Diario Oficial de Uruguay del 06/09/2017 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.777 - setiembre 6 de 2017
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 30, 31 de agosto y 4 de setiembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
1
Resolución S/n
Dispónese el levantamiento de las Servidumbres Mineras de Ocupación
y de Paso, impuestas por Resolución del Poder Ejecutivo del 9 de enero
de 2015, a los predios padrones y localidades que se determinan.
(3.441)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 29 de Agosto de 2017
VISTO: que la empresa Schuepbach Energy Uruguay S.R.L solicita
el levantamiento de servidumbres de ocupación y paso declaradas por
la Resolución del Poder Ejecutivo, dictada por el Ministro de Industria,
Energía y Minería en ejercicio de atribuciones delegadas, con fecha 9
de enero de 2015;
RESULTANDO: que las referidas Servidumbres Mineras fueron
establecidas por el mencionado acto administrativo, en virtud del
contrato suscrito entre la Administración Nacional de Combustibles,
Alcohol y Portland (ANCAP) y la empresa Schuepbach Energy
Uruguay S.R.L., para la exploración - explotación de hidrocarburos
en área continental (Onshore) de la República Oriental del Uruguay;
CONSIDERANDO: I) que la empresa aclara que el levantamiento
solicitado “no signica desafectación voluntaria o restitución de las áreas
otorgadas” por la Administración Nacional de Combustibles Alcohol
y Portland mediante los CONTRATOS PARA EL OTORGAMIENTO
DE ÁREAS PARA LA EXPLORACIÓN DE HIDROCARBUROS EN
ÁREA CONTINENTAL (ON SHORE) DE LA REPÚBLICA ORIENTAL
DEL URUGUAY que lucen en obrados;
II) que dichos levantamientos se solicitan por haber concluido el
relevamiento sísmico;
III) que basa su solicitud en la Cláusula 8 - Período de
Exploración- numeral 3.1, de los contratos mencionados, en la que
se prevén las servidumbres dinámicas y progresivas, ajustadas a la
necesidad de trabajos a realizar en zonas determinadas de las áreas
en cada etapa;
IV) que la empresa pide, se levanten las servidumbres declaradas
por la Resolución mencionada ut-supra de aquellos padrones en los
que los superciarios rmaron las respectivas rescisiones;
V) que la Asesoría Jurídica informa, que en virtud de lo expuesto,
sugiere que se proceda al levantamiento de las servidumbres
declaradas por la Resolución del Poder Ejecutivo, dictada por el
Ministro de Industria, Energía y Minería en ejercicio de atribuciones
delegadas, con fecha 9 de enero de 2015, en aquellos padrones en los
que los superciarios rmaron las respectivas rescisiones;
ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Industria, Energía y Minería, y lo dispuesto por la
Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 17 de julio de 2006.
LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas;
RESUELVE:
1
1º.- Dispónese el levantamiento de las Servidumbres Mineras
de Ocupación y Paso impuestas por la Resolución del Poder
Ejecutivo, dictada por el Ministro de Industria, Energía y Minería,
en ejercicio de atribuciones delegadas, con fecha 9 de enero
de 2015, que afectan a los predios padrones que se detallan a
continuación:
* predios padrones Nos. 635, 641, 647, 649, 650, 654, 656, 684,
1404, 1470, 1633, 5458, 5797, 6021, 7067, 7844, 8252, 8365 y
8897, ubicados en la 8va. Sección catastral del departamento
de Paysandú;
* predios padrones Nos. 5287, 5288 y 5290, ubicados en la 5ta.
Sección catastral del departamento de Salto;
* predio padrón Nº 6020, ubicado en la 7ma. Sección catastral
del departamento de Paysandú;
2
2º.- Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología a sus efectos.
CAROLINA COSSE.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
2
Resolución 2.894/017
Autorízase la inclusión de la funcionaria Sra. Alma Teresita Vargas Viera
en la Estructura Salarial correspondiente a los Auxiliares de Enfermería y
Auxiliares de Servicio de los CTI de ASSE.
(3.442)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 18 de Agosto de 2017
Visto: que por Resolución Nº 6098/2015 del Directorio de A.S.S.E.
de fecha 02/12/2015 se aprobó la Estructura Salarial para los Auxiliares
de Enfermería y Auxiliares de Servicio de los CTI de A.S.S.E.;
Resultando: I) que dicha resolución establece una serie de
condiciones y particularidades respecto a la adecuación de los salarios
de dichas funciones en los CTI de A.S.S.E. y al cumplimiento efectivo
de funciones en esos Servicios;
II) que la Dirección del Centro Departamental de Tacuarembó
solicita la incorporación en dicho complemento de la funcionaria Sra.
Alma Teresita Vargas Viera (C.I. 3.998.762-7), quien presta funciones
en el Servicio de CTI del Establecimiento a partir del 19/05/17;
Considerando: que según informe de la Dirección Administrativa
Financiera de la Gerencia de Recursos Humanos no existen
impedimentos económico para incluir en la Estructura Salarial referida
según los criterios jados, a la funcionaria Sra. Vargas;
Atento: a lo expuesto y a la Resolución Nº 5674/14 del Directorio
de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia General de A.S.S.E.
en el ejercicio de las atribuciones delegadas
Resuelve:
1º) Autorízase la inclusión de la funcionaria Sra. Alma Teresita

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