Ley No. 19869.- Establécense los lineamientos generales para la implementación y desarrollo de la telemedicina como prestación de los servicios de salud

Publicado enDiario Oficial de Uruguay

Ley 19.869

Establécense los lineamientos generales para la implementación y desarrollo de la telemedicina como prestación de los servicios de salud.

(1,437 R)

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

Artículo 1º La presente ley tiene por objeto establecer los iineamientos generales para la implementación y desarrollo de la telemedicina como prestación de los servicios de salud, a fin de mejorar su eficiencia, calidad e incrementar su cobertura mediante el uso de tecnologías de la información y de la comunicación.
Artículo 2º

A los efectos de la presente ley, se define la telemedicina como la provisión de los servicios de atención sanitaria, donde la distancia es un factor crítico, por todos los profesionales de atención sanitaria utilizando tecnologías de la información y :omunicación para el intercambio de información válida para el diagnóstico, tratamiento y prevención de enfermedades y lesiones, investigación y evaluación, y para la educación continua de los proveedores de atención sanitaria, todo en interés de mejorar la salud de sus individuos y sus comunidades.

Artículo 3º Los principios que sustentan la telemedicina son los siguientes:
  1. Universalidad.- A través de la telemedicina se garantiza un mejor acceso de toda la población a los servicios de salud.

  2. Equidad.- La...

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