Puerto de Montevideo: ¿hacia un monopolio privado sin regulación?

Martin Vallcorba - Jorge Polgar (*)El Acuerdo del gobierno con la firma belga Katoen Natie (KN), que otorga a su empresa Terminal cuenca del Plata (TCP) la preferencia en la operativa de contenedores del puerto de Montevideo por 60 años, implica, en los hechos, la constitución de un monopolio privado que desplazará a Montecon, la otra empresa que actualmente opera en el puerto.Sin embargo, este tema trasciende a una simple disputa entre dos empresas. Se trata de una decisión que aleja toda posible competencia en el puerto por 60 años, dejando a exportadores e importadores cautivos de un único proveedor. Dada la incidencia que el puerto tiene sobre la competitividad de la economía, esta decisión afectará el costo de las exportaciones e importaciones, pero también el de toda la producción vía el componente importado directo e indirecto que contiene y el consumo.> > El gobierno presenta el acuerdo como beneficioso, porque evita un juicio con KN, asegura inversiones que mejoran la eficiencia y rebaja tarifas a exportadores. Veamos cada uno de estos argumentos.> > La amenaza de juicio y la legalidad del Acuerdo> > KN viene amenazando con un posible juicio desde hace años. Fundamenta su posición en que TCP debió enfrentar competencia cuando, sostiene, tenía derecho a ser la única empresa. Sin embargo, los fundamentos jurídicos son débiles y la cifra que reclama (U$S 1.500 millones) resulta, a todas luces, desproporcionada.> > La Ley de Puertos defiende y promueve la libre competencia en el puerto y establece a título expreso que la ANP deberá tomar las medidas necesarias para evitar la formación de monopolios de hecho. Y la propia ley que autorizó la creación de TCP dice explícitamente que la concesión de la terminal especializada de contenedores no podrá implicar restricciones para operar en otros sectores del puerto.> > Estas leyes no dejan lugar a ningún derecho de exclusividad, por lo que cuestionan el fundamento de la amenaza de juicio, además de la propia legalidad del Acuerdo, que, por otra parte, contraviene la Constitución, que establece que la concesión de monopolios debe realizarse por ley.> > La cifra reclamada, por su parte, supondría que TCP podría haber obtenido ganancias casi 5 veces superiores a las que obtuvo en los últimos 15 años, alcanzando una rentabilidad sobre patrimonio de 58% promedio anual, magnitudes que hacen innecesario cualquier comentario.> > Una inversión innecesaria, que consolida el monopolio que se crea> > El...

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