Modificaciones al Sistema Tributario

ANA VICTORIA MÉNDEZ1. IntroducciónEl pasado 25 de mayo se promulgó la Ley 18.910 conteniendo importantes modificaciones al sistema tributario, que nos pareció oportuno comentar en esta entrega.Cabe recordar que el Proyecto de Ley había sido remitido por el Poder Ejecutivo en el mes de noviembre del pasado año. En la exposición de motivos de este Proyecto, el gobierno explicita como objetivo general de la norma a la disminución de la carga fiscal para los sectores de menores ingresos, así como también la necesidad de ciertos ajustes técnicos en la determinación de algunos tributos.Resumimos a continuación las medidas más significativas que se incluyen en la Ley.1. Modificaciones al IRPFLa escala de tasas progresionales para rentas de trabajo en el IRPF determinaba que la tasa máxima del impuesto fuera del 25% para aquellas rentas que superaran las 1.200 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) al año (aproximadamente $ 241.000 mensuales, suponiendo una renta uniforme anual).La Ley modificó la tasa máxima del impuesto gravando al 30% las rentas que superen las 1.380 BPC (aproximadamente $ 277.955 mensuales). Asimismo, se redujo la franja del 22% , ya que antes incluía las rentas entre 600 y 1.200 BPC y con la nueva Ley esta franja abarca rentas entre 600 y 900 BPC, quedando alcanzadas al 25% las rentas que superen las 900 BPC, hasta las 1.380 BPC.En términos prácticos esto supone un incremento en la tasa efectiva del impuesto para aquellos contribuyentes que obtengan rentas superiores a unos $ 2.175.000 anuales (aproximadamente $ 181.000 mensuales).La modificación de estas tasas estará vigente para el presente ejercicio económico. Recordemos que el impuesto es de carácter anual pero se anticipa mensualmente, y dado que la definición de los anticipos dada por el Decreto 148/007 hace referencia a la escala de rentas anuales contenidas en el texto legal y recientemente modificada, los anticipos también deberían adecuarse a esta escala desde la vigencia de la Ley.Por otra parte, la Ley 18.910 faculta al Poder Ejecutivo a incrementar el mínimo no imponible de IRPF para rentas de trabajo hasta en 12 BPC anuales. Actualmente el MNI de IRPF está fijado en 84 BPC anuales que equivalen a $ 203.028 (unos $ 16.919 mensuales). La facultad conferida implicaría un incremento del mínimo no imponible de $ 29.000 anuales, unos $ 2.417 al mes pasarían a estar desgravados del impuesto. Debe observarse que la facultad solo admite el incremento del MNI, sin corrimiento alguno...

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