Diario Oficial de Uruguay del 29/06/2017 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.730 - junio 29 de 2017
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 26 y 27 de junio y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
1
Resolución S/n
Prorrógase la excepción de la aplicación del arancel jado por el
Decreto 643/006 a los productos cuyo ítem se especica, productor
(PASTAS ESPECIALES S.A.), exportador (ALICORP ARGENTINA S.C.A.) e
importador (SOLDO HNOS. S.A.).
(1.918)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 26 de Junio de 2017
VISTO: que el artículo 1º del Decreto Nº 367/011, de 14 de octubre
de 2011, establece que todo importador que haya sido exceptuado del
arancel jado de conformidad con el artículo 1º del Decreto Nº 473/2006,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 9º del citado decreto, deberá
presentar cada dos años un certicado emitido por la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la República Argentina, que
establezca que no ha recibido benecios tributarios al amparo del
régimen de Zonas de Promoción Industrial en los últimos dos años
para los productos clasicados en la misma partida arancelaria que
el producto incluido en el régimen y/o productos que sean insumos o
formen parte del producto nal incluido en el régimen.
RESULTANDO: I) que la empresa SOLDO HNOS. S.A. presentó
constancia de inscripción, emitida por la AFIP de la República
Argentina con fecha 12 de mayo de 2017, de acuerdo a lo establecido en
los artículos 1º y 3º del Decreto Nº 367/011, ante la Dirección Nacional
de Industrias;
II) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el
cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 1º del Decreto
Nº 367/011.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por
el Decreto Nº 473/2006, de 27 de noviembre de 2006, el Decreto Nº
643/2006, de 27 de diciembre de 2006 y el Decreto Nº 367/2011, de 14
de octubre de 2011;
LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
1
1º.- Prorrógase la excepción otorgada mediante Resolución
Ministerial de 28 de agosto de 2015 (a regir para los despachos de
importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de
Aduanas desde el 17 de julio de 2015 y hasta el 16 de julio de 2017) de
la aplicación del arancel jado por el Decreto Nº 643/006 en su Anexo
I a los productos, productor, exportador e importador especicados
a continuación:
NCM - Descripción Productor Exportador Importador
1905.90.90.00: PRODUCTOS DE
PANADERÍA, PASTELERÍA
O GALLETERÍA, INCLUSO
CON ADICIÓN DE CACAO;
HOSTIAS, SELLOS VACIOS DE
LOS TIPOS UTILIZADOS PARA
MEDICAMENTOS, OBLEAS
PARA SELLAR, PASTAS SECAS
DE HARINA, ALMIDÓN
O FÉCULA, EN HOJAS Y
PRODUCTOS SIMILARES. Los
demás. Los demás.
PASTAS
ESPECIALES
S.A.
ALICORP
ARGENTINA
S.C.A.
SOLDO
HNOS. S.A.
RUT: 210
342 060 015
2
2º.- Esta prórroga de la excepción arancelaria regirá para todos los
despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección
Nacional de Aduanas desde el 17 de julio de 2017 y hasta el 16 de julio
de 2019, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº
367/2011.
3
3º.- Comuníquese y publíquese en el Diario Ocial y en la página
web del Ministerio de Industria, Energía y Minería.
4
4º.- Cumplido, archívese por la Dirección Nacional de Industrias.
CAROLINA COSSE.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
2
Resolución 2.145/017
Adjudícase a la Firma YOLBY S.A. la Licitación Pública 2/2017
“Contratación de Servicio de Limpieza” para el Centro Departamental
de Florida.
(1.915)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 14 de Junio de 2017
Visto: estos antecedentes relacionados con el llamado a Licitación
Pública Nº 2/2017 “Contratación de Servicio de Limpieza” para el
Centro Departamental de Florida;
Resultando: que el día 01/12/2016 se realizó el Acto de Apertura
al que se presentaron 11 (once) oferentes;
Considerando: I) que de acuerdo al informe producido por
la Comisión Asesora de Adjudicaciones (fs. 528 y 529), se estima
conveniente adjudicar dicha Licitación a la Empresa YOLBY SA., por
menor precio y por cumplir con los requisitos mínimos de conformidad
con lo establecido en el Pliego Particular de Condiciones.
II) que las presentes actuaciones cuentan con el visto del Tribunal
de Cuentas de la República (fs. 538 y 539), quien comete la intervención
al Contador Delegado en A.S.S.E.;
Atento: a lo establecido por el artículo 33 y siguientes del TOCAF
y al artículo 5º de la Ley 18.161 de fecha 29/07/07;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Adjudicase a la Firma YOLBY S.A. la Licitación Pública

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