España-uruguay. Programa conversion deuda externa uruguay. Convenio. Aprobacion.
Número de Iniciativa | 21736 |
Tipo de proyecto | LEY |
Autor de la iniciativa | Poder Ejecutivo - |
Publicada D.O. 16 jul/003 - Nº 26298
Ley Nº 17.665 ESPAÑA - URUGUAY CONVENIO RELATIVO AL PROGRAMA DE CONVERSIÓN DE DEUDA EXTERNA URUGUAYA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:Artículo 1º.- Apruébase el Convenio a suscribirse entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Reino de España, referido al Programa de Conversión de Deuda Externa de nuestra República.
Artículo 2º.- Los proyectos a financiar en el marco del referido Programa podrán ser ejecutados por organismos y empresas públicas con capacidad técnica y financiera adecuada.
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo deberá informar, cada noventa días, a la Asamblea General sobre la aplicación de los fondos objeto de esta autorización.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 10 de julio de 2003.
LUIS HIERRO LÓPEZ,Presidente.
Mario Farachio,
Secretario. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 11 de julio de 2003.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.ALEJANDRO ATCHUGARRY.
DIDIER OPERTTI
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba