Impuesto renta personas fisicas (irpf). Aguinaldo y salario vacacional. Liquidacion. Modificacion.

Número de Iniciativa123577
Año2015
Tipo de proyectoLEY
Autor de la iniciativaPoder Ejecutivo -
Ley 19.321
Publicada D.O. 8 jun/015 - Nº 29224
Ley Nº 19.321 IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS AJUSTES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:

Artículo 1º.- Agrégase al artículo 36 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso:

"Las rentas computables originadas en el sueldo anual complementario y en la suma para el mejor goce de la licencia, obligatorias en virtud de disposiciones legales, no se ingresarán a la escala a que refiere el inciso anterior. El impuesto correspondiente a dichas rentas se determinará a través de la aplicación de una tasa proporcional de acuerdo a lo dispuesto en el artículo siguiente".

Artículo 2º.- Agrégase al artículo 37 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso:

"La tasa proporcional correspondiente a las rentas originadas en el sueldo anual complementario y en la suma para el mejor goce de la licencia, obligatorias en virtud de disposiciones legales, será la que corresponda al tramo superior de la escala aplicable al contribuyente de conformidad con lo dispuesto en el inciso anterior, sin la consideración de dichas partidas".

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 21 de mayo de 2015.

ALEJANDRO SÁNCHEZ,
Presidente.
Virginia Ortiz,
Secretaria.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 29 de mayo de 2015.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el ajuste al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas.

TABARÉ VÁZQUEZ.
EDUARDO BONOMI.
RODOLFO NIN NOVOA.
DANILO ASTORI.
ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
VÍCTOR ROSSI.
CAROLINA COSSE.
ERNESTO MURRO.
JORGE BASSO.
ENZO BENECH.
LILIAM KECHICHIAN.
ENEIDA de LEÓN.
MARINA ARISMENDI

Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.

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