Diario Oficial de la República del Uruguay del 28 de Septiembre de 2022 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 31.024 - setiembre 28 de 2022
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 23 y 26 de setiembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
impo.com.uy/bases
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
1
Decreto 308/022
Autorízase la transformación de los cargos vacantes correspondientes a
la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, en los cargos
que se determinan.
(3.967*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 21 de Setiembre de 2022
VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley Nº 18.719, de 27
de diciembre de 2010 en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley
Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013 y su Decreto Reglamentario Nº
334/011, de 21 de setiembre de 2011;
RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder
Ejecutivo a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos 02
al 15 del Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los cargos vacantes
a efectos de la transformación de los que se consideren necesarios
para su funcionamiento, hasta tanto se apruebe la pirámide de cargos
de la reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso
correspondiente. Las transformaciones requerirán Informe previo y
favorable de la Ocina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría
General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias y
no podrán implicar costo presupuestal;
CONSIDERANDO: I) que la solicitud de transformación de
cargos por la Unidad Ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad
de las Fuerzas Armadas", del Inciso 03 "Ministerio de Defensa
Nacional" radica en la apertura de nuevas especialidades médicas para
formar en la Institución y en la necesidad de asegurar el adecuado
funcionamiento del servicio;
II) que existen Informes previos y favorables de la Ocina Nacional
del Servicio Civil, de la Contaduría General de la Nación respecto de
las transformaciones de los cargos solicitados;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y lo dispuesto por
el artículo 62 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 en la
redacción dada por el artículo 8 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre
de 2013 y su Decreto Reglamentario Nº 334/011, de 21 de setiembre
de 2011;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la transformación de los cargos
vacantes correspondientes a la Unidad Ejecutora 033 "Dirección
Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas", del Inciso 03 "Ministerio
de Defensa Nacional", en los cargos que se proponen en el Anexo I
que se adjunta y se considera parte integrante del presente Decreto.
2
ARTÍCULO 2º.- Facúltese a la Contaduría General de la Nación a
reasignar los créditos presupuestales a n de dar cumplimiento a lo
dispuesto en el presente Decreto.
3
ARTÍCULO 3º.- Dése cuenta a la Asamblea General.
4
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de
Sanidad de las Fuerzas Armadas, a la Dirección General de Recursos
Humanos del Ministerio de Defensa Nacional, a sus efectos. Cumplido,
archívese.
BEATRIZ ARGIMÓN, Vicepresidente de la República en ejercicio
de la Presidencia; JAVIER GARCÍA; AZUCENA ARBELECHE.

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