Gobierno y Frente acordaron nuevo régimen para públicos

El gobierno estableció un régimen de ocho horas diarias para los nuevos funcionarios que ingresen al Estado y recortó los feriados no laborables en el nuevo estatuto de los públicos. Los contratados pasarán a ser funcionarios públicos.La Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC) y el Frente Amplio formalizarán hoy un acuerdo para la creación del Estatuto del Funcionario Público. El estatuto establece una jornada laboral de ocho horas para los nuevos ingresos al Estado. Además se reserva el derecho de establecer "horarios extraordinarios o excepcionales" atendiendo a razones de servicio "debidamente fundadas".En la propuesta del Poder Ejecutivo se recortan los feriados no laborables pagos que pasan a ser cinco. El 1º de enero, el 1º de mayo, el 18 de julio, el 25 de agosto y el 25 de diciembre. En los mismos, los jerarcas de cada inciso podrán disponer el mantenimiento de "guardias de personal" a fin de atender tareas indispensables. En los feriados laborables y en Semana Santa, los jerarcas podrán disponer de guardias para atender tareas indispensables o que así lo requieran por la naturaleza del servicio.Los funcionarios que presten funciones en Semana Santa tendrán derecho a incorporar a sus vacaciones anuales el tiempo trabajado multiplicado por el factor 1,50.El nuevo texto al que accedió El País amplía el concepto de funcionario público a todos los que "cumplen funciones en una entidad estatal bajo una relación de subordinación", tal como se reclamaba desde la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE).En la actualidad, y según se establece en el Texto Ordenado de Normas sobre Funcionarios Públicos (Tofup), se considera funcionarios públicos "a toda persona que, nombrada por autoridad pública competente, participa en el funcionamiento de un servicio público permanente mediante el desempeño de un empleo remunerado, que acuerda derecho a jubilación".De acuerdo a la nueva definición, serán funcionarios públicos los presupuestados (con derecho a inamovilidad) y los contratados que se desempeñan en tareas transitorias, excepcionales, a término, o permanentes específicas "cuyo volumen no pueda ser afrontado por los funcionarios presupuestados".Al igual de lo establecido en el Tofup, en el nuevo estatuto no se consideran funcionarios públicos los regímenes regulados por los artículos 47, 51, 52, 54 y 58 de la Ley Nº 18.719 (Presupuesto Nacional). Dentro de este grupo se incluye a los becarios...

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