Diario Oficial de Uruguay del 30/12/2016 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.613 - diciembre 30 de 2016
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 27 y 28 de diciembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
FE DE ERRATAS
Con fecha 26 de Diciembre de 2016 se publicó en el Diario Ocial
Nº 29.609 la Resolución 1072/016 del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, que aprueba la Resolución de la ANP 519/3.839 por
la que se amplía la habilitación a la rma RILCOMAR S.A., para
prestar servicios en el Puerto de Montevideo.
En dicha publicación la Resolución 1072/016 salió bajo el
encabezado de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y debió
salir bajo Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Queda hecha la salvedad.
dispuesto por la Resolución de URSEA Nº 44/008, de 24 de abril de
2008, desde el 18 de octubre de 2016, por el término de 20 días hábiles;
V) que se recibieron aportes relacionados con el costo de la Central
Generadora y con la rentabilidad, los que fueron tenidos en cuenta a
efectos de ajustar los valores;
CONSIDERANDO: I) que se debe establecer un precio de
referencia para la valorar la contribución de los generadores al
mercado eléctrico, en el aporte de capacidad de respaldo al sistema de
garantía de suministro, así como aportando a la reserva de potencia
del despacho;
II) que corresponde se publiquen en la Web institucional las
contribuciones y observaciones, así como el informe en relación con
las mismas;
ATENTO: a lo dispuesto en el Reglamento del Mercado Mayorista
de Energía Eléctrica y a lo expuesto,
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1) Aprobar el Precio de referencia de la Potencia (PrP),
estableciéndolo en 8.2 US$/kW por mes.
2) Publíquese en la Web institucional los aportes a la Consulta
Pública y el informe en respuestas a las mismas, incluyendo su
documento Anexo I.
3) Publíquese en el Diario Ocial la presente resolución.
4) Comuníquese a la Dirección Nacional de Energía, a la ADME
y a la UTE.
Aprobado según Acta de Referencia Nº 65/2016 de fecha 27/12/2016.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
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Resolución S/n
Incorpórase a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se
determinan.
(2.469*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 27 de Diciembre de 2016
VISTO: La Resolución sin número de este Ministerio, de fecha 19 de
diciembre de 2011, que sustituye la nomenclatura estructurada a diez
dígitos, con su correspondiente régimen arancelario, sus modicativas
y el Decreto de fecha 26 de diciembre de 2016, que incorpora la
Resolución GMC Nº 26/16.
RESULTANDO: Que el referido Decreto aprobó el “Arancel
Externo Común basado en la Nomenclatura Común del Mercosur”
ajustada a la VI Enmienda del Sistema Armonizado.
CONSIDERANDO: I) Que es necesario ajustar la nomenclatura
estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario,
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE
ENERGÍA Y AGUA - URSEA
1
Resolución 423/016
Apruébase el Precio de referencia de la Potencia (PrP), estableciendo en
8.2 US$/kW por mes.
(2.468*R)
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE ENERGÍA Y AGUA
Resolución Expediente Acta Nº
Nº 423/016 Nº 0951-02-006-2015 65/2016
VISTO: El artículo 233 del Decreto Nº 360/002 del 11 de setiembre
de 2002 por el cual se aprobó el Reglamento del Mercado Mayorista
de Energía Eléctrica (RMMEE);
RESULTANDO: I) que dicha normativa, impone a la URSEA, que
cada tres años determine el Precio de Referencia de la Potencia para el
siguiente trienio de acuerdo a un procedimiento que explicita;
II) que a su vez, la ADME solicitó la determinación técnica de
un precio regulado a ser usado en el Mercado Mayorista Eléctrico
(MMEE). Dicho precio está relacionado con los pagos por faltantes de
capacidad de generación de respaldo, lo cual es una obligación para
el Distribuidor y los grandes consumidores, en caso de que contraten
su suministro fuera de UTE;
III) que a efectos de realizar una estimación del costo fijo
representativo de una unidad generadora de punta, necesario para
el cálculo del “Precio de referencia de la potencia” detallado en el
RMMEE, los técnicos de URSEA decidieron usar como base para una
primera determinación, la información de las ofertas presentadas en
el llamado de precios Nº K47825 que ha realizado UTE recientemente
cuyo objeto es la “Contratación para la adquisición llave en mano de
turbinas de gas por hasta 135 MW”;
IV) que, la propuesta se puso en Consulta Pública de acuerdo a lo

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