Diario Oficial de la República del Uruguay del 23 de mayo de 2023 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 31.180 - mayo 23 de 2023
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 18 de mayo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
1
Resolución 1.142/022
Acéptase la renuncia presentada por la Dra. María Florencia Cadenas,
Técnico III Médico, al contrato suscrito al amparo del art. 256 de la Ley
18.834, perteneciente al Hospital Vilardebó.
(1.387)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 24 de Marzo de 2022
Visto: la renuncia por motivos particulares presentada por la
funcionaria contratada al amparo de lo dispuesto por el artículo 256 de
la Ley No. 18.834, Dra. María Florencia Cadenas Levaggi C.I. 4.620.740-
8, como Técnico III Médico, Escalafón A, Grado 8, Correlativo No. 1340.
Considerando: que el contrato de la citada funcionaria se nancia
con el cargo vacante de Técnico III Médico, Escalafón A, Grado 8,
Correlativo No. 1340, de la Unidad Ejecutora 007, Hospital Vilardebó.
Atento: a lo expuesto, y a las atribuciones delegadas por Resolución
del Directorio de A.S.S.E. No. 5674/14 de fecha 18/12/2014.
La Gerencia Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1º) Acéptase la renuncia presentada por la Dra. María Florencia
Cadenas Levaggi, C.I. 4.620.740-8, al contrato suscrito al amparo del
Artículo 256 de la Ley No. 18.834, Técnico III Médico, Escalafón A,
Grado 8, Correlativo No. 1340, perteneciente a la Unidad Ejecutora
007, Hospital Vilardebó.
2º) Comuníquese a la Unidad Ejecutora 007 para conocimiento y
noticación de la interesada y a la Unidad Ejecutora 087, Asistencia
Integral.
3º) Tome nota Sector Historia Laboral, Habilitaciones, Dirección
de Gestión Remuneraciones, División Sueldos y División Gestión
Sistemas de RRHH. Cumplido, archívese en la Unidad Ejecutora 007.
Res.: 1142/2022
Ref.: 29/007/2/205/2022
ar.
Dra. Laura Martínez Baldizoni, Gerente de Recursos Humanos
de A.S.S.E.
2
Resolución 1.690/022
Rectifícase la redacción de las Resoluciones de la Gerencia Administrativa
de ASSE números 968/2022, de fecha 25 de febrero de 2022 y
1308/2022, de fecha 10 de marzo de 2022.
(1.388)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 28 de Marzo de 2022
Visto: que por Resolución Nº 968/2022 dictada por la Gerencia
Administrativa de A.S.S.E., con fecha 25/02/2022, se autorizó la
transferencia a la Comisión de Inversiones de la Unidad Ejecutora
068 de la suma de $ 97.600 (noventa y siete mil seiscientos pesos
uruguayos), la cual se recticó por Resolución N.º 1308/2022 de fecha
10/03/2022;
Considerando: que corresponde recticar el Considerando I) y
el Resuelve 2º) de las mencionadas resoluciones debió decir que el
Proyecto es el 785;
Atento: a lo establecido por los Artículos 33 y ss. del TOCAF y a la
Resolución N.º 7117/2018 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 16/01/19;
El Gerente Administrativo de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Rectifícase las resoluciones de la Gerencia Administrativa de
A.S.S.E. Nº 968/2022 de fecha 25/02/2022 y N.º 1308/2022 de fecha
10/03/2022, estableciendo que quedarán redactados de la siguiente
manera: a) el Considerando I) “que se cuenta con los créditos
presupuestales correspondientes al ejercicio 2022, con cargo al
Programa 440, Proyecto 785, Objeto del Gasto 563”; b) el Resuelve 2º)
“La referida erogación se atenderá con los créditos presupuestales
correspondientes al 2022, con cargo al Programa 440, Proyecto 785,
Objeto del Gasto 563”.
2º) Mantiénese en todos sus términos el resto del referido acto
administrativo.
3º) Pase a la Dirección de Auditoría Delegada del Tribunal de
Cuentas de la República y su posterior envío a la Comisión de
Inversiones de la U.E. 068.
Nota: 1281/2022
Res.: 1690/2022
me
Cr. Juan A. Behrend, Gerente Administrativo, A.S.S.E.
4Documentos Nº 31.180 - mayo 23 de 2023 | DiarioOficial
Publicaciones
Jurídicas
3
Resolución 2.404/022
Adjudícase la Compra Directa Nº 16/2022, relativa a la adquisición del
vehículo que se determina, con destino al Centro Departamental de
Artigas.
(1.389)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 15 de Junio de 2022
Visto: la Compra Directa Nº 16/2022, referente a la “Adquisición
de un minibus 17 pasajeros”, con destino al Centro Departamental de
Artigas, U.E. 015 de A.S.S.E.;
Resultando: que según la autorización del Gerente Administrativo
de A.S.S.E (fs. 1) corresponde adjudicar el presente procedimiento a
la rma HYUNDAI FIDOCAR S.A.;
Considerando: que por lo manifestado corresponde proceder en
consecuencia;
Atento: a lo establecido y la Resolución de Directorio de A.S.S.E.
Nº 7117/18 de fecha 16/01/19;
El Gerente Administrativo de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Adjudícase la Compra Directa Nº 16/2022, referente a la
Adquisición de un minibus 17 pasajeros”, con destino al Centro
Departamental de Artigas, U.E. 015 de A.S.S.E. a la rma HYUNDAI
FIDOCAR S.A. de 1 minibus para 17 pasajeros Marca Hyundai, Modelo
H350, según detalles en la oferta de fs. 2 a 7. Garantía 3 años o 100.000
km lo que ocurra primero, bajo la Modalidad CIF Montevideo, al
precio unitario de USD 36.500 (treinta y seis mil quinientos dólares
americanos) más 8% por concepto de comisiones bancarias, aduaneras,
tasas portuarias y gastos terminales, lo que hace un total de USD
39.420 (treinta y nueve mil cuatrocientos veinte dólares americanos)
con recargos incluidos.
2º) El Plazo de entrega: inmediata.
3º) El Monto Total adjudicado a la rma Hyundai Fidocar S.A., en
la Modalidad CIF Montevideo, pago con carta de Crédito doméstica
e irrevocable es de USD 36.500 (treinta y seis mil quinientos dólares
americanos).
4º) El monto Total de la presente Compra Directa asciende a la
suma de USD 39.420 (treinta y nueve mil cuatrocientos veinte dólares
americanos) con los recargos por concepto de comisiones bancarias,
aduaneras, tasas portuarias y gastos terminales incluidos.
5º) Pase a la Dirección de Recursos Económicos Financieros para
efectuar la reserva del gasto, posteriormente pase a la Dirección de
la Auditoría Delegada del Tribunal de Cuentas para su intervención.
6º) Cumplido pase a la Dirección de Recursos Materiales de A.S.S.E.
para noticar a la rma.
Nota: 1388/2022
Res.: 2404/2022
/scl
Cr. Juan A. Behrend, Gerente Administrativo, A.S.S.E.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE CANELONES
4
Resolución 3.547/023
Suspéndense, preventiva y temporalmente los Permisos de todas las
actividades extractivas de arena en el departamento de Canelones, que
se llevan a cabo en la Cuenca del Río Santa Lucía, y convócase a un
Equipo de Trabajo Interinstitucional e Interdisciplinario con el objetivo de
elaborar un Protocolo de Actuación al respecto.
(1.393*R)
INTENDENCIA DE CANELONES
Resolución Expediente Fecha
Nº 23/03547 2023-81-1070-00098 15/05/2023
VISTO: las actuaciones de expediente N.º 2023-81-1070-00098
RESULTANDO:
I) que la situación actual de Sequía Extrema y la importancia
fundamental del Río Santa Lucía con sus ecosistemas asociados para
el abastecimiento de agua potable aproximadamente al 60% de la
población de nuestro país;
II) que las diversas situaciones irregulares referidas a
actividades extractivas de arena en distintos puntos de la Cuenca
del Río Santa Lucía (se adjunta información detallada y registros
gráficos), han generado alteraciones en sectores importantes
vulnerables del mencionado curso y modificaciones de la
vegetación en sus riberas;
III) que el impacto de las actividades mencionadas y la necesidad
de adoptar el Principio de Precaución como referencia fundamental
al momento de tomar decisiones sobre una cuenca clave como la del
Río Santa Lucía;
CONSIDERANDO:
I) la urgencia de contextualizar las decisiones vinculadas a esta
actividad en la situación de Sequía Extrema (denida así por INUMET)
que afecta nuestra región;
II) la importancia de tomar decisiones que cambien las condiciones
y aporten las garantías con que se realiza esta actividad;
III) que las actividades extractivas de arena necesitan contar con
los permisos de Emplazamiento y las Habilitaciones Departamentales
correspondientes; y de acuerdo a la competencia establecida en el
Capitulo II, Artículo 35, Numeral 21 Inciso A), C), y Artículo 24 Inciso
C, de la ley 9515 .
EL INTENDENTE DE CANELONES
RESUELVE:
1.- SUSPENDER, preventiva y temporalmente los Permisos de
todas las actividades extractivas de arena en el departamento de
Canelones, que se llevan a cabo en la Cuenca del Río Santa Lucía.
2.- CONVOCAR a un Equipo de Trabajo Interinstitucional e
Interdisciplinario con el objetivo de elaborar un Protocolo de Actuación
que permita dar las máximas garantías al momento de evaluar, habilitar
y controlar la actividad extractiva de arena en el Departamento, como
insumo fundamental para el reinicio de dichas actividades.
3.- POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS,
5
Documen tos
Nº 31.180 - mayo 23 de 2023
DiarioOficial |
incorpórese al Registro de Resoluciones, publíquese, comuníquese a
la Junta Departamental, los Ministerios y a las Direcciones Generales.
Resolución aprobada en Acta 23/00283 el 15/05/2023
*Firmado electrónicamente por Yamandú Orsi
*Firmado electrónicamente por Francisco Legnani.
INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
5
Resolución 2.239/023
Promúlgase el Decreto Departamental 38.290, de fecha 27 de abril de
2023, por el que se modica el inciso 4º del art. D.98.1 del Volumen III
del Digesto.
(1.392*R)
Unidad: Resolución Nro.:
SECRETARIA GENERAL 2239/23
II.2
Expediente Nro.:
2023-9067-98-000008
Montevideo, 15 de mayo de 2023
VISTO: el Decreto N.º 38.290 sancionado por la Junta Departamental
de Montevideo el 27 de abril de 2023 y recibido por este Ejecutivo
el 5 de mayo del presente año, por el cual de conformidad con la
Resolución N.º 0900/23, de 14/02/23, se modica el inciso 4º del artículo
D.98.1 del Volumen III del Digesto (incorporado por el artículo 23
del Decreto Nº 34.853, de fecha 23 de diciembre de 2013), de la forma
que se indica;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Promúlgase el Decreto No. 38.290, sancionado el 27 de abril
de 2023.-
2.- Publíquese y comuníquese a la Junta Departamental de
Montevideo, al Departamento de Gestión Humana y Recursos
Materiales, a las Divisiones Asesoría Jurídica, al Servicio Planeamiento
Estratégico y Desarrollo de Personas, a los Equipos Técnicos de
Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca
Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho para su incorporación
al registro, a la División Información y Comunicación para adjuntar
el expediente y comunicar a la Junta Departamental de Montevideo
la constancia de publicación y téngase presente y al Departamento
de Gestión Humana y Recursos Materiales para proseguir con los
trámites pertinentes.-
Resolución comprendida en el Acuerdo Nro. 1.343/2023 Firmado
por INTENDENTA DE MONTEVIDEO ANA CAROLINA COSSE
GARRIDO.
Resolución comprendida en el Acuerdo Nro. 1.343/2023 Firmado
por SECRETARIA GENERAL OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS.
6
Resolución 2.247/023
Promúlgase el Decreto Departamental 38.297, de fecha 27 de abril
de 2023, por el que se sustituye la redacción del art. D.223.213.4 de
la Sección IV “Zonicación Terciaria. Área Intermedia”, Capítulo IV
“Normas Particulares”, Título IV “De las normas de Régimen General
en suelo urbano”, del Volumen IV “Ordenamiento Territorial, Desarrollo
Sostenible y Urbanismo” del Digesto Departamental, en la redacción
dada por el art. 1º del Decreto Departamental 34.014 de fecha 19 de
diciembre de 2011 y modicativas.
(1.390*R)
Unidad: Resolución Nro.:
SECRETARIA GENERAL 2247/23
II.11
Expediente Nro.:
2020-1001-98-000859
Montevideo, 15 de mayo de 2023
VISTO: el Decreto Nº 38.297 sancionado por la Junta Departamental
de Montevideo el 27 de abril de 2023 y recibido por este Ejecutivo el 5 de
de mayo del mismo año, por el cual de conformidad con la Resolución
Nº 5515/22 de 26/12/22 se sustituye la redacción del artículo D.223.213.4
de la Sección IV “Zonicación Terciaria. Área Intermedia”, Capítulo
IV “Normas Particulares”, Título IV “De las normas de Régimen
General en suelo urbano”, del Volumen IV “Ordenamiento Territorial,
Desarrollo Sostenible y Urbanismo” del Digesto Departamental, en la
redacción dada por el artículo 1º del Decreto Nº 34.014 de fecha 19 de
diciembre de 2011 y modicativas, en la forma que se indica;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Promúlgase el Decreto Nº 38.297 sancionado el 27 de abril de
2023.
2.- Consignar que lo dispuesto en el decreto que se promulga
entrará en vigencia a partir de la fecha de la presente resolución.-
3.- Publíquese y comuníquese a la Junta Departamental de
Montevideo, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría
Jurídica, de Desarrollo Municipal y Participación, a los Equipos
Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la
Biblioteca Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho para su
incorporación al Registro, a la División Información y Comunicación
para adjuntar al expediente y comunicar a la Junta Departamental
de Montevideo la constancia de publicación y a la División Asesoría
Jurídica a sus efectos.-
Resolución comprendida en el Acuerdo Nro. 1.343/2023 Firmado
por INTENDENTA DE MONTEVIDEO ANA CAROLINA COSSE
GARRIDO.
Resolución comprendida en el Acuerdo Nro. 1.343/2023 Firmado
por SECRETARIA GENERAL OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS.

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