Inmuebles estado soriano (dpto). Transferencia intendencia soriano.

Número de Iniciativa27110
Año2005
Tipo de proyectoLEY
Autor de la iniciativaCámara Representantes - Arregui, Roque; Novales, Gonzalo
Ley 17.988
Publicada D.O. 24 jul/006 - Nº 27040
Ley Nº 17.988 PADRONES RURALES EN LA ZONA DEL CASTILLO MAUÁ,
DEPARTAMENTO DE SORIANO
SE TRANSFIERE A TÍTULO GRATUITO DEL PATRIMONIO DEL ESTADO
A LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE SORIANO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:

Artículo 1º.- Transfiérense a título gratuito, del patrimonio del Estado -Poder Ejecutivo- al de la Intendencia Municipal de Soriano, los inmuebles sitos en la 1ª Sección Catastral y Judicial del departamento de Soriano, constituidos por cuatro fracciones de campo con todas las mejoras y construcciones que le acceden, a saber:

I) Los inmuebles empadronados con los números 11.190 (once mil ciento noventa), 11.191 (once mil ciento noventa y uno) y 11.192 (once mil ciento noventa y dos) (antes en mayor área con el Nº 224), que según el plano de mensura suscrito por el ingeniero agrimensor Alejandro Ferreira Fernández, el 13 de marzo de 2003, inscripto en la Oficina Delegada de Catastro de Soriano con el Nº 8.632, el 27 de junio del mismo año, se describen de la siguiente manera:

Inmueble Padrón Nº 11.190 (once mil ciento noventa), señalado como fracción 1, que consta de una superficie de 41 ha 2.712 m (cuarenta y una hectáreas dos mil setecientos doce metros), y se deslinda así: al este: partiendo de la ribera del río Negro y corriendo de norte a sur, una recta de 516 metros 61 centímetros; otra levemente inclinada con igual orientación de 177 metros; y otra recta que corre de oeste a este de 601 metros 30 centímetros -lindando todas con el inmueble Padrón Nº 11.191-, y con frente a Camino Vecinal líneas curvas de 350 metros 86 centímetros, y de 36 metros 49 centímetros de desarrollo y línea recta de 25 metros 51 centímetros; al sur: línea quebrada de tres rectas, comenzando la primera en el límite anterior y de una extensión de 650 metros 84 centímetros, y las restantes de 203 metros 10 centímetros y de 338 metros 75 centímetros -lindando las tres con el inmueble Padrón Nº 10.664-; al oeste: recta de 980 metros 56 centímetros lindando con el inmueble Padrón Nº 9.030; y al norte: el río Negro.

- Inmueble Padrón Nº 11.190 (once mil ciento noventa), señalado como fracción 1, que consta de una superficie de 41 ha 2.712 m (cuarenta y una hectáreas dos mil setecientos doce metros), y se deslinda así: al este: partiendo de la ribera del río
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