Nueva norma a máquinas agrícolas

El gobierno emitió un decreto por el que modifica la normativa que regula el tránsito de maquinaria agrícola en rutas nacionales, para "adecuarse de mejor manera a las necesidades" del sector agropecuario y "faciliten su cumplimiento".Según fundamenta el Poder Ejecutivo "en los últimos años, simultáneamente con el incremento de las áreas sembradas, se ha observado un cambio en las prácticas de explotación agrícola, con incorporación creciente de tecnología y mayor uso de maquinarias con el consiguiente incremento en el desplazamiento de estos equipos".Entre algunas de las medidas se dictamina que no se podrá circular en aquellos periodos y tramos en los que existan "circunstancias puntuales de visibilidad muy reducida (por ejemplo niebla o tormentas de gran intensidad)".La velocidad máxima en la cual podrán transitar será de entre 30 kilómetros por hora (km/h). Pero, es límite se flexibiliza hasta 60 km/h cuando se trate de pulverizadores, hileradoras, cosechadoras, tractores con suspensión y ensiladoras...

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