Resolución No. 1/022.- Establécese un área de veda precautoria de otoño para la captura de la especie merluza (Merluccius hubbsi) en la Zona Común de Pesca

10 Documentos Nº 30.900 - marzo 25 de 2022 | DiarioOficial
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Resolución 5.506/021
Desígnase en la función de Coordinador Sub Regional de la Región
Norte a la Dra. Kalinska María Crego Suárez perteneciente a la RAP de
Paysandú.
(714)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 17 de Noviembre de 2021
Visto: que se encuentra acéfala la función de Coordinador Sub
Regional de la Región Norte;
Resultando: que se propone para desempeñar la función a la Dra.
Kalinska María Crego Suarez (C.I. 4.139.048-2), quien cumple con el
perl y experiencia adecuados para desempeñar ecientemente la
tarea;
Considerando: que en tal sentido, corresponde proceder en
consecuencia;
Atento: a lo expuesto y a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley
18.161 del 29/07/07;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Desígnase en la función de Coordinador Sub Regional de la
Región Norte a la Dra. Kalinska María Crego Suarez (C.I. 4.139.048-2),
perteneciente a la U.E. 041- RAP de Paysandú.
2º) Inclúyase a la Dra. Crego en la escala salarial de A.S.S.E. de
acuerdo a la nueva función asignada.
3º) Comuníquese a la U.E. 041 a n de tomar conocimiento y
noticar a la Dra. Crego, a la Dirección Gestión de Remuneraciones y
a la División Sueldos. Tomen nota las Gerencias General, Asistencial,
Administrativa y de Recursos Humanos de A.S.S.E., la Dirección
Regional Norte y el Departamento de Comunicaciones.
Res.: 5506/2021
nfc
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
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Resolución 5.512/021
Desígnase en la función de Sub Directora del Centro de Salud Monterrey
perteneciente a la RAP Metropolitana, a la Dra. Camila Lambruschini
Alonso, contratada por Comisión de Apoyo.
(715)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 17 de Noviembre de 2021
Visto: que se encuentra acéfala la función de Sub-Director del
Centro de Salud Monterrey perteneciente a la U.E. 002 - R.A.P.
Metropolitana;
Resultando: que se propone para desempeñar dicha función, a la
Dra. Camila Lambruschini Alonso, quien posee el perl y capacitación
adecuados para cumplir la tarea;
Considerando: que en tal sentido, corresponde proceder en
consecuencia;-
Atento: a lo expuesto y a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley
18.161 del 29/07/2007;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Desígnase en la función de Subdirectora del Centro de Salud
Monterrey perteneciente a la U.E. 002 - R.A.P. Metropolitana, a la Dra. Camila
Lambruschini Alonso (C.I. 4.753.404-8), contratada por Comisión de Apoyo.
2º) Inclúyase a la Dra. Lambruschini en la escala salarial de A.S.S.E.
de acuerdo a la función asignada, comunicándose a Comisión de
Apoyo para adecuar su contratación.
3º) Comuníquese a la U.E. 002 a n de tomar conocimiento y
noticar a la Dra. Lambruschini, a Comisión de Apoyo, a la Dirección
de Gestión Remuneraciones y a la División de Sueldos de A.S.S.E..
Tomen nota las Gerencias General, Asistencial, Administrativa
y de Recursos Humanos y la Dirección Región Sur de A.S.S.E. y
Departamento de Comunicaciones.
Res.: 5512/2021
/mmf
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
COMISIONES BILATERALES
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE
MARÍTIMO
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Resolución 1/022
Establécese un área de veda precautoria de otoño para la captura de la
especie merluza (Merluccius hubbsi) en la Zona Común de Pesca.
(711*R)
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
Resolución Nº 1/22
Norma estableciendo un área de veda precautoria de otoño para
la captura de la especie merluza (Merluccius hubbsi) en la Zona Común
de Pesca
Visto:
La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación
de la especie merluza (Merluccius hubbsi) mediante el establecimiento
de áreas de veda que protejan las concentraciones de juveniles de dicha
especie en la Zona Común de Pesca.
Resultando:
1) Que sobre la base de las investigaciones y análisis conjuntos
realizados de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82
inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo,
se ha comprobado la presencia en la Zona Común de Pesca de
un área de concentración de ejemplares juveniles de la especie
merluza (Merluccius hubbsi).
2) Que es necesario proteger dicha concentración para contribuir
a la debida conservación y explotación del recurso.
3) Que la Subcomisión de Recursos Vivos ha sugerido establecer
un área de veda a los efectos antes señalados.
Atento:
A lo dispuesto en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río
de la Plata y su Frente Marítimo y a la Resolución 2/93 de esta Comisión,
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:
Artículo 1º) Prohíbese, desde el 1 de abril al 30 de junio de 2022

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