Ley No. 20.118.- Apruébase la Resolución A/74/L.86 “Mejora de la seguridad vial mundial” y se declara la década 2021 - 2030 “Segundo Decenio de Acción para la Seguridad Vial”.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

Artículo 1

Apruébase la Resolución A/74/L.86 "Mejora de la seguridad vial mundial" de 31 de agosto de 2020, aprobada en Nueva York por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Artículo 2

La República Oriental del Uruguay declara la década 2021-2030 "Segundo Decenio de Acción para la Seguridad Vial", con el objetivo de reducir en un 50% (cincuenta por ciento), la mortalidad y las lesiones causadas por los siniestros de tránsito en el período 2021 a 2030.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 15 de marzo de 2023.

BEATRIZ ARGIMÓN, Presidenta; MARÍA VICTORIA VERA, Prosecretaria.

Ver información adicional en el Diario Oficial digital.

Septuagésimo cuarto período de sesiones

Tema 12 del programa

Mejoramiento de la seguridad vial en el mundo

Resolución aprobada por la Asamblea General el 31 de agosto de 2020

[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/74/L.86 y

A/74/L.86/Add.1)]

74/299. Mejoramiento de la seguridad vial en el mundo

La Asamblea General,

Recordando sus resoluciones 57/309, de 22 de mayo de 2003, 58/9, de 5

de noviembre de 2003, 58/289, de 14 de abril de 2004, 60/5, de 26 de

octubre de 2005, 62/244, de 31 de marzo de 2008, 64/255, de 2 de marzo

de 2010, 66/260, de 19 de abril de 2012, 68/269, de 10 de abril de

2014, 70/260, de 15 de abril de 2016, y 72/271, de 12 de abril de

2018, relativas al mejoramiento de la seguridad vial en el mundo,

Habiendo examinado la nota del Secretario General por la que se

transmite el informe sobre el mejoramiento de la seguridad vial en el

mundo (1)y las recomendaciones que en él figuran,

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(1) A/74/304 y A/74/304/Corr.1.

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Reafirmando su resolución 70/1, de 25 de septiembre de 2015, titulada

"Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo

Sostenible", en la que adoptó un amplio conjunto de Objetivos de

Desarrollo Sostenible y metas universales y transformativos, de gran

alcance y centrados en las personas, su compromiso de trabajar sin

descanso a fin de conseguir la plena implementación de la Agenda a más

tardar en 2030 asegurándose de que nadie se quede atrás, su

reconocimiento de que la erradicación de la pobreza en todas sus

formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío

a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable

para el desarrollo sostenible, y su compromiso de lograr el desarrollo

sostenible en sus tres dimensiones -económica, social y ambiental- de

forma equilibrada e integrada y de que se aprovecharán los logros de

los Objetivos de Desarrollo del Milenio y se procurará abordar los

asuntos pendientes,

Recordando que los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas tienen un carácter integrado e indivisible y conjugan las tres dimensiones del desarrollo sostenible, y reconociendo la importancia de alcanzar las metas de la Agenda 2030 relacionadas con la seguridad vial,

Recordando también la Nueva Agenda Urbana, aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III)(2), en la que, teniendo en cuenta que la mayoría de las muertes y lesiones graves causadas por accidentes de tráfico ocurren en las vías urbanas, se presta la debida consideración a la seguridad vial y al acceso a un transporte público y otros medios de transporte no motorizado seguros, asequibles, accesibles y sostenibles,

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(2) Resolución 71/256, anexo.

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Observando que la inmensa mayoría de las muertes y lesiones graves causadas por accidentes de tráfico son prevenibles y que, a pesar de algunas mejoras en muchos países, en particular en los países en desarrollo, siguen siendo un importante problema de salud pública y de desarrollo que tiene amplias consecuencias sociales y económicas que, de no encararse, pueden afectar el progreso hacia el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible,

Reconociendo que el sufrimiento humano, además del costo de hasta el 5% del producto interno bruto anual que supone para algunos países, hace que reducir las muertes y lesiones causadas por accidentes de tráfico sea una prioridad económica y social, especialmente para algunos países, y que la inversión en la seguridad vial tiene un efecto positivo en la salud pública y la economía,

Teniendo en cuenta que las muertes y lesiones causadas por accidentes de tráfico son también una cuestión de equidad social, ya que los pobres y los vulnerables son también con mayor frecuencia los usuarios vulnerables de las vías de tránsito, a saber, peatones, ciclistas, usuarios de vehículos motorizados de dos y tres ruedas y pasajeros de medios de transporte público peligrosos, que se ven afectados y expuestos de manera desproporcionada a riesgos y accidentes de tráfico, que pueden llevar a un ciclo de pobreza agravada por la pérdida de ingresos, y recordando que el objetivo de las políticas de seguridad vial debería ser garantizar la protección a todos los usuarios,

Reconociendo que la seguridad vial exige abordar cuestiones más amplias del acceso equitativo a la movilidad y que la promoción de los medios de transporte sostenibles, en particular la seguridad del transporte público y de los desplazamientos a pie y en bicicleta, es un elemento clave de la seguridad vial,

Teniendo en cuenta la importancia de fortalecer la capacidad institucional y continuar la cooperación internacional, incluidas la cooperación Sur-Sur y triangular, la cooperación entre países que comparten vías de tránsito transfronterizas y la cooperación entre las organizaciones regionales e internacionales, a fin de seguir apoyando los esfuerzos para mejorar la seguridad vial en todo el mundo, en particular en los países en desarrollo, y de proporcionar, según proceda, apoyo para cumplir los objetivos del Decenio de Acción para la Seguridad Vial (2011-2020) y los de la Agenda 2030,

Poniendo de relieve que, si bien cada país es el principal responsable de su propio desarrollo económico y social y que nunca se insistirá lo suficiente en el papel de las políticas, las prioridades y las estrategias nacionales de desarrollo en el contexto de alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la financiación pública internacional desempeña una función importante como complemento de los esfuerzos de los países para movilizar recursos públicos a nivel nacional, especialmente en los países más pobres y vulnerables con recursos internos limitados,

Expresando su preocupación porque el número de accidentes de tráfico sigue siendo inaceptablemente alto y porque los accidentes son una de las principales causas de muertes y lesiones en todo el mundo, ya que mueren más de 1,35 millones de personas y 50 millones resultan heridas, y el 90% de esas muertes se producen en los países en desarrollo, y también por el hecho de que los accidentes de tráfico son la principal causa de muerte en todo el mundo de los niños y los jóvenes de edades comprendidas entre los 15 y los 29 años,

Expresando su preocupación también por el hecho de que la meta 3.6 del Objetivo de Desarrollo Sostenible 3 no se alcanzará para 2020, y observando que se pueden lograr considerables progresos reforzando el liderazgo nacional, la cooperación mundial, la aplicación de estrategias con base empírica y la participación de todos los agentes pertinentes, incluido el sector privado, así como otros enfoques innovadores,

Expresando su preocupación además por el hecho de que en muchos países la adopción y aplicación de medidas de seguridad vial sigue siendo insuficiente,

Reconociendo el liderazgo de la Federación de Rusia y de Omán en la tarea de dirigir la atención de la comunidad internacional hacia la crisis de seguridad vial en el mundo,

Encomiando a los Estados Miembros que han tomado la iniciativa al aprobar legislación amplia sobre los principales factores de riesgo, como la no utilización de cinturones de seguridad, sistemas de sujeción infantil y cascos, la conducción en estado de ebriedad y el exceso de velocidad, y señalando otros factores de riesgo, como la mala visibilidad, las condiciones médicas y los medicamentos que afectan a la conducción segura, la fatiga, el uso de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y psicoactivas, los teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos y de envío de mensajes de texto,

Alentando a los Estados Miembros a promover las alianzas entre interesados múltiples para abordar la cuestión de la seguridad de los usuarios vulnerables de las vías de tránsito, la prestación de primeros auxilios a las víctimas de accidentes de tráfico, la capacitación y la educación, en particular en los países en desarrollo y los países menos adelantados,

Reconociendo los progresos realizados por algunos Estados Miembros para proporcionar acceso universal a la atención de la salud antes, durante y después de la hospitalización y durante las fases de rehabilitación y reintegración a las víctimas de los accidentes de tráfico y sus familias,

Reconociendo la labor del sistema de las Naciones Unidas, en particular el liderazgo de la Organización Mundial de la Salud, en estrecha cooperación con las comisiones regionales de las Naciones Unidas, en el establecimiento, la aplicación y la supervisión de diversos aspectos del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial (2011-2020), y el compromiso del Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Hábitat), el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y la Organización Internacional del Trabajo, entre otras entidades, de apoyar esos esfuerzos, así como los del Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo para la ejecución de proyectos y programas de seguridad vial, en particular en los países en desarrollo,

Reconociendo también las lecciones aprendidas en el Decenio de Acción...

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