Diario Oficial de la República del Uruguay del 24 de enero de 2022 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.858 - enero 24 de 2022
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 20 de enero y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
Base de datos Institucional
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
1
Resolución S/n
Apruébase la “Actualización de criterios para el testeo y manejo del
aislamiento y cuarentena por COVID-19”.
(132*R)
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 5 de Enero de 2022
VISTO: la evolución de la situación epidemiológica del país;
RESULTANDO: I) que en virtud de la emergencia nacional
sanitaria declarada por Decreto Nº 93/020, de 13 de marzo de 2020, el
Poder Ejecutivo ha establecido diversas medidas dirigidas a prevenir
y mitigar el contagio del virus SARS CoV-2, dentro de las cuales se
destacan medidas de aislamiento social preventivo y testeo;
II) que se ha llevado a cabo la Campaña Nacional de Vacunación
contra el virus SARS CoV-2, orientada a inmunizar a la población
objetivo, habiéndose vacunado a la fecha al 78,19% de la población
con una dosis, al 75,55% con dos dosis y a un 43,54% con esquema
vacunal completo y dosis de refuerzo;
III) que la Campaña Nacional de Vacunación contra el virus
SARS CoV-2, tuvo un impacto notorio en la disminución de las tasas
de mortalidad e ingreso a las unidades de Centro de Tratamiento
Intensivo (“CTI”);
CONSIDERANDO: I) que la División Epidemiología, recomienda
adaptar en forma dinámica las medidas de prevención y control,
dirigidas a mitigar el impacto del virus SARS CoV-2;
II) que en este sentido, ha elaborado una actualización del protocolo
de criterios para el testeo y manejo del aislamiento social preventivo,
en función del relevamiento de la evidencia cientíca disponible;
III) que la Dirección General de Salud entiende necesario y
conveniente aprobar el referido protocolo;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL MINISTRO (I) DE SALUD PÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Deberán guardar aislamiento social preventivo:
a) durante siete días, aquellas personas que, vacunadas con
tres dosis y habiendo transcurrido más de siete días desde la
recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con
COVID-19, sean o no sintomáticas;
b) durante diez días, aquellas personas que, vacunadas con dos
dosis y habiendo transcurrido menos de ciento ochenta días
desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas
con COVID-19 y sean sintomáticas;
c) durante siete días, aquellas personas que, vacunadas con dos
dosis y habiendo transcurrido menos de ciento ochenta días
desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas
con COVID-19 y sean asintomáticas;
d) durante diez días, aquellas personas que, no vacunadas o
vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de ciento
ochenta días desde la recepción de la última dosis, hayan sido
diagnosticadas con COVID-19, sean sintomáticas, obtengan
resultado negativo de test de antígeno realizado al décimo día
de diagnóstico de la enfermedad, y hayan permanecido las
últimas setenta y dos horas sin ebre ni síntomas respiratorios;
e) durante catorce días, aquellas personas que, no vacunadas
o vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de
ciento ochenta días desde la recepción de la última dosis,
hayan sido diagnosticadas con COVID-19, sean sintomáticas,
no realicen el test de antígeno referido en el literal anterior y
hayan cumplido las últimas setenta y dos horas sin ebre ni
síntomas respiratorios;
f) durante diez días, aquellas personas que, no vacunadas o
vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de ciento
ochenta días desde la recepción de la última dosis, hayan sido
diagnosticadas con COVID-19, sean asintomáticos.
En los casos de personas con inmunodepresión demostrada
(inmunodeciencia primaria o secundaria a enfermedades
-VIH, linfopatías, etc- o a tratamientos -quimioterapia,
inmunosupresores, corticoides en dosis moderadas) el plazo
de aislamiento se podrá extender a veintiún días, de acuerdo
a la indicación dispuesta por el médico tratante.
En el caso de los pacientes hospitalizados con cuadros severos
o críticos, la extensión se podrá prolongar hasta los veintiocho
días, de acuerdo a la indicación dispuesta por el médico
tratante.
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2º.- Apruébase la “Actualización de criterios para el testeo y manejo
del aislamiento y cuarentena por COVID-19”, que se adjunta como
Anexo I y forma parte de la presente Ordenanza Ministerial.
3
3º.- Tomen nota la Dirección General de la Salud y Dirección
General del Sistema Nacional de Salud. Publíquese en la página web
institucional y en el Diario Ocial. Cumplido, archívese.
Ord. Nº 2 2
Ref. Nº 12/001/3/106/2022
/mo
JOSÉ LUIS SATDJIAN.
Actualización de criterios para el testeo y manejo del aislamiento
y cuarentena por COVID-19
Atento a la aparición de nuevas variantes de SARS-Cov-2 y la
actualización permanente de la información cientíca a nivel mundial
respecto a su comportamiento, es necesario adaptar en forma dinámica
las recomendaciones sobre las medidas de prevención y control del
aislamiento y cuarentena dirigidas a mitigar el impacto de COVID-19.
En este contexto, se realizan las siguientes recomendaciones que se
detallan para el testeo y la toma de decisiones en relación a la duración
y criterios de levantamiento del aislamiento, así como los criterios
de recuperado desde el punto de vista epidemiológico en algunas
situaciones especiales en el contexto epidemiológico actual.
4Documentos Nº 30.858 - enero 24 de 2022 | DiarioOficial
Situaciones especiales
* En los casos de personas con inmunodepresión demostrada
(inmunodeciencia primaria o secundaria a enfermedades
-VIH, linfopatías, etc- o a tratamientos - quimioterapia,
inmunosupresores, corticoides en dosis moderadas) el plazo
de aislamiento se podrá extender a 21 días (en estas situaciones
la eliminación viral suele ser más prolongada)
* En el caso de los pacientes hospitalizados con cuadros severos
o críticos la extensión se podrá prolongar hasta los 28 días.
TESTEO
El testeo para la investigación de SARS-COV-2 se deberá realizar en las siguientes situaciones:
Condición Testeo
Toda persona sintomática- compatible con la
denición de caso sospechoso para COVID-19
Test de Antígeno para SARS-COV-2 en forma
inmediata y de ser negativo RT-PCR dentro de
las primeras 48 horas
Todo caso de infección respiratoria Aguda Grave
(requiere internación) Test de Antígeno para SARS-COV -2 y RT-PCR
dentro de las primeras 48 horas
Todo caso sospechoso perteneciente a una
comunidad cerrada Test de Antígeno para SARS-COV-2 en forma
inmediata y de ser negativo RT-PCR
Todo integrante asintomático de una comunidad
cerrada dónde ocurra un Brote Test de Antígeno para SARS-COV-2 en forma
inmediata a todos los expuestos y RT-PCR al día
5 de la última exposición
Todo viajero sintomático Test de Antígeno para SARS-COV-2 en forma
inmediata y de ser negativo RT-PCR
Todo contacto CONVIVIENTE de caso
conrmado, independientemente del estado
vacunal
Test de Antígeno para SARS-COV-2 en forma
inmediata y RT-PCR previo al levantamiento
de cuarentena al día 5 de la última exposición al
caso conrmado
Todo contacto asintomático, vacunado con dos
dosis y más de 180 días desde la última dosis
y cuya exposición haya ocurrido en ambiente
cerrado
Test de Antígeno para SARS-COV-2 en forma
inmediata y RT-PCR previo al levantamiento
de cuarentena al día 5 de la última exposición al
caso conrmado

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