Ejercito y fuerza aerea. Compras. Prestamo españa. Destino.

Año1993
Número de Iniciativa89169
Tipo de proyectoLEY
Autor de la iniciativaPoder Ejecutivo -
Ley 16.413
Publicada D.O. 6 set/993 - Nº 23878
Ley Nº 16.413 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO A DESTINAR UNA SUMA CON RECURSOS CONCEDIDO PROVENIENTES DE UN PRESTAMO CONCEDIDO POR EL GOBIERNO DEL
REINO DE ESPAÑA, PARA FINANCIAR LO QUE SE DETERMINA
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:

Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo destinar al Ministerio de Defensa Nacional la suma de hasta U$S 13:749.222 (trece millones setecientos cuarenta y nueve mil doscientos veintidós dólares de los Estados Unidos de América) con recursos provenientes de un préstamo concedido por el Gobierno del Reino de España, para financiar:

-La adquisición para el Ejército Nacional de equipamiento para la preservación de áreas protegidas y forestales, la cartografía nacional, el transporte y trabajos de vialidad y la obtención de agua por un importe de U$S 12:000.000 (doce millones de dólares de los Estados Unidos de América).

-La adquisición para la Fuerza Aérea Uruguaya de un Sistema de Observación y Control de Comunicaciones Aerotransportado Modular por un importe de U$S 1:749.222 (un millón setecientos cuarenta y nueve mil doscientos veintidós dólares de los Estados Unidos de América).

Artículo 2º.- Autorízase a contratar directamente y con ajuste a los principios generales de la contratación administrativa sólo las obras y suministros condicionados por el contenido del Acuerdo de Préstamo realizado con el Gobierno del Reino de España.

Artículo 3º.- Facúltase, a los efectos del artículo 1º, a la Contaduría General de la Nación a habilitar el crédito correspondiente.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 24 de agosto de 1993.

GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 31 agosto de 1993.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

LACALLE HERRERA.
DANIEL HUGO MARTINS.
SERGIO ABREU.
IGNACIO de POSADAS MONTERO.

Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.

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