Diario Oficial de la República del Uruguay del 05 de mayo de 2023 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 31.169 - mayo 5 de 2023
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 3 de mayo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
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Resolución 97/023
Declárase que se ha producido la caducidad del título minero Concesión
para Explotar que fue otorgado a RODERICH VON OVEN y cedido
a BIATIR S.A., sobre un yacimiento de arena en los padrones que se
identican, ubicados en la 7ª Sección Catastral del departamento de
San José.
(1.186)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 26 de Abril de 2023
VISTO: que la Dirección Nacional de Minería y Geología promueve
la declaración de la caducidad del título minero Concesión para
explotar, que fue otorgado a RODERICH VON OVEN por Resolución
Nº 430/04 del Poder Ejecutivo, de 3 de noviembre de 2004 sobre un
yacimiento de arena en los padrones Nº 12.655, 12.656, 12657 ubicados
en la 8ª Sección Catastral del departamento de San José, afectando un
área de 191 ha 8.642 m²;
RESULTANDO: I) que el mencionado título fue concedido por
un plazo de 30 años;
II) que se concedió concesión para explotar por Resolución Nº
430/04 de 3 de noviembre de 2004, se labró acta de toma de posesión
el 29 de noviembre del 2004;
III) que por Resolución del Poder Ejecutivo Nº 177/05 de 5 de julio
de 2005 se autorizó la cesión del título minero Concesión para explotar
a favor de BIATIR S.A.
IV) que por Resolución Nº 025/10 del Ministerio de Industria
Energía y Minería en ejercicio de atribuciones delegadas de 12 de
marzo del 2010 se redujo el área de la Concesión para Explotar en un
área de 10 ha 633 m²;
V) que el titular BIATIR S.A declaró 27 semestres sin producción;
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo con lo informado por la
Dirección Nacional de Minería y Geología se ha congurado una de
las causales de caducidad del título minero previstas en el artículo 21
del Código de Minería, más especícamente por falta de producción
por seis meses continuos, con fecha 31 de marzo del 2016;
II) que el citado artículo establece que, congurada alguna de
las causales de caducidad, la misma se producirá de pleno derecho,
debiendo el Poder Ejecutivo dictar el acto declarativo a los efectos de
su registro;
III) que, a juicio de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, corresponde por lo tanto dictar el acto que declare
la caducidad del título minero Concesión para explotar otorgado a
RODERICH VON cedido a BIATIR S.A.;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 21 II), Literal, c) numeral 4
del Código de Minería, la Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha 17
de julio de 2006, lo informado por la Dirección Nacional de Minería y
Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVE:
1
1º.- Declárase que con fecha 31 de marzo del 2016 se ha producido la
caducidad del título minero Concesión para explotar que fue otorgado
a RODERICH VON OVEN por Resolución del Poder Ejecutivo Nº
430/04, de 3 de noviembre del 2004, cedido por Resolución del Poder
Ejecutivo Nº 177/05 de 5 de julio de 2005 a BIATIR S.A, sobre un
yacimiento de arena en los padrones números 12.655, 12.656, 12657
ubicados en la 7ª Sección Catastral del departamento de San José,
afectando un área de 10 ha 633 m².
2
2º.- Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología a sus efectos.
3
3º.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
OMAR PAGANINI.
4Documentos Nº 31.169 - mayo 5 de 2023 | DiarioOficial
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Resolución S/n
Apruébanse las bases de la CONVOCATORIA A PROYECTOS DE
INVERSIÓN COOPERATIVOS 2023, MIEM - DINAPYME, a realizarse en el
marco del Proyecto 208 “Fortalecimiento e Implementación de Políticas
de Especialización Productiva”, y desígnanse a las personas que se
determinan, para integrar el Tribunal de Evaluación de los mencionados
proyectos.
(1.191*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
14/23
Montevideo, 26 de Abril de 2023
VISTO: la CONVOCATORIA A PROYECTOS DE INVERSIÓN
COOPERATIVOS 2023, MIEM- DINAPYME;
RESULTANDO: I) que la convocatoria está dirigida a Cooperativas
de Trabajo, Cooperativas Agrarias y Sociedades de Fomento Rural,
vinculadas a la actividad industrial, a presentar proyectos de inversión
que favorezcan el desarrollo de áreas clave de su actividad productiva
o prestación de servicios en pro de la mejora de su competitividad, y
en favor del desarrollo sostenible de la comunidad donde despliegan
su actividad;
II) que la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas
Empresas, aprobó las Bases de dicha Convocatoria y cuentan con el
visto bueno del Instituto Nacional de Cooperativismo (INACOOP)
y de la Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas
(CUDECOOP);
CONSIDERANDO: I) que será necesario evaluar los proyectos
que se presenten de acuerdo a los criterios denidos en las Bases
de la Convocatoria, por medio de un Tribunal designado a tales
efectos;
II) que DINAPYME sugiere designar a los funcionarios de esta
Secretaría de Estado, Sr. Juan Carlos Gilles y al Sr. José Trujillo como
representantes titulares y a la Sra. Verónica Santos como alterna;
III) que INACOOP designó al Sr. Andres Carrasco y a la Sra.
Claudia De Lisio como titular y alterna respectivamente;
IV) que CUDECOOP, designó a los Sres. Juan Carlos Canessa y
Gabriel Isola como titular y alterno respectivamente;
ATENTO: a lo expuesto;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
1
1º.- Apruébanse las bases de la CONVOCATORIA A PROYECTOS
DE INVERSIÓN COOPERATIVOS 2023, MIEM- DINAPYME,
a realizarse en el marco del Proyecto 208 "Fortalecimiento e
Implementación de Políticas de Especialización Productiva", que se
adjuntan y forman parte de la presente resolución.
2
2º.- Desígnanse para integrar el Tribunal de Evaluación de los
proyectos de la Convocatoria a Cooperativas, a los funcionarios de
esta Secretaría de Estado, Sr. Juan Carlos Gilles y al Sr. José Trujillo
como representantes titulares y a la Sra. Verónica Santos como
alterna; como representantes de INACOOP al Sr. Andres Carrasco
titular y a la Sra. Claudia De Lisio como alterna, y por último por
CUDECOOP a los Sres. Juan Carlos Canessa como titular y a Gabriel
Isola como alterno;
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3º.- Comuníquese y publíquese, etc.
OMAR PAGANINI.
BASES CONVOCATORIA A PROYECTOS DE INVERSIÓN
COOPERATIVOS 2023
MIEM-Dinapyme
ANTECEDENTES
El Ministerio de Industria, Energía y Minería es responsable
de diseñar e instrumentar las políticas del Gobierno referidas a los
sectores industrial, energético, minero, de las telecomunicaciones,
servicios de comunicación audiovisual y postal, de la propiedad
industrial y de las micro, pequeñas y medianas empresas. También
es responsable de orientar la transformación y el fortalecimiento
del aparato productivo nacional, de su matriz energética y su
infraestructura de comunicaciones, para el desarrollo sustentable e
inclusivo, en el marco de la integración regional y la inserción en un
mundo globalizado.
OBJETO
La Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas
Empresas (Dinapyme), en el marco del Proyecto 208 "Fortalecimiento
e Implementación de Políticas de Especialización Productiva" convoca
a Cooperativas de Trabajo, Cooperativas Agrarias y Sociedades
de Fomento Rural vinculadas a la actividad industrial, a presentar
proyectos de inversión que favorezcan el desarrollo de áreas clave de
su actividad productiva o prestación de servicios en pro de la mejora de
su competitividad y en favor del desarrollo sostenible de la comunidad
donde despliegan su actividad.
Los proyectos podrán presentarse en alguna de las dos
modalidades detalladas a continuación:
MODALIDAD SIMPLE: Cooperativas Agrarias, Cooperativas
de Trabajo o Sociedades de Fomento Rural (SFR) que postulen un
proyecto de inversión de forma individual (una única organización).
Tope de fondos por proyecto $ 600.000 no reintegrables.
Contrapartida mínima 20%.
MODALIDAD ASOCIADA: Implica un proyecto de inversión que
involucra a dos o más organizaciones en su ejecución. La TITULAR
DEL PROYECTO deberá ser en todos los casos una Cooperativa de
Trabajo, Cooperativa Agraria o Sociedad de Fomento Rural. En esta
modalidad, se podrán presentar asociadas a una o varias entidades de
la Economía Social y Solidaria, a una o varias empresas no-cooperativas,
y/o a universidades o institutos de investigación (en este último caso
siempre se requerirá la participación de dos o más empresas en forma
conjunta con la universidad o instituto de investigación).
Tope de fondos por proyecto $ 1.000.000 no reintegrables.
Contrapartida mínima 30%.
Los OBJETIVOS DE LOS PROYECTOS deberán estar alineados
con alguna de las áreas que son competencia del MIEM1 y suponer al
menos dos (2) de los siguientes puntos:
a) Desarrollo de nuevos productos y/o servicios
b) Mejora de productos y/o servicios actuales
c) Mejora de procesos ya sean productivos o comerciales o
industriales
d) Desarrollo de nuevos canales de comercialización
e) Prever acceso a nuevos mercados en el corto plazo
f) Mejoras en la gestión (gestión empresarial, gestión nanciera,
operativa)
g) Incorporación o ampliación de certicaciones
1 Ver ANTECEDENTES.
5
Documen tos
Nº 31.169 - mayo 5 de 2023
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a) Proyecto de inversión (documento no mayor a 20 páginas).
b) Acta de Asamblea o Consejo Directivo avalando la
presentación a esta Convocatoria.
c) Acta del Consejo Directivo que declare la cantidad de
hombres y mujeres en cargos jerárquicos de la cooperativa o
Sociedad de Fomento Rural (según modelo en Anexo II).
d) Certicado de cumplimiento regular de obligaciones emitido
por la Auditoría Interna de la Nación (AIN) si corresponde.
En caso de no poseer el certicado de AIN al momento de
la postulación, se deberá adjuntar comprobante de haberlo
solicitado y estado del trámite. *
e) Certicado de inscripción en el registro de Inacoop de
Cooperativas o Entidades de la Economía Social y Solidaria,
y con certicado de cumplimiento de la Prestación Coactiva
según corresponda.
2. Estar constituida como Cooperativa de Trabajo, Cooperativa
Agraria o Sociedad de Fomento Rural de acuerdo a lo
establecido en la legislación vigente.
Documentos que se solicitan (a subir al sistema en formato
digital): Estatutos de la Cooperativa / Sociedad de Fomento Rural
inscripto en la Dirección General de Registros del Ministerio de
Educación y Cultura (u otra institución registral para el caso de
algunas Sociedades de Fomento Rural). En todos los casos se
debe poder visualizar el correspondiente sellado que verica la
condición de registrada.
3. Estar inscripta o en proceso de inscripción en RUPE (Registro
Único de Proveedores del Estado). **
4. Presentar dos (2) últimos balances de la empresa completos
y avalados (rmados) por Contador Público. En caso que por
la fecha de inicio de actividades no se cuente con dos balances,
deberá presentar información contable (Situación patrimonial y
resultados) actualizados a la fecha de la postulación y avalados
(rmados) por Contador Público.
Documentos que se solicitan (a subir al sistema en formato
digital): Dos (2) últimos balances / si no tiene antigüedad,
información contable (Situación patrimonial y resultados)
actualizados a la fecha de postulación.
OTROS REQUISITOS:
5. En caso que el proyecto incluya solicitud de fondos para
mejora de local, se solicita documentación probatoria de
propiedad, o arrendamiento, o comodato del bien inmueble,
cuyo período remanente deberá ser igual o mayor a cinco años.
Documentos que se solicitan (a subir al sistema en formato
digital): Copia de título de propiedad o documentación probatoria
de arrendamiento o comodato.
6. En el caso que la organización solicitante desarrolle parte
o la totalidad de su actividad económica bajo un acuerdo
interinstitucional público-privado, deberá presentar
documentación probatoria del mismo.
Documentos que se solicitan (a subir al sistema en formato
digital): Copia de convenio o similar que detalle objeto, derechos y
obligaciones de las partes, plazos y cualquier otra información que
ilustre el tipo y alcance del acuerdo.
7. En caso de haber participado de otras convocatorias del MIEM,
no mantener saldos pendientes de rendición de los fondos
entregados ni de las contrapartidas exigidas en los convenios
oportunamente suscritos.
8. No registrar incumplimientos ni renuncias a fondos no
reembolsables otorgados por el MIEM en el marco de ediciones
anteriores de esta Convocatoria como Titular de proyecto o
Aliada.
h) Innovación aplicada a los procesos industriales, semi-
industriales o de prestación de servicios conexos a la industria
i) Mejora en la cantidad y/o calidad del empleo
j) Procesos de internacionalización (solo en MODALIDAD
ASOCIADA)
k) Mejoras en los procesos de gestión ambiental de la organización
l) Inversión con propósito directo en el desarrollo sostenible de
la comunidad donde despliega su actividad.
EN ESTA EDICIÓN LA POSTULACIÓN SE REALIZA
UNICAMENTE EN LÍNEA (NO SE ADMITE OTRA MODALIDAD
DE PRESENTACIÓN DE PROYECTOS)
(Ver trámite de postulación al nal de este documento)
BASES CONVOCATORIA 2023
MODALIDAD SIMPLE
CONDICIONES DE POSTULACIÓN
Para poder postular, la organización deberá obligatoriamente:
1. Presentar un proyecto de inversión (máximo 20 páginas) que
contenga:
- Resumen ejecutivo.
- Antecedentes de la cooperativa o Sociedad de Fomento Rural.
- Objetivo del proyecto: a) qué se hará; b) cómo esto impactará en la
competitividad de la empresa y c) si el proyecto plantea un propósito
directo en el desarrollo sostenible de la comunidad donde despliega
su actividad, describir el impacto proyectado.
- Estudio de mercado: clientes, demanda, proyección, otros.
- Análisis técnico: tipo de tecnología, rendimientos, capacidad
operativa, etc.
- Análisis nanciero: costos, ujo de caja, proyecciones.
- Detalle de cada uno de los gastos e inversiones, acompañado por
sus respectivos presupuestos en caso que corresponda, discriminando
importe sin IVA, IVA y total.
- El detalle de cada uno de los gastos e inversiones debe especicar
su fuente de nanciamiento: si es MIEM o si es contrapartida de la
cooperativa o SFR.
- Cronograma de gastos e inversiones previsto, identicando los
principales hitos del proyecto.
- En caso de haber sido premiada en anteriores ediciones de esta
convocatoria, la solicitante deberá especicar claramente cuáles fueron
las mejoras generadas en la empresa con los fondos obtenidos en las
oportunidades correspondientes, cómo impactó el desarrollo del
proyecto en su actividad empresarial y de qué modo se relaciona este
antecedente con la presente postulación.
Se pueden agregar en anexos, documentos de interés como
diagnósticos empresariales y otros estudios que aporten información
sustantiva sobre la gestión empresarial cooperativa.
Documentos que se solicitan (a subir al sistema en formato
digital):

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