Ley No. 19683.- Apruébase el Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario/Fundamental/Básico y Medio/Secundario entre los estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

Artículo único Apruébase el Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario/ Fundamental/Básico y Medio/Secundario entre los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados, suscrito en la ciudad de San Juan, República Argentina, el 2 de agosto de 2010.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 17 de octubre de 2018.

LUCÍA TOPOLANSKY, Presidente; HEBERT PAGUAS, Secretario.

TEXTO DEL PROTOCOLO

PROTOCOLO DE INTEGRACIÓN EDUCATIVA Y RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y ESTUDIOS DE NIVEL PRIMARIO/FUNDAMENTAL/BÁSICO Y MEDIO/ SECUNDARIO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS,

La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en calidad de Estados Partes del MERCOSUR y el Estado Plurinacional de Bolivia, la República de Chile, la República de Colombia, la República del Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela, todos en adelante denominados las Partes para los efectos del presente Protocolo.

EN VIRTUD de los principios y objetivos enunciados en el Tratado de Asunción, suscripto el 26 de marzo de 1991; y de los términos contenidos en los Protocolos de Integración Educativa de Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario y Medio No Técnico, firmados el 5 de agosto de 1994 entre los Estados Partes del MERCOSUR, y el 5 de diciembre de 2002, entre éstos, Bolivia y Chile;

CONSCIENTES de que los procesos de integración regional deben promover una educación equitativa y de calidad, a fin de lograr un desarrollo creciente y armónico en los países de la región;

RECONOCIENDO la importancia de establecer un mecanismo de intercambio que favorezca el desarrollo educativo, cultural y científico - tecnológico de los Estados Partes y Asociados del MERCOSUR;

PREVIENDO que los Sistemas Educativos deben dar respuesta a los desafíos que presentan las transformaciones socio - culturales y productivas, en el marco de una consolidación democrática con menores desigualdades sociales;

SABIENDO que es fundamental promover el desarrollo educativo de la región por medio de un proceso de integración armónico y dinámico que facilite el acceso de los estudiantes a conocimientos relevantes y a la continuidad de estudios hasta la conclusión de los diferentes niveles del Sistema Educativo de los respectivos países;

INSPIRADOS en la voluntad de consolidar los factores de identidad, de la historia y del patrimonio cultural de los pueblos latinoamericanos;

CONSIDERANDO que es prioritario alcanzar acuerdos comunes relativos al reconocimiento de estudios de Nivel Primario/ Fundamental/Básico y Medio/Secundario, cursados en cualquiera de las Partes del presente Protocolo; con celeridad para garantizar la inserción de los estudiantes y su desarrollo sostenido en las instituciones educativas.

ACUERDAN:

ARTÍCULO PRIMERO

FINES

El presente Protocolo tiene por finalidad garantizar la movilidad estudiantil entre las Parles del presente instrumento, permitiendo establecer las equivalencias correspondientes entre los Sistemas Educativos de cada uno de ellos, intercambiando información relativa a sus Sistemas Educativos con el objetivo de generar herramientas y armonizar los mecanismos con vistas a asegurar la mencionada movilidad estudiantil.

ARTÍCULO SEGUNDO

COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL

Las Partes constituirán una Comisión Técnica Regional (CTR) en el ámbito de la Reunión de Ministros de Educación del MERCOSUR con el objeto de establecer las equivalencias correspondientes de los niveles de educación entre cada una de las Partes, armonizar los mecanismos administrativos que faciliten el desarrollo de lo establecido, crear otros que favorezcan la adaptación de los estudiantes en el país receptor y velar por el...

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