Ley No. 19931.- Declárase a la ciudad de Mercedes “Capital Nacional del Cooperativismo” en el año 2021.

PODER EJECUTIVO

CONSEJO DE MINISTROS

Ley 19.931

Declárase a la ciudad de Mercedes “Capital Nacional del Cooperativismo” en el año 2021.

(5.495*R)

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

Artículo único Declárase a la ciudad de Mercedes “Capital Nacional del Cooperativismo” en el año 2021.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 9 de diciembre de 2020.

MARTÍN LEMA, Presidente; FERNANDO RIPOLL FALCONE, Secretario.

MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

MINISTERIO DE TURISMO

MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

MINISTERIO DE AMBIENTE

Montevideo, 18 de Diciembre de 2020

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de...

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