Marihuana: preocupa falta de control sobre los trabajadores

El reciente dato que reveló que el 55,4% de los consumidores frecuentes de marihuana concurrió a trabajar bajo los efectos de la droga confirma las preocupaciones de los empleadores. Estos se manifiestan atados de manos para controlar y sancionar a los empleados que trabajen bajo los efectos de la marihuana.

Según el decreto 120/2014 que reglamentó la ley que regula la producción, distribución y venta de la marihuana, los empleadores no pueden sancionar a los trabajadores que concurran a su ámbito laboral bajo los efectos de la droga, aunque la acción se reitere en el tiempo.

El inciso 8° del artículo 42 del decreto establece que una comisión bipartita de seguridad laboral deberá definir si hay mérito para derivar al trabajador a algún tipo de tratamiento "sin que proceda la aplicación de sanciones disciplinarias si el trabajador no hubiere incurrido en la comisión de alguna otra falta concreta".

Esto significa que la única consecuencia para el trabajador será el descuento en el salario de ese día laboral. "En lo inmediato, la única sanción que se prevé es la suspensión de trabajo en esa circunstancia. Sobre todo si se trata de situaciones que pueden ser riesgosas para el propio trabajador o para terceros", dijo Adrián Gutiérrez, abogado de Rueda, Abadi, Pereira y asesor para la puesta en práctica de la ley de la marihuana.

El abogado explicó que la situación cambia si el consumo de la droga viene acompañado de otra falta, si el empleado cometió alguna otra sanción bajo el efecto de la sustancia.

Esta normativa se contrapone a la existente referente al consumo de alcohol durante el horario laboral. En este caso sí se puede sancionar al trabajador y despedirlo por "mala conducta".

Según el director del Departamento Laboral de Ferrere Abogados, Nelson Larrañaga, en el caso del consumo de marihuana también se puede despedir al trabajador pero se debe pagar la indemnización correspondiente.

"Si se establece expresamente en el contrato de trabajo, en la reincidencia podría aplicarse alguna sanción", aclaró Gutiérrez.

Dependiendo de la interpretación de la norma, explicó este experto, se podrá determinar en el contrato laboral que la reiteración de la concurrencia a trabajar bajo los efectos de la droga figure como una falta y posible motivo de despido.

Justamente, la imposibilidad de sancionar a los empleados por asistir a trabajar bajo los efectos de la marihuana o fuman cannabis durante la jornada laboral, es el eje del recurso administrativo...

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