'Limpiavidrios': falta de control podría derivar en un plebiscito

Tras la comparecencia de los directores de la IMM a la Junta Departamental, el problema subsiste. El Partido Nacional reclama que la comuna se haga cargo de los desbordes de los "limpiavidrios" y está dispuesto a juntar firmas para eliminarlos.El coordinador de la bancada de ediles de Montevideo del Partido Nacional, Edison Casulo, planteó modificar el Digesto Municipal para que la actividad de los "limpiavidrios" quede claramente definida dentro de las competencias de la administración. Si bien las autoridades del Departamento de Movilidad Urbana de la IMM reconocieron la existencia de "desbordes" con "limpiavidrios" y "cuidacoches", advirtieron ante la Junta Departamental que no pueden actuar por falta de legislación (la expresión "limpiavidrios" no existe dentro del viejo Digesto Municipal).Esa declaración fue relativizada por el edil del herrerismo, quien sostiene que los "limpiavidrios" tienen injerencia en el tránsito y por momentos generan distorsiones; amén de los abusos contra la propiedad privada denunciados por centenares de conductores.Casulo propuso modificaciones al Digesto y advirtió que de no ser escuchado -la oposición no cuenta con mayorías para introducirlas-, promoverá una iniciativa popular a nivel departamental, similar al "Plebiscito del Vintén" de 1951.En ese año, además de ponerse en circulación los primeros trolebuses, se efectuó una consulta popular a través de la cual los montevideanos se manifestaron en contra del decreto municipal N° 7451, que pretendía aumentar el precio del boleto un vintén (de $ 0,10 a $ 0,12). El valor quedó como estaba.COMPETENCIAS. Casulo advirtió que si bien en la normativa municipal no hay ningún párrafo que refiera a los "limpiavidrios", entre los cometidos de la División Tránsito y Transporte de la IMM (hoy "Movilidad Urbana") está el "regular y controlar el tránsito del departamento de Montevideo"; "organizar y regular la circulación de personas y vehículos en las vías públicas del departamento"; y "organizar y llevar a cabo la vigilancia". (Digesto Municipal, artículo R.19.42)."A nuestro juicio, el planteo realizado se encuentra comprendido tanto en el sentido común como en el marco de sus cometidos institucionales de ordenación y regulación de la circulación, tanto de personas como de vehículos. Y en el concepto general de vigilancia, nuevamente de personas y vehículos", declaró el edil departamental.Según las consultas realizadas...

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