 con los requisitos y condiciones establecidos en el num. 1º de
la Resolución Nº 365/018 de 12 de setiembre de 2018, se incluye en la
nómina que se agrega a la presente como Anexo I.
2º. El cargo que se crea para el ingreso de la funcionaria
presupuestada en el numeral anterior, se suprimirá una vez que la
persona acceda al cargo previsto en el num. 5º de la presente resolución.
3º. Renovar por un plazo de 3 años los contratos del personal
docente contratado bajo el régimen de función pública, que por
cumplir al 31 de marzo de 2020 con los requisitos y condiciones
establecidos en el num. 3º de la Resolución Nº 365/018 de 12 de
setiembre de 2018, se incluyen en la nómina que se agrega a la presente
como Anexo II.
4º. Establecer que la presupuestación de la funcionaria de apoyo, en
el grado de ingreso del respectivo escalafón, no alterará las funciones
que venían desempeñando ni signicará una disminución de su nivel
retributivo. A tales efectos, se considera que el nivel retributivo de
los funcionarios, se integra con los conceptos de retribución propios
de las funciones contratadas que ocupan y con toda otra partida o
compensación que perciban por toda fuente de nanciamiento, las
cuales se mantendrán en su mismo valor. La diferencia entre el sueldo
básico contratado y el sueldo básico propio del cargo presupuestado, se
asignará como compensación personal transitoria que se absorberá en
futuros ascensos, ajustándose con los aumentos que el Poder Ejecutivo
disponga para los funcionarios públicos.
5º. Transformar las funciones contratadas desempeñadas por
la funcionaria nominada en el Anexo I, en el cargo presupuestado
equivalente en escalafón y grado, conforme a la tabla de correspondencia
aprobada por Resolución Nº 364/018 de fecha 12 de septiembre de 2018.
6º. Promover el llamado a concursos para la provisión, por el
mecanismo del ascenso, del cargo presupuestado resultante de la
transformación dispuesta en el artículo 5º anterior, de conformidad con
la Ordenanza de Concursos de Ascenso aprobada por la Resolución
Nº 365/018 de 12 de setiembre de 2018.
7º. Encomendar a la Unidad de Capital Humano la confección
de las bases especícas de dichos llamados a concurso de méritos y
antecedentes, teniendo en cuenta los criterios generales jados en la
Ordenanza de Concursos de Ascenso referida.
8º. Publicar la presente y difundir su contenido entre todos los
funcionarios de la UTEC.
9º. Pase a la Unidad de Capital Humano a sus efectos.
Dr. Andrés Gil, Consejero, Universidad Tecnológica; Lic. Graciela
Do Mato, Consejera, Universidad Tecnológica; Dr. Rodolfo Silveira,
Consejero, Universidad Tecnológica.
ANEXO I
NÓMINA DE FUNCIONARIA DE APOYO A PRESUPUESTAR
Nombre Escalafón Grado Denominación
Priscila Mariana Alvez
Suárez AD 3Asistente
Administrativo I
ANEXO II
NÓMINA DE FUNCIONARIOS DOCENTES A CONTRATAR A
3 AÑOS
Nombre Contrato Denominación
Agustín Menta Romano RIDE 8/17 Docente Encargado
Alejandro Vieira Colman ILOG 5/17 Docente Encargado
Alejandro Vieira Colman ILOG 7/17 Docente Encargado
Ana Laura Rodriguez D Espada TER 10/17 Docente encargado
Carlos José Maos Dahlquist LLPL 1/15 Docente Encargado
Carolina Beatriz Miranda
Rodríguez RIDE 5/17 Docente Encargado
Carolina Maria Gari Etchavarría RIDE 5/17 Docente Encargado
Gabriel Alejandro Blanco Cherro IER 2/18 Docente Encargado
Giovani Bolzan Cogo IMEC 3/17 Docente Encargado
Ivana Marsicano Fernández PCB 2/17 Docente Encargado
Jorge Nelson Gutierrez Pena IMEC 4/17 Docente Encargado
Marcos Zeerino Callaba IER 13/18 Docente Encargado
María Elisa Rodríguez Infanzón TER 6/17 Docente Encargado
Mariana Hill Lavista RIDE 5/17 Docente Encargado
Martín Bulanti Salaberry TM 7/16 Docente Encargado
Valeria Rodríguez Ozano ILOG SO 4/17 Docente Encargado
Cecilia García Chabat PE 7/18 Docente de Inicio
Lucas Ignacio Soria Moreno TSPL 4/17 Docente de Inicio
Lucía Maidana Sancassano LAA 3/16 Docente de Inicio
Mariana Milsev Rodriguez ING 1/17 Docente de inicio
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
3
Resolución 4.749/020
Amplíase la Licitación Abreviada Nº 525/2019 “Contratación de Servicio
de Conserjería” con destino a las Ocinas Centrales de ASSE.
(1.606)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo; 13 de Octubre de 2020
Visto: que por Resolución del Director Administrativo de la
U.E. 068 de A.S.S.E. N.º 6468/2019 de fecha 24/12/2019 se adjudicó
la Licitación Abreviada Nº 525/2019 “Contratación de Servicio de
Conserjería” con destino a las Ocinas Centrales de A.S.S.E.;
Considerando: que de acuerdo a lo estipulado por el Director
Administrativo de la U.E. 068 y el consentimiento de la Firma
Cooperativa Social Atenea S.A. (fs. 475) se estima pertinente ampliar
el procedimiento en un 23%, abarcando el período desde el 01/11/2020
hasta el 31/12/2020, por lo que corresponde proceder en consecuencia;
Atento: a lo expuesto al Art. 74 del TOCAF y a la resolución N.º
5667/15 de fecha 13/11/15;
El Director Administrativo de la U.E. 068 de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Amplíase la Licitación Abreviada Nº 525/2019 “Contratación

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