Diario Oficial de la República del Uruguay del 17 de diciembre de 2021 (contenido completo)

2Documentos Nº 30.833 - diciembre 17 de 2021 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 15 de diciembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
1
Resolución 249/021
Decláranse Servidumbres Mineras de Ocupación y de Paso, accesorias al
título minero Concesión para Explotar, otorgado a COSAN S.R.L., sobre
un yacimiento de tosca afectando el padrón 16375 (p), de la 3ª Sección
Catastral del departamento de Colonia.
(3.800)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 7 de Diciembre de 2021
VISTO: que COSAN S.R.L. solicita se declare la Servidumbre de
Ocupación que comprende un área de 10 hás 0.000 m² afectando el
padrón Nº 16375 (p) y la Servidumbre de Paso que comprende un área
de 2 hás 6.275 m² afectando a los padrones Nº 16375 (p), 16374 (p), 16646
(p) y 23689 (p), de la 3ª Sección Catastral del departamento de Colonia;
RESULTANDO: que se trata de un gravamen accesorio al título
minero Concesión para Explotar, otorgado por el plazo de 10 (diez)
años, por Resolución Ministerial, dictada en ejercicio de atribuciones
delegadas, de 17 de enero de 2020;
CONSIDERANDO: I) que la División Registro de la Dirección
Nacional de Minería y Geología informa que el 24 de mayo de 2018
fue aceptado el plano de deslinde y el 25 de mayo de 2018 se aprobó
la Memoria Justicativa;
II) que la documentación presentada se ajusta a lo dispuesto por
Resolución de la Dirección Nacional de Minería y Geología Nº 440/05,
de 1 de noviembre de 2005;
III) que se ha celebrado un acuerdo entre el titular minero y el
propietario del predio sirviente padrón Nº 16375 (p) respecto al
precio del arrendamiento por las Servidumbres de Ocupación y Paso
a imponerse;
IV) que la Dirección Nacional de Catastro determinó el precio de
arrendamiento anual de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 37 literal
a) del Código de Minería (Decreto-Ley Nº 15.252 de 8 de enero de 1982),
quedando establecido para la Servidumbre de Paso para el padrón Nº
16646 (p) en $ 4.777 (pesos uruguayos cuatro mil setecientos setenta
y siete) y para los padrones Nº 16374 (p) y 23689 (p) en $ 3.865 (pesos
uruguayos tres mil ochocientos sesenta y cinco);
V) que a los efectos del artículo 37 literal a) del Código de Minería,
el monto del primer semestre por concepto de Servidumbre de Paso
para el padrón Nº 16646 (p), es de $ 2.388 (pesos uruguayos dos mil
trescientos ochenta y ocho), para el padrón Nº 16374 (p), es de $ 1.932
(pesos uruguayos mil novecientos treinta y dos) y para el padrón Nº
23689 (p), es de $ 1.932 (pesos uruguayos mil novecientos treinta y
dos), valores sujetos a la actualización prevista según variación ocial
del índice del costo de vida;
VI) que el Director Nacional de Minería y Geología maniesta que
se ha dado cumplimiento a los requisitos de fondo y forma establecidos
en la normativa vigente;
VII) que en virtud de lo consignado, compartiendo plenamente el
informe de la División Registro de la mencionada Dirección Nacional,
la Asesoría Jurídica sugiere declarar las Servidumbres Mineras
pertinentes;
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por los artículos 31 y
siguientes del Código de Minería, a lo informado por la Dirección
Nacional de Minería y Geología y a lo dispuesto por la Resolución
del Poder Ejecutivo, de 17 de julio de 2006;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas;
RESUELVE:
1
1º.- Declárase las Servidumbres Mineras de Ocupación y Paso,
accesorias al título minero Concesión para Explotar, otorgado a
COSAN S.R.L., por Resolución Ministerial, dictada en ejercicio de
atribuciones delegadas, de 17 de enero de 2020, sobre un yacimiento
de tosca, por el plazo de 10 (diez) años, afectando el padrón Nº 16375
(p), de la 3ª Sección Catastral del departamento de Colonia, en un área
total de 10 hás 0.000 m².
2
2º.- La Servidumbre de Ocupación comprende un área total de 10
Hás. 0000 m², afectando el padrón Nº 16375 (p) y la Servidumbre de
Paso abarca un área de 2 Hás. 6275 m² afectando los predios padrones
Nº 16375 (p), 16374 (p), 16646 (p) y 23689 (p), todas de la 3ª Sección
Catastral del departamento de Colonia.
3
3º.- Fíjase el importe a pagar por el gestionante de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 37 literal a) del Código de Minería y por el
primer semestre por concepto de Servidumbre de Paso para el padrón
Nº 16646 (p), es de $ 2.388 (pesos uruguayos dos mil trescientos ochenta
y ocho), para el padrón Nº 16374 (p), es de $ 1.932 (pesos uruguayos
mil novecientos treinta y dos) y para el padrón Nº 23689 (p), es de $
1.932 (pesos uruguayos mil novecientos treinta y dos), valores sujetos
a la actualización prevista según variación ocial del índice del costo
de vida.
4
4º.- Homológase el convenio celebrado entre el titular minero y el
propietario del predio sirviente padrón Nº 16375 (p), de la 3ª Sección
Catastral del departamento de Colonia.
5
5º.- Las servidumbres impuestas por la presente Resolución
gravarán los predios sirvientes durante la vigencia del título minero
que las ha motivado.
6
6º.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
OMAR PAGANINI.

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