Resolución No. 1.290/2022.- Certificados de crédito electrónicos - Ampliación del régimen - Certificados en dólares americanos, no trasmisibles o trasmisibles con destinatario (tipos D y E) - Disponibles e imputables exclusivamente en forma electrónica desde el 4/8/22.
258 Último Momento Nº 30.987 - agosto 5 de 2022 | DiarioOficial
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IMPO
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
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Resolución Nº 1.290/2022
Certicados de crédito electrónicos - Ampliación del régimen -
Certicados en dólares americanos, no trasmisibles o trasmisibles con
destinatario (tipos D y E) - Disponibles e imputables exclusivamente en
forma electrónica desde el 4/8/22.
(3.463*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESOLUCIÓN Nº 1290/2022
Montevideo, 04 de agosto de 2022
VISTO: la Resolución Nº 3906/2014 de 30 de octubre de 2014.
RESULTANDO: que la norma referida reglamenta la emisión
de certificados de crédito por medios electrónicos para cancelar
obligaciones ante la Dirección General Impositiva y el Banco de
Previsión social.
CONSIDERANDO: oportuno incorporar a los certicados de
crédito en dólares, no trasmisibles o trasmisibles con destinatario
(tipo D y E) a utilizar para cancelar obligaciones ante el Banco de
Previsión Social;
ATENTO: a lo expuesto;
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
1
1º) Incorpórase como cuarto inciso del numeral 1º) de la Resolución
Nº 3906/2014 de 30 de octubre de 2014, el siguiente:
"A partir del 4 de agosto de 2022, lo dispuesto en el inciso
primero será también aplicable a los certicados de crédito
en dólares americanos, no trasmisibles o trasmisibles con
destinatario (tipo D y E), a utilizar para cancelar obligaciones
ante el Banco de Previsión Social" .
2
2º) Publíquese en el Diario Ocial. Insértese en la página web.
Cumplido, archívese.
La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.
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