Preso y perseguido politico o sindical. Pension especial reparatoria y recuperacion derechos jubilatorios. Peticion. Plazo. Prorroga.

Número de Iniciativa35148
Año2008
Tipo de proyectoLEY
Autor de la iniciativaCámara Representantes - Abdala, Pablo; Bianchi, Daniel; Blasina, José Luis; Mañana, Daniel; Pérez, Esteban
Ley 18.274
Publicada D.O. 7 may/008 - Nº 27478
Ley Nº 18.274 PRESENTACION DE PETICIONES ANTE LA COMISION ESPECIAL
CREADA POR LA LEY 18.033
SE OTORGA UN PLAZO DE SESENTA DÍAS El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:

Artículo Único.- Otórgase un último plazo de sesenta días a partir de la promulgación de la presente ley, a los efectos de la presentación de peticiones ante la Comisión Especial creada por la Ley Nº 18.033, de 13 de octubre de 2006.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 15 de abril de 2008.

JOSÉ MUJICA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 25 de abril de 2008.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

VÁZQUEZ.
EDUARDO BONOMI.
DANILO ASTORI.

Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.

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