Diario Oficial de Uruguay del 16/11/2016 (contenido completo)
2Documentos Nº 29.581 - noviembre 16 de 2016 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 11 y 14 de noviembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
1
Resolución S/n
Incorpóranse a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a
diez dígitos, los ítems arancelarios que se indican.
(2.045*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 7 de Noviembre de 2016
VISTO: lo dispuesto por el Decreto Nº 312/016, de 03 de octubre
de 2016 y la Resolución Nº 4296/011 del Ministerio de Economía y
Finanzas, de 19 de diciembre de 2011.-
RESULTANDO: I) que el referido Decreto incorpora al
ordenamiento jurídico nacional las Resoluciones del Grupo Mercado
Común Nº 02/16, Nº 03/16, Nº 04/16 y Nº 05/16, así como la Resolución
S/N del Ministerio de Economía y Finanzas de fecha 19 de diciembre de
2011, que sustituye la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada
a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario.
II) que el Decreto modica la Nomenclatura Común del Mercosur
así como su correspondiente Arancel Externo Común.
III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado
en la norma invocada es conveniente realizar modicaciones en la
nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente
régimen arancelario.
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el
Anexo de la Resolución Nº 4296/011 de esta Secretaría de Estado de
fecha 19 de diciembre de 2011, de acuerdo a lo establecido en el Decreto
Nº 312/016 de 03 de octubre 2016.
ATENTO: a lo expuesto;
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
1
1º.- Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur
estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario,
aprobada por la Resolución Nº 4296/011 del Ministerio de Economía
y Finanzas, de 19 de diciembre de 2011, el contenido del Anexo que
se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
2
2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
DANILO ASTORI.
ANEXO
CÓDIGO DESCRIPCIÓN A.E. CL TGAE/Z TGAI/Z UVF
C.
2009.89.1 Jugo de durazno,
de acerola
(Malpighia spp.)
y de maracuyá
(Passiora edulis)
2009.89.11.00 De durazno,
de valor Brix
superior o igual
a 60
14 14 010
2009.89.12.00 De acerola
(Malpighia spp.) 14 14 010
2009.89.13.00 De maracuyá
(Passiora
edulis)
14 14 010
2009.89.19.00 Los demás 14 14 010
2009.89.90.00 Los demás 14 14 010
2836.60 - Carbonato de
bario
2836.60.10.00 Con un
contenido de
BaCO3 superior
o igual al 98 %
en peso
2 2 0 10
2836.60.90.00 Los demás 10 10 010
2935.00.94.00 Nimesulida 2 2 0 10
3823.13.00.00 -- Ácidos grasos
de «tall oil»14 14 010
Eliminación de códigos: 2009.89.10.00 y 2836.60.00.00.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE CERRO LARGO
2
Resolución S/n
Promúlgase el Decreto Departamental 51/016, por el que se autoriza a la
Intendencia de Cerro Largo a enajenar los inmuebles que se mencionan
de la ciudad de Melo.
(2.043*R)
Junta Departamental de Cerro Largo
Melo, 21 de octubre de 2016.-
Of. 486/16
Sr. Intendente Departamental de Cerro Largo
Ec. Luis Sergio Botana
Presente
De nuestra mayor consideración:
Adjunto remito Decreto Nº 51/16 aprobado en la pasada sesión del
día 20 de los corrientes por unanimidad 29 ediles presentes en Sala,
autorizándose a la Intendencia de Cerro Largo, a enajenar por título
compraventa y modo tradición, los bienes inmuebles que forman
parte del Complejo Habitacional EC-4 de la localidad catastral ciudad
de Melo, individualizados como padrones 1296/A/101, 1296/A/102,
1296/A/103, 1296/A/104, 1296/A/201, 1296/A/202, 1296/A/203,
1296/A/204, 1296/A/301, 1296/A/302, 1296/A/303, 1296/A/304, y
1296/B/001, 1296/B/002, 1296/B/003, 1296/B/004; 1296/B/101, 1296/B/102,
1296/B/103, 1296/B/104, 1296/B/201, 1296/B/202, 1296/B/203, 1296/B/204,
1296/B/301, 1296/B/302, 1296/B/303, y 1296/B/304.-
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