Diario Oficial de Uruguay del 16/11/2016 (contenido completo)

2Documentos Nº 29.581 - noviembre 16 de 2016 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 11 y 14 de noviembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
1
Resolución S/n
Incorpóranse a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a
diez dígitos, los ítems arancelarios que se indican.
(2.045*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 7 de Noviembre de 2016
VISTO: lo dispuesto por el Decreto Nº 312/016, de 03 de octubre
de 2016 y la Resolución Nº 4296/011 del Ministerio de Economía y
Finanzas, de 19 de diciembre de 2011.-
RESULTANDO: I) que el referido Decreto incorpora al
ordenamiento jurídico nacional las Resoluciones del Grupo Mercado
Común Nº 02/16, Nº 03/16, Nº 04/16 y Nº 05/16, así como la Resolución
S/N del Ministerio de Economía y Finanzas de fecha 19 de diciembre de
2011, que sustituye la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada
a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario.
II) que el Decreto modica la Nomenclatura Común del Mercosur
así como su correspondiente Arancel Externo Común.
III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado
en la norma invocada es conveniente realizar modicaciones en la
nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente
régimen arancelario.
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el
Anexo de la Resolución Nº 4296/011 de esta Secretaría de Estado de
fecha 19 de diciembre de 2011, de acuerdo a lo establecido en el Decreto
Nº 312/016 de 03 de octubre 2016.
ATENTO: a lo expuesto;
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
1
1º.- Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur
estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario,
aprobada por la Resolución Nº 4296/011 del Ministerio de Economía
y Finanzas, de 19 de diciembre de 2011, el contenido del Anexo que
se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
2
2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
DANILO ASTORI.
ANEXO
CÓDIGO DESCRIPCIÓN A.E. CL TGAE/Z TGAI/Z UVF
C.
2009.89.1 Jugo de durazno,
de acerola
(Malpighia spp.)
y de maracuyá
(Passiora edulis)
2009.89.11.00 De durazno,
de valor Brix
superior o igual
a 60
14 14 010
2009.89.12.00 De acerola
(Malpighia spp.) 14 14 010
2009.89.13.00 De maracuyá
(Passiora
edulis)
14 14 010
2009.89.19.00 Los demás 14 14 010
2009.89.90.00 Los demás 14 14 010
2836.60 - Carbonato de
bario
2836.60.10.00 Con un
contenido de
BaCO3 superior
o igual al 98 %
en peso
2 2 0 10
2836.60.90.00 Los demás 10 10 010
2935.00.94.00 Nimesulida 2 2 0 10
3823.13.00.00 -- Ácidos grasos
de «tall oil»14 14 010
Eliminación de códigos: 2009.89.10.00 y 2836.60.00.00.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE CERRO LARGO
2
Resolución S/n
Promúlgase el Decreto Departamental 51/016, por el que se autoriza a la
Intendencia de Cerro Largo a enajenar los inmuebles que se mencionan
de la ciudad de Melo.
(2.043*R)
Junta Departamental de Cerro Largo
Melo, 21 de octubre de 2016.-
Of. 486/16
Sr. Intendente Departamental de Cerro Largo
Ec. Luis Sergio Botana
Presente
De nuestra mayor consideración:
Adjunto remito Decreto Nº 51/16 aprobado en la pasada sesión del
día 20 de los corrientes por unanimidad 29 ediles presentes en Sala,
autorizándose a la Intendencia de Cerro Largo, a enajenar por título
compraventa y modo tradición, los bienes inmuebles que forman
parte del Complejo Habitacional EC-4 de la localidad catastral ciudad
de Melo, individualizados como padrones 1296/A/101, 1296/A/102,
1296/A/103, 1296/A/104, 1296/A/201, 1296/A/202, 1296/A/203,
1296/A/204, 1296/A/301, 1296/A/302, 1296/A/303, 1296/A/304, y
1296/B/001, 1296/B/002, 1296/B/003, 1296/B/004; 1296/B/101, 1296/B/102,
1296/B/103, 1296/B/104, 1296/B/201, 1296/B/202, 1296/B/203, 1296/B/204,
1296/B/301, 1296/B/302, 1296/B/303, y 1296/B/304.-

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